22 resultados para Ajuste estructural, reforma económica, estabilidad macroeconómica, gobernabilidad.

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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La política monetaria llevada a cabo por parte de la Reserva Federaly el Bundesbank durante los últimos años puede caracterizarse con bastante precisión mediante una regla de tipo de interés como la propuesta por Taylor (1994). La forma que toma la regla de Taylor es similar a la de la regla óptima de política monetaria que se obtiene como solución del problema de un banco central preocupado por estabilizar la inflación y el producto, en el contexto de un modelo keynesiano convencional. Esta propiedad, junto con el éxito notable de las autoridades monetarias alemanas y norteamericanas en el mantenimiento sostenido de un nivel de inflación bajo y estable, justifican el uso de la regla de Taylor como una primera aproximación al comportamiento esperado y deseable por parte del banco central de un país industrializado y, por lo tanto, a la futura política monetaria del BCE.Teniendo tal consideración como punto de partida, se ha llevado a cabo una evaluación de las posibles repercusiones de la integración en la UME sobre la economía española. Dicha evaluación se ha basado en tres ejercicios complementarios: (a) el análisis de la experiencia española a partir de la entrada en el SME, (b) el comportamiento de un índicede tensión monetaria que refleja las discrepancias entre el tipo de interés generado por la regla de Taylor para la Unión Europea y para España, y (c) la simulación de un modelo estructural.Por lo general, los resultados de dichos ejercicios sugieren que los costes para la economía española de renunciar a una política monetaria propia deberían ser muy limitados, por lo menos en la medida en que (a) el BCE siga una política monetaria consistente con la regla de Taylor, y (b) el grado de sincronización del ciclo económico y la inflación española con sus homólogos europeos sea parecido al observado en el pasado reciente. Cabe esperar que los costes de la integración monetaria tomen la forma de una mayor volatilidad del producto y de la inflación, resultante de una mayor persistencia en los efectos de los shocks de oferta y demanda domésticos. Estos costes deberían contrastarse con las ventajas de pertenecer a la unión monetaria europea que son independientes del grado de estabilidad macroeconómica (baja inflación, aumento de la competencia, contribución a la integración política, etc....).Dicha conclusión podría modificarse si se produjese en un futuro una disminución significativa en el grado de correlación entre shocks domésticos (a nivel de España) y shocks agregados (a nivel de la UME), aunque no hay motivo para anticipar un cambio en tal sentido. En cualquier caso, el presente trabajo sugiere un simple indicador (el índice de tensión monetaria desarrollado en la Sección 5), que nos permitirá cuantificar la medida en que la política monetaria del BCE se ajusta a las necesidades e intereses de la economía española.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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La institució de l'acomiadament col·lectiu s'ha vist afectada per la reforma operada pel Reial Decret-llei 3/2012, de 10 de febrer, i la seva posterior convalidació com a Llei 3/2012, de 6 de juliol, de mesures urgents per a la reforma del mercat laboral. Els nombrosos pronunciaments i interpretacions proposades per diferents sectors judicials i doctrinals han convertit la regulació legal i reglamentària dels procediments d'acomiadament col·lectiu en un focus d'especial interès, sobretot tenint en compte la profunda crisi econòmica per la qual travessa Espanya. A causa d'això, podem assentar que gran part dels impediments al creixement de l'economia espanyola eren conseqüència de les febleses que mostrava el model laboral. És per aquest motiu que en el present treball ens dediquem a estudiar les diverses modificacions normatives dels expedients de regulació d'ocupació, prestant especial atenció als aspectes relatius a l'eliminació de la tradicional autorització administrativa (excepte pels casos de força major), a la significativa reconfiguració de les causes econòmiques, tècniques, organitzatives i productives que justifiquen l'extinció dels contractes de treball, al període de consultes, a la informació a facilitar als representants dels treballadors en el propi, a les actuacions de l'Autoritat Laboral per vetllar per la seva efectivitat del període de consultes podent realitzar funcions d'advertiment, recomanació i assistència a les parts, al renovat contingut de l'informe de la Inspecció de Treball i Seguretat Social, als plans de recol·locació i a les mesures d'acompanyament social assumides per l'empresari, entre d’altres. En definitiva, mitjançant el treball realitzat a continuació podem endinsar-nos a aquesta qüestió de forma més profunda i composar així un anàlisis extens sobre la reforma efectuada en 2012 en matèria d'acomiadaments col·lectius.

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Este artículo expone los aspectos básicos de la elaboración un nuevo, y auténtico, Índice de Precios de Consumo de España para el período 1830-1936. Los distintos apartados en que está organizado se dedican a definir el campo de observación y el ámbito analizados, las fuentes empleadas y la metodología utilizada, así como las similitudes y diferencias con otros índices actualmente disponibles. Contiene, asimismo, un contiene un primer y breve análisis de los resultados. La característica más sobresaliente desde la perspectiva de las tendencias de largo plazo del nuevo IPC es una gran estabilidad, quebrada de forma importante, tan sólo, durante los años 1914-1920 bajo la influencia de la Primera Guerra Mundial. La tasa de crecimiento para el conjunto del período no alcanzó siquiera el uno por cien anual, pese al cambio de nivel registrado en aquel breve brote inflacionista.

