71 resultados para Ley 26.150.


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El objetivo de este artículo es constatar que, actualmente, los Comités de Bioética no sólo tienen una plasmación en el ordenamientojurídico sino que pueden considerarse medios de regulación social que ayudan a la reflexión moral de los avances, a dilucidar los límites de actuación y sobre todo a proteger los derechos fundamentales de las personas.

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La actual situación económica y las perspectivas presupuestarias a largo plazo han suscitado una discusión acerca de la conveniencia de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Este trabajo, empleando contabilidad generacional, evalúa la sostenibilidad de la política fiscal española ampliando el horizonte temporal más allá del ciclo de los negocios, considerando los efectos del ciclo demográfico. Los resultados muestran que, aunque el proceso de consolidación fiscal ha mejorado ostensiblemente la situación financiera de las AA.PP, se sigue trasladando al futuro una deuda implí­cita sustancial

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La revista Palaeohispánica, en su número cinco, ha realizado un meritorio y encomiable esfuerzo al acoger en su interior las Actas del IX Coloquio sobre lenguas y culturas paleohispánicas, celebrado en Barcelona los días 20 a 24 de octubre de 2004. Las 1.150 páginas del volumen pueden dar una idea de la complejidad de la tarea, de la que han sido editores J. Velaza Frías, F. Beltrán Lloris, C. Jordán Cólera y B. Díaz Ariño. En la nota editorial que precede al volumen los responsables dejan claras dos satisfacciones, que sin duda alguna compartirán todos aquéllos que se dedican a temas relacionados con la antigua Hispania: la coincidencia del primer lustro de vida de una revista multidisciplinar y las dos décadas alcanzadas por los ya veteranos coloquios, que, con el mismo fin, han venido reuniendo un número creciente de investigadores.

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Lo que se pretende en este estudio es establecer el fundamento de la metodología comparativa en educación. Se logra presentando un conjunto de doce características que constituyen un amplio sistema de relaciones e interrelaciones que definen la metodología comparativa. La idea dominante es que para establecer una comparación entre dos hechos o fenómenos es preciso que tengan algo en común, y deben ser vistos así por la aplicación de . un criterio comparativo que permita ordenar y relacionar las diferentes variables objeto de estudio. La comparación tiene por objeto descubrir las semejanzas, las diferencias y las diversas relaciones que pueden establecerse. Comparar es pensar relacionando. Se insiste en la importancia de las coordenadas espacio y tiempo en la comparación, pues ésta supone una afinidad o proximidad geográfica e histórica. La comparación suele tender hacia una unificación o generalización. Se parte de un estado de desigualdad o diferencia entre dos o más realidades, pero se acaba por descubrir entre ellas algún principio de unidad, alguna ley común. Incluso en la práctica, la Pedagogía Comparada expresa a menudo su deseo de servir al ideal de unidad entre los diferentes pueblos, a través de una unidad establecida en sus sistemas educacionales. Con los pronósticos educacionales que intenta ayudar a formar, quiere dar una base a las políticas educativas para que funcionen lo más correctamente posible. Al enumerar las etapas del análisis comparativo se reproduce el esquema de F. Hilker y G. Bereday, por considerar lo ya clásico en Pedagogía Comparada. En el comentario de cada una de las cuatro fases se explica ampliamente en qué consisten éstas y se,señalan modalidades originales de aplicación de las mismas Se insiste en que el método comparativo no debe limitarse a los llamados estudios de área (o sistemas educativos nacionales y regionales), sino que debe aplicarse también a otros sectores pedagógicos. Finalmente se señalan unas vías que pueden ayudar a un avance de la Pedagogía Comparada, aun reconociendo las limitaciones propias de ésta, que es calificada como una disciplina más esclarecedora y orientadora que normativa.

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Actualmente, tras la reforma del art. 146.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) llevada a cabo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, nadie duda ya que las víctimas de daños causados por los funcionarios y demás agentes públicos en el ejercicio de sus funciones están obligadas a dirigir su reclamación indemnizatoria a la Administración a la que aquellos pertenezcan, sin poder demandarles ante los órganos de la jurisdicción civil en exigencia de su responsabilidad extracontractual. Según el art. 145 LRJPAC, la víctima deberá reclamar directamente a la Administración ­iniciando la tramitación del procedimiento administrativo específico previsto en los arts. 142 y 143 LRJPAC e interponiendo, eventualmente, recurso contencioso-administrativo contra la resolución desestimatoria que le ponga fin­, y ésta, una vez haya satisfecho la indemnización, ejercerá acción de repetición contra el funcionario o agente responsable cuando el mismo haya ocasionado el daño con dolo o culpa grave. Ya no existe, por tanto, el genérico derecho de opción anteriormente reconocido por el art. 43 de la Ley de régimen jurídico de la administración del Estado de 1957.

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La valoración del grado de dependencia de los pacientes en diálisis ha sido objeto de interés como indicador clínico y organizativo. El objetivo del estudio es conocer el grado de dependencia que presentan las personas sometidas a tratamiento con diálisis en Catalunya, según los criterios de la Ley sobre Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Se ha realizado un estudio descriptivo transversal en 42 centros de Cataluña sobre el grado de dependencia de los pacientes en hemodiálisis. La recogida de datos se hizo mediante una encuesta basada en el baremo de la Ley más datos sociodemográfico y características del tratamiento. De los pacientes que componían la población renal de Cataluña fueron considerados por los profesionales sanitarios con algún grado de dependencia 806, de ellos 425 eran hombres y 381 mujeres; un 61% tienen edades superiores a 70 años. El 53% viven en pareja y el 80,1% tenían uno o más hijos. El 77,4% de los pacientes habían sido trabajadores no cualifi cados, y el 65,4% dijeron no tener estudios. Se consideraron no dependientes 137 pacientes, con dependencia moderada 350, con dependencia

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La publicación en España de la Ley de Igualdad supone modificaciones en las prestaciones que se otorgan por maternidad y para la crianza de los hijos, tanto biológicos como adoptivos. El objetivo de este artículo es dar a conocer los cambios que se han producido en la normativa actual que regula las prestaciones por maternidad.

