73 resultados para INTERPRETACION DE LA LEY
Resumo:
El presente estudio expone la regulación del nuevo delito de "atti persecutori" introducido en el Código Penal italiano. El Decreto Legge 11/2009, de 23 de febrero, convalidado por el Parlamento italiano mediante la Ley 28/2009, ha incluido un nuevo art. 612 bis al CP italiano. Con la inclusión de dicho delito entre los que protegen la libertad del individuo Italia se incorpora a la corriente político-criminal que propugna la criminalización del stalking. La incriminación de dichas conductas de acoso constituye una orientación iniciada en Estados Unidos a principios de los 90, que ha colonizado otros países del Common Law y que finalmente ha llegado a la Europa continental. En este trabajo se analizan básicamente los elementos del tipo del nuevo delito italiano. Sin embargo, no se deja de atender ni a la previa conceptuación de este fenómeno ni a otras medidas protectoras de la víctima del stalking que se incorporan al ordenamiento italiano mediante la presente Ley.
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Las peculiaridades del gravamen de las rentas obtenidas por no residentes determinan que su regulación contemple la mayor parte de los elementos personales actualmente previstos por nuestra legislación fiscal. El objeto de este artículo es proceder a un análisis sistemático del contribuyente, el sustituto, el responsable, los retenedores y el representante del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, así como de las relaciones entre ellos, teniendo en cuenta las modificaciones que en la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, ha introducido la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes.
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La estimación de la media de la densidad de pulgones en alfalfa basada en conteos de campo se compara con el muestreo presencia-ausencia. Se obtuvieron 21 muestras aleatorias formadas por 75 tallos obtenidos en campos comerciales de alfalfa en Lleida (valle del Ebro) con el objetivo de predecir la estimación de la densidad media de pulgones (û) a partir de la estimación de la proporción de tallos infestados (p). La relación empírica entre û y su varianza muestral utilizando como modelo la ley potencial de Taylor es satisfactoria (r2 = 0,98). La relación empírica entre p y su varianza muestral es prácticamente binomial. Finalmente, la relación empírica entre û y p a partir de la regresión lineal entre ln(û) y ln(-ln p) fue satisfactoria (r2 = 0,94). A partir del muestreo presencia-ausencia es posible estimar densidades medias de pulgones de hasta unos 20 pulgones por tallo.
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Se han calibrado, validado y comparado tres modelos de resistencia al flujo de contorno granular: un modelo potencial y otros dos modelos desarrollados para condiciones de alta rugosidad relativa (uno basado en una modificación de la ley logarítmica de Prandtl-von Karman y otro fundamentado en un perfil de velocidad configurado en dos zonas: una uniforme en las proximidades de los elementos de rugosidad y otra superior que sigue una distribución logarítmica). Se ha empleado para ello un numeroso conjunto de 1.533 datos tomados en ríos y en canales de laboratorio, representativo de un amplio intervalo hidráulico y geomorfológico en el ámbito de ríos de grava y de montaña. Han resultado preferibles las ecuaciones ajustadas con los percentiles granulométricos mayores (d90 o d84) que las ajustadas con el diámetro mediano (d50), debido a la mayor capacidad explicativa alcanzada dado un modelo, la menor diferencia en la bondad de ajuste entre los diferentes modelos y la menor influencia del origen de los datos (río o canal de laboratorio). Las ecuaciones ajustadas de acuerdo con los modelos en donde se contemplan condiciones de alta rugosidad relativa presentan predicciones similares, exceptuando el intervalo macrorrugoso (y/d90 < 1), en el que es preferible la correspondiente al modelo fundamentado en el perfil de velocidad configurado en dos zonas. Se recomienda restringir la aplicación de la ecuación ajustada con arreglo a la ley potencial al intervalo de y/d90 comprendido entre uno y veinte, puesto que fuera de dicho intervalo tiende a infraestimar notablemente la resistencia al flujo.
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Con base en una selección de 145 datos pertenecientes a ríos de montaña de fuerte pendiente (³ 1%) se han desarrollado cinco expresiones para determinar el factor de fricción de Darcy-Weisbach. La primera expresión se fundamenta en la aplicación para flujo turbulento rugoso en lámina libre de la ley semilogarítmica de Prandtl-Kárman, que es función de la sumersión relativa (relación entre el calado medio y la rugosidad equivalente). La segunda y tercera corresponden a correciones de la primera para flujo macrorrugoso, propuestas por Thompson y Campbell (1979) y Aguirre-Pe y Fuentes (1990) respectivamente. La cuarta ecuación consiste una en potencia de la sumersión relativa, mientras que la quinta corrige la fórmula anterior incorporando una potencia de la pendiente, tal y como propugnan Meunier (1989) y Rickenmann (1990). Las expresiones derivadas presentan un ajuste significativo, si se tienen en cuenta las limitaciones hidrométricas existentes en ríos de material grueso y fuerte pendiente. Destaca el mayor ajuste conseguido con las ecuaciones con las ecuaciones del tipo potencial frente a las del tipo semilogarítmico. Se ha encontrado, asimismo, una capacidad de predicción ligeramente superior en aquellas expresiones que incluyen modificaciones respecto a la ecuación original, ecuaciones del tipo segundo, tercero y quinto anteriormente indicado.
