161 resultados para Unión de Trabajadores Rurales sin Tierra (UST)
Resumo:
La aprobación en junio de 2008 por el Parlamento Europeo de la Directiva de retorno —denominada también Directiva de la infamia o Directiva de expulsión— consolida el proceso de involución que sobre los derechos humanos se viene produciendo en la Unión Europea desde que el miedo a la inmigración irregular se incardinó en sus instituciones. Si bien las legislaciones de extranjería de los años ochenta contenían normas que regulaban el internamiento y la expulsión no es hasta la Directiva 2001/40/CE que comienza a tomar forma una política comunitaria centrada en la inmigración irregular y las expulsiones de migrantes. Las medidas de retorno son, dice la Comisión europea, “una piedra angular de la política de migración de la UE”. Desde entonces, la barbarie de los centros de retención e internamiento, el socavamiento de los derechos y la exclusión y criminalización de los migrantes extranjeros se han convertido en el caballo de batalla de las asociaciones defensoras de los derechos humanos. La erosión que las legislaciones y medidas de expulsión están provocado en los derechos y libertades y en las instituciones del Estado de derecho es inmensa. El retroceso y la erosión en los derechos y libertades es tan grande que ya no es posible continuar hablando sin más de Estados de derecho en la UE, sino más bien de máquinas administrativas para el internamiento y la expulsión, de “Estados expulsores” (1), donde las personas extranjeras son tratadas como semipersonas (2) e incluso como “no-personas” (3).
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La aprobación en junio de 2008 por el Parlamento Europeo de la Directiva de retorno —denominada también Directiva de la infamia o Directiva de expulsión— consolida el proceso de involución que sobre los derechos humanos se viene produciendo en la Unión Europea desde que el miedo a la inmigración irregular se incardinó en sus instituciones. Si bien las legislaciones de extranjería de los años ochenta contenían normas que regulaban el internamiento y la expulsión no es hasta la Directiva 2001/40/CE que comienza a tomar forma una política comunitaria centrada en la inmigración irregular y las expulsiones de migrantes. Las medidas de retorno son, dice la Comisión europea, “una piedra angular de la política de migración de la UE”. Desde entonces, la barbarie de los centros de retención e internamiento, el socavamiento de los derechos y la exclusión y criminalización de los migrantes extranjeros