6 resultados para Comisión Nacional de Emergencia

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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It is generally accepted that financial markets are efficient in the long run a lthough there may be some deviations in the short run. It is also accepted that a good portfolio manager is the one who beats the market persistently along time, this type of manager could not exist if markets were perfectly efficient According to this in a pure efficient market we should find that managers know that they can not beat the market so they would undertake only pure passive management strategies. Assuming a certain degree of inefficiency in the short run, a market may show some managers who tr y to beat the market by undertaking active strategies. From Fama’s efficient markets theory we can state that these active managers may beat the market occasionally although they will not be able to enhance significantly their performance in the long run. On the other hand, in an inefficient market it would be expected to find a higher level of activity related with the higher probability of beating the market. In this paper we follow two objectives: first, we set a basis to analyse the level of efficiency in an asset invest- ment funds market by measuring performance, strategies activity and it’s persistence for a certain group of funds during the period of study. Second, we analyse individual performance persistence in order to determine the existence of skilled managers. The CAPM model is taken as theoretical background and the use of the Sharpe’s ratio as a suitable performance measure in a limited information environment leads to a group performance measurement proposal. The empiri- cal study takes quarterly data from 1999-2007 period, for the whole population of the Spanish asset investment funds market, provided by the CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores). This period of study has been chosen to ensure a wide enough range of efficient market observation so it would allow us to set a proper basis to compare with the following period. As a result we develop a model that allows us to measure efficiency in a given asset mutual funds market, based on the level of strategy’s activity undertaken by managers. We also observe persistence in individual performance for a certain group of funds

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Con este nuevo número, la revista Intangible Capital, inicia el cuarto volumen avanzando hacia el quinto año de publicación. Como ya es tradición en la revista, iniciamos este nuevo volumen evaluando el anterior y presentando las nuevas direcciones. Como principales aportaciones del 2007, se destacan hechos relevantes como la renovación de convenios para la indexación científica de la revista, el cambio de plataforma a OJS, la inclusión de un nuevo editor, la nueva composición del editorial board, el equipo de revisores, el cambio a un modelo bilingüe de revista, la nueva financiación obtenida y el trabajo que estamos realizando gran número de editores científicos de acceso abierto en España para el reconocimiento por parte de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.This issue opens the fourth volume of the Intangible Capital journal, which makes its way towards the fifth year of publication. As usually, we start this volume by evaluating the previous one and tracing new directions. Among the main contributions during the year 2007, we consider important to highlight the following aspects: the renewal of the scientific indexation agreements, the platform change to OJS, the appointment of a new editor, new members included in the editorial board, the board of reviewers, the change towards a bilingual model, the new financing obtained and, the last but not the least, the work undertaken together with many scientific editors of open access Spanish journals for obtaining the positive evaluation of the CNEAI (National Commission for the Evaluation of the Research Activity) and thus, being a proof of scientific excellence

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Empirical evidence drawn from the economic literature points to a low level of competition in the retail petrol market. Similar evidence can be found for the Spanish market. In fact, both Spain’s antitrust authority -Comisión Nacional de la Competencia- and its energy regulator -Comisión Nacional de la Energía- have recently initiated disciplinary proceedings against the majors on the grounds of suspected price manipulation in the retail petrol market. They are accused of cutting retail prices on Mondays so as to distort the rank position of Spain in European Union statistics in a practice that has received the name of the Monday effect. Here, we analyze this effect by constructing a database that includes daily retail prices for all petrol stations in Spain in the period 2009-2012, and a more detailed database for the city of Barcelona in 2013. Our estimations confirm that: 1- in 2011 and 2012 prices fell on Mondays at retailers branded by majors; 2- prices were unchanged at stations in our two control groups; 3- prices were also seen to fall when a more detailed analysis was conducted, and this price cut was also found in 2013. In short, one more indicator of collusion in this sector and … one more lie.

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La República francesa se ofende por los burkas y de los niqab deambulando por las calles. Ve a sus principios rectores de Liberté, Égalité, Fraternité mofados, a su democracia desafiada, a su convivencia arriesgada. Por ello, el Gobierno francés ha impulsado desde hace un año una política pública que persigue la prohibición del velo integral -llámese burka o niqab- en el conjunto del espacio público. Años atrás, Francia, país que tanto aprecia los debates, se vio inmersa en la cuestión más general de la identidad nacional desde las reacciones de las banlieues en el 2005. Y por ello, Nicolas Sarkosy, en su programa electoral camino de las presidenciales en el 2007, ya incluía como una prioridad el tema de los valores y principios genuinamente franceses y europeos. Y en esta perspectiva, el Ministerio de Inmigración añadió sus calificativos de Integración e Identidad Nacional. El burka en el espacio público ha asaltado los medios de comunicación y la sociedad en su conjunto, especialmente desde hace dos o tres años. Es un problema sin precedentes en las democracias asentadas -aunque podríamos recordar el motín de Esquilache en 1766 bajo el reinado de Carlos III- sin una Jurisprudencia asentada al respecto, ni un marco normativo que lo prevea directamente. Y por ello, la élite política se divide estos días entre los prudentes y los atrevidos, los que se conforman con una prohibición parcial y los que persiguen una prohibición absoluta. Se trata de una política pública atípica, pues los bienes afectados son en realidad valores, principios y conceptos abstractos. Es la República francesa y la cohesión social los que se ven desafiados. Veremos en un primer momento, la etapa de identificación como problema público y su inclusión en la agenda política, por ende desde un punto de vista técnico, analizaremos brevemente esta política pública Top down limitada, y en el último apartado compararemos los argumentos de las dos alternativas que dispone actualmente el Parlamento para aprobar o no una ley al respecto. Por su parte, la Comisión Parlamentaria alegará principios de índole más filosófica que pragmática, mientras que el Consejo de Estado se centrará exclusivamente en los términos jurídicos y en la Jurisprudencia reduciendo en gran medida el impulso inicial del Gobierno. Quedará por ver estos días de debate en l’Assemblée Nationale1 si la prohibición será total o parcial.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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[cat] Aquest article intenta reconstruir la història de quatre pintures de l'artista napolità Andrea Vaccaro, actualment al Museu Nacional d'Art de Catalunya, i originàriament part d'una sèrie de 12 peces dedicada a les històries bíbliques de Tobies, propietat del virrei de Nàpols Pedro Antonio de Aragón. L'anàlisi de les obres i del context de la seva comissió a la llum d'estudis recents permet corregir-ne la datació i comprendre la importància de les quatre peces de Vaccaro del MNAC, en el marc de la circulació d'obres d'art entre el Regne de Nàpols i la península Ibèrica al llarg del segle XVII.