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Durante la Edad Media, las professiones iuris eran manifestaciones por las que los intervinientes en un negocio jurídico declaraban cuál era el derecho de su estirpe, al cual deseaban sujetar el negocio en cuestión. En la Suiza de finales del siglo XIX, la terminología fue recuperada para dar nombre a una institución de Derecho internacional privado en virtud de la cual el testador podía elegir limitadamente la ley rectora de su sucesión. Esta moderna professio iuris experimenta un impulso enorme cuando es incluida en el Convenio de La Haya de 1989 sobre Ley Aplicable a las Sucesiones por Causa de Muerte, ya que el texto del Convenio ha servido de modelo a importantes regulaciones posteriores; entre ellas, la Propuesta de Reglamento europeo en materia de sucesiones, que autoriza al causante a escoger expresamente su ley nacional para regir el conjunto de la sucesión, sin que un resultado perjudicial para los legitimarios pueda considerarse contrario al orden público.
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El artículo 98 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), brinda a las sociedades anónimas la posibilidad de crecer a partir de un nuevo mecanismo de financiación, las acciones sin voto. Esta clase de acciones, fueron introducidas de la mano del sistema anglosajón en pleno s. XIX, con la vocación de aportar financiamiento externo a las sociedades mercantiles, sin afectar al control de las mismas. Dicho mecanismo, de escaso uso en general, no ha pasado desapercibido para la empresa familiar. El objetivo de este artículo, es analizar y determinar el grado de utilidad y servicio que suponen las acciones sin voto para la empresa familiar, como herramienta para facilitar su financiación y a la vez crecimiento.
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Psychological Assessment is a core subject of Psychology studies, and of the university degree Human development, at the University of Girona and according to the University regulations, had 12 credits. Until the 2005-06 academic years, the student work conducted outside the classroom consisted of undertaking a psychological assessment that was written and handed in at the end of the course. From this the student obtained a qualification and a review if they applied for it In accordance with the European Credits for Higher Education, this subject was reduced to 9 credits, which is the equivalent of a total of 255 hours of in-class work and outside the classroom. In the 2006-07 academic year we created a guide to manage the student’s experiences outside the classroom, with the objective of encouraging the application of problem solving/critical thinking (Bloom, 1975), in line with the recommendations of the Catalonia Agency for University System Quality (2005). The guide includes: learning objectives, evaluation criterions, a description of activities, work week timetable for the whole course, programmed tutorials to review all steps of the psychological assessment process, and the use of a web-based virtual forum for the transfer of knowledge, analysis and constructive critiques of the assessment done by themselves and their colleagues
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En el presente trabajo se hace una aproximación a lo que ha sido el proceso de armonización de la imposición directa en la Comunidad Europea, y una referencia a las modificaciones que habrían que efectuarse en el ordenamiento vigente, para enmarcar el anteproyecto de propuesta de directiva. Al texto de la Comisión se han añadido entre paréntesis algunos comentarios y referencias al ordenamiento español.
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La Organización Mundial de la Salud y la Asociación de Psiquiatría Americana catalogan la transexualidad como una patología bajo el nombre de ‘trastorno de identidad de género’ y ‘disforia de género’, respectivamente. En el contexto español, la Ley 3/2007 establece que para poder modificarse la mención de sexo hace falta presentar, entre otros, un certificado de dicho diagnóstico. Las Unidades de Trastornos de Identidad de Género, ubicadas en las unidades de psiquiatría de diferentes hospitales públicos, son las encargadas de expedir este tipo de certificados una vez pasado un proceso que puede durar dos años. En este artículo, tras analizar la construcción del género que subyace en el discurso médico oficial sobre la transexualidad se concluye que se establece una visión patologizadora, binarista, biologista y que fomenta, en el caso de los trans masculinos, los estereotipos de la masculinidad hegemónica.
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Traducción del Anteproyecto de Propuesta Directiva concerniente a la armonización de las reglas de determinación de los beneficios imponibles, de marzo de 1988.
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El presente artículo tiene por objeto analizar el contenido, alcance, evolución y límites de la cláusula de intercambio de información incorporada en el Convenio Hispano-Brasileño para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta (1974), fin a cuyo logro se toma como punto de partida el marco jurídico instrumentalizador del intercambio de información tributaria y asistencia mutua entre Estados. Tendrá cabida en estas páginas un análisis en detalle de aspectos tan importantes y poco manidos como los problemas de interpretación de los convenios de doble imposición en materia de intercambio de información tributaria consecuencia de las modificaciones sustanciales tras la aprobación de las sucesivas versiones del Modelo de Convenio de la OCDE y sus Comentarios, interpretación que afecta de manera directa a cuestiones de primer orden como el ámbito subjetivo y objetivo de aplicación, límites y restricciones de la cláusula de intercambio de información sellada y ratificada por el Estado Español y la República Federativa del Brasil en 1974. Igualmente se da noticia de otros significados extremos tales como el destino del intercambio de información tributaria y el deber de confidencialidad de los Estados, con especial alusión al alcance de las restricciones específicas previstas para el intercambio de información tributaria no sólo desde la óptica de la legislación española sino también desde la visión de la normativa reguladora de la materia en Brasil.
Resumo:
La sentencia del Tribunal Constitucional 198/2012 constituye el último eslabón en el debate jurídico abierto con la promulgación de la ley 13/2005, por la cual se posibilita en nuestro ordenamiento que dos personas de un mismo sexo puedan contraer matrimonio, equiparándolos, a todos los efectos legales, a los matrimonios heterosexuales. La declaración de constitucionalidad de esta norma, viene a despojar al matrimonio -contemplado en el artículo 32 de la CE- de uno de sus elementos que durante siglos lo ha caracterizado: su naturaleza heterosexual, de acuerdo con la imagen que, en la actualidad, tiene de esta institución la mayoría de la sociedad. Y, sobre todo, supone una equiparación en el ejercicio de un derecho constitucional a un colectivo que por razón de su orientación sexual había sido excluido de esta institución y 'condenado' a constituir otras formas de convivencia diferentes del matrimonio.