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Al oír y leer algunos de los comentarios que suscitó la aprobación, el 26 de mayo de 2010, de la Ley de la lengua de signos catalana (LSC), pueden entenderse algunos de los posibles porqués de su demora. Un día después de aprobarse la ley por 132 votos a favor y ninguno en contra, el portavoz de UPyD en Cataluña, Antonio Robles, en rueda de prensa, afirmaba:"Nos parece un ejercicio de crueldad innecesaria excluir la lengua de signos común de todos los españoles de la enseñanza vehicular de los niños sordos y sordociegos." . Asimismo, el Sr. Robles declaraba no comprender la razón de que PP y Ciutadans hubieran votado a favor de dicha ley, y se lamentaba de que UPyD no hubiera estado en el hemiciclo para haber podido oponerse a lo que él considera la exclusión de la lengua de signos española (LSE). Mientras que el PP no dejaba oír su contrarréplica, el partido de Albert Rivera reconocía su error en la votación, ya que"entendía que el texto final, que se sometía a votación, era bilingüe, es decir que permitía escoger entre la lengua de signos española y la lengua de signos catalana" . Afirmaciones de este tipo nos llevan a recordar que el debate y la polémica sobre el bilingüismo en Cataluña, cuyo fuego han querido atizar políticos como Antonio Robles aprovechando la aprobación de una ley tan celebrada por la comunidad sorda, no tiene sentido alguno para la lengua de signos. Pero lo cierto es que no puede reprochárseles un desconocimiento que, desgraciadamente, es generalizado entre aquellos que no han tenido ocasión de acercarse a la realidad de los sordos, o a su lengua.

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Amb motiu de celebrar-se durant el present curs académic 1996-97 el 150é aniversari de la creació de l'Escola Normal de Barcelona -de la qual és hereva i continuadora historica l'actual Escola Universitaria de Formació del Professorat de la Universitat de Barcelona-, Temps d'Educació ha volgut afegir- se a l'efeméride amb la publicació d'un conjunt d'articles que s'ocupen d'aspectes diversos relacionats amb la historia d'aquest centre.

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La publicación en España de la Ley de Igualdad supone modificaciones en las prestaciones que se otorgan por maternidad y para la crianza de los hijos, tanto biológicos como adoptivos. El objetivo de este artículo es dar a conocer los cambios que se han producido en la normativa actual que regula las prestaciones por maternidad.

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Desde 1980 hasta 2010, la población penitenciaria no dejó de crecer. Sin embargo, desde 2010 esta tasa se está reduciendo. En este trabajo se trata de buscar una serie de explicaciones para este aumento, y para la posterior reducción. Se pone especialatención en la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010, que supuso una extensa reforma del Código Penal. Con esta Ley Orgánica, se introdujo la posibilidad de reducir en un grado ciertas conductas contra la salud pública, en forma de subtipo atenuado.Esto puede haber supuesto un efecto considerable sobre la reducción de las tasas de encarcelamiento. Para estudiar el efecto de este nuevo subtipo, se realiza una pequeña investigación cuantitativa sobre una muestra de sentencias por delitos contra la saludpública. Después, se muestran los resultados y se proponen nuevas líneas de investigación.

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La commemoració del 150 Aniversari del naixement de Sigmund Freud a Barcelona ha estat intensa. Un any ple d’activitats: conferències, taules rodones, poesia, cinema i cursos realitzats a diferents recintes de la ciutat, en bona part organitzades directament per la comissió de l’Any Freud i amb el suport de tots els grups de psicoanàlisi de la ciutat. Grups que van organitzar les seves pròpies activitats entorn de la commemoració, moltes de les quals foren adscrites i impulsades per l’Any Freud. També hi va haver iniciatives dels mitjans de comunicació i de les Universitats.

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La pèrdua dels grans relats i les grans utopies pròpia de la crisi de la modernitat, no és necessàriament una gran pèrdua. El món desfonamentat i per segona vegada desencantat, també representa l’ampliació de l’àmbit d’allò que es pot saber, d’allò que es pot comprendre. Quan s’apaguen els llums de la raó il·lustrada i l’ésser humà és abocat a l’abisme del sense-sentit; emergeix la paraula com a forma i no com substància, apareix la possibilitat de nomenar l’innominable. Aquesta és la gran revolució del pensament en el segle XX, que no hauria estat possible sense l’obra de Sigmund Freud i la seva teoria psicoanalítica. El pensament de Freud no és un relat més de la modernitat sinó justament un dels que fan possible la ruptura, el que desemmascara el ser humà com a essència o substància, per descobrir un subjecte escindit capaç de construir i reconstruir el seu relat identitari.

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El presente artículo trata la regulación jurídica del derecho al valor comercial de la propia imagen ('Publicity right' según terminología anglosajona), la regulación tributaria del derecho al valor comercial de la propia imagen y el régimen especial de la tributación de rentas derivadas de la cesión del derecho a la explotación comercial de la imagen.