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El crédito ECTS (European Credit Transfert System) no es solamente un instrumento de transferencia que facilita el reconocimiento de los títulos en toda la UE y la movilidad de estudiantes y profesores, sino un nuevo marco normativo donde los estudios de grado y postgrado se desarrollan a lo largo de un proceso acumulativo de aprendizaje. El objetivo de la reforma, una vez sentadas las bases del adiestramiento personal, es que el mencionado aprendizaje pueda continuar actuando a lo largo de toda la vida (Long Life Learning – LLL). La asignatura de Historia Económica Mundial (HEM) puede constituir una plataforma privilegiada sobre la cual aplicar los planes pilotos de transición hacia la implantación definitiva del EEES. La existencia de esta materia de estudio en los programas de las actuales titulaciones de Economía y Administración y Dirección de Empresas, destinadas a convertirse en el grado de Economía, se hace más necesaria que nunca, dado que reúne una serie de características intrínsecas que favorecen las prácticas de autoaprendizaje.

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We identify a number of elements of the current Spanish system of regional financing that do not conform satisfactorily to the principles of equity, autonomy and efficiency that should inspire its design. Our main conclusion is that although the system presents a series of shortcomings that would require an in-depth reform, its basic focus on the equalization of the service provision capacity of all regional governments should be preserved because it is in accordance with the constitutional guarantee of equal rights for all citizens and with notions of horizontal equity that are widely shared in our country. In fact, the main shortcoming of the system is, in our opinion, that it does not fully guarantee such equality in practice. Additional weaknesses of the system are its lack of transparency, the absence of mechanisms to maintain vertical equilibrium across the different levels of the administration and a significant deficit of fiscal autonomy and responsibility on the pa

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Este trabajo analiza los lazos existentes entre productividad, innovación e investigación a nivel de empresa utilizando una extensión del modelo estructural de función de producción de Crépon, Duguet y Mairesse (1998). El modelo explica la productividad por medio de la innovación y, la innovación a través de la inversión en investigación. El estudio se realiza para las empresas del sector manufacturero español utilizando datos provenientes de la Encuesta sobre innovación tecnológica en las empresas 2004. Se corrigen los sesgos de selectividad y simultaneidad que se presentan dadas las características estadísticas de los datos y de las relaciones económicas entre las variables: sólo una pequeña proporción de las empresas realizan actividades de investigación; y la investigación, innovación y productividad se determinan de forma endógena. Al aplicar la forma tradicional de estimación del modelo se encuentran resultados muy similares a trabajos anteriores realizados para España. Sin embargo, se demuestra que dicha formulación no produce estimaciones consistentes, por lo que aquí se utilizan extensiones alternativas, y se exploran nuevas especificaciones para las decisiones de realizar actividades internas de investigación y desarrollo.

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En este trabajo se presenta una primera estimación del impacto de la reforma del sistema de pensiones acordada por el Gobierno y los agentes sociales en enero de 2011. Tras actualizar las proyecciones de gasto en pensiones realizadas por de la Fuente y Doménech (2009) para el período 2008-60, se analiza el impacto sobre esta variable de la elevación de la edad de jubilación hasta los 67 años, la ampliación del período de cómputo de las pensiones y el aumento en el número de años de cotización necesarios para alcanzar el 100% de la base reguladora. Condicionados a los supuestos realizados sobre la evolución del empleo, la productividad y la demografía, los resultados sugieren que estas medidas tendrán un impacto apreciable sobre el gasto en pensiones, con un ahorro que ascenderá a dos puntos de PIB al final del período transitorio en 2027. No obstante, dadas las incertidumbres existentes sobre la evolución futura de muchas de las variables que afectan a los resultados, sería deseable adelantar la introducción del llamado factor de sostenibilidad al inicio de la reforma, de forma que exista un mecanismo claro para modular el ritmo y el alcance de las reformas previstas si así lo exige la situación financiera del sistema antes del final del período transitorio.

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Aquest treball analitza, des d’una perspectiva econòmica, l’impacte de la reforma laboral en el mercat de treball espanyol. S’intentarà valorar l’efectivitat de les mesures proposades per el govern per fer front a la, cada cop més elevada, taxa d’atur, mitjançant la reforma laboral del 2012. El treball està estructurat en dos capítols. Un primer capítol que intentarà valorar el context en el que es troba Espanya y un segon capítol que valorarà les mesures i l’impacte d’aquestes en l’economia i en els drets i deures dels treballadors

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El pasado mes de julio el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hizo pública la liquidación del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común correspondiente a 2010, que marca la madurez del nuevo modelo acordado en 2009. En el presente trabajo se describe la distribución de recursos que se fija en este documento, se analizan las fuentes próximas de los cambios observados en la financiación de las distintas comunidades autónomas entre 2009 y 2010 y se realiza una valoración de los efectos de la reciente reforma sobre la equidad del reparto territorial de los recursos del sistema.

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En el presente trabajo se avanzan una serie de recomendaciones para la reforma del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común. La primera de ellas tiene que ver con la estructura del sistema y con el reparto de recursos entre regiones. El resto se centran en resolver el déficit de autonomía de ingreso y de responsabilidad fiscal que todavía caracteriza al sistema.

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El tema de la restitució econòmica sempre s’ha tingut en compte dins del programa de mediació i reparació a la víctima, ja que sempre hi ha víctimes interessades en la reparació del dany que han sofert. Ara bé, els infractors no sempre tenen les possibilitats econòmiques suficients per a fer-ho. Això crea un conflicte d’interessos al qual cal trobar una sortida si es vol continuar un determinat programa. En el àmbit de menors, aquest tema presenta encara més controvèrsia. Abans de l’any 2001 la responsabilitat civil derivada del delicte no estava prevista en la legislació de menors ni en la Llei de tribunals tutelars de 1948 ni en la reforma disposada per la Llei 4/92. No és fins a l’aparició de la Llei 5/2000 de responsabilitat penal del menor que s’inclou aquest tema. L’any 2001, quan es va començar a aplicar la llei 5/2000, el col·lectiu de mediadors va prioritzar altres aspectes de la seva intervenció abans d’entrar a reflexionar de forma col·lectiva sobre el tema econòmic i el fet que els jutges de menors tinguessin competència en temes de responsabilitat civil. De tota manera, els temes econòmics sempre s’han tractat dins del programa de mediació i reparació a la víctima. Això s’ha fet de forma ininterrompuda des de l’inici del programa, l’any 1990, amb les evolucions que el pas del temps obliga. En els darrers anys, i amb l’augment de personal en el col·lectiu, s’han anat observant diferències de criteris i formes d’aplicació dels diferents professionals. És per això que es considera que ha arribat el moment de reprendre el tema i ajudar a crear unes mínimes línies comunes.

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In this paper we examine the effect of tax policy on the relationship between inequality and growth in a two-sector non-scale model. With non-scale models, the longrun equilibrium growth rate is determined by technological parameters and it is independent of macroeconomic policy instruments. However, this fact does not imply that fiscal policy is unimportant for long-run economic performance. It indeed has important effects on the different levels of key economic variables such as per capita stock of capital and output. Hence, although the economy grows at the same rate across steady states, the bases for economic growth may be different.The model has three essential features. First, we explicitly model skill accumulation, second, we introduce government finance into the production function, and we introduce an income tax to mirror the fiscal events of the 1980¿s and 1990¿s in the US. The fact that the non-scale model is associated with higher order dynamics enables it to replicate the distinctly non-linear nature of inequality in the US with relative ease. The results derived in this paper attract attention to the fact that the non-scale growth model does not only fit the US data well for the long-run (Jones, 1995b) but also that it possesses unique abilities in explaining short term fluctuations of the economy. It is shown that during transition the response of the relative simulated wage to changes in the tax code is rather non-monotonic, quite in accordance to the US inequality pattern in the 1980¿s and early 1990¿s.More specifically, we have analyzed in detail the dynamics following the simulation of an isolated tax decrease and an isolated tax increase. So, after a tax decrease the skill premium follows a lower trajectory than the one it would follow without a tax decrease. Hence we are able to reduce inequality for several periods after the fiscal shock. On the contrary, following a tax increase, the evolution of the skill premium remains above the trajectory carried on by the skill premium under a situation with no tax increase. Consequently, a tax increase would imply a higher level of inequality in the economy

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In this paper we examine the effect of tax policy on the relationship between inequality and growth in a two-sector non-scale model. With non-scale models, the longrun equilibrium growth rate is determined by technological parameters and it is independent of macroeconomic policy instruments. However, this fact does not imply that fiscal policy is unimportant for long-run economic performance. It indeed has important effects on the different levels of key economic variables such as per capita stock of capital and output. Hence, although the economy grows at the same rate across steady states, the bases for economic growth may be different.The model has three essential features. First, we explicitly model skill accumulation, second, we introduce government finance into the production function, and we introduce an income tax to mirror the fiscal events of the 1980¿s and 1990¿s in the US. The fact that the non-scale model is associated with higher order dynamics enables it to replicate the distinctly non-linear nature of inequality in the US with relative ease. The results derived in this paper attract attention to the fact that the non-scale growth model does not only fit the US data well for the long-run (Jones, 1995b) but also that it possesses unique abilities in explaining short term fluctuations of the economy. It is shown that during transition the response of the relative simulated wage to changes in the tax code is rather non-monotonic, quite in accordance to the US inequality pattern in the 1980¿s and early 1990¿s.More specifically, we have analyzed in detail the dynamics following the simulation of an isolated tax decrease and an isolated tax increase. So, after a tax decrease the skill premium follows a lower trajectory than the one it would follow without a tax decrease. Hence we are able to reduce inequality for several periods after the fiscal shock. On the contrary, following a tax increase, the evolution of the skill premium remains above the trajectory carried on by the skill premium under a situation with no tax increase. Consequently, a tax increase would imply a higher level of inequality in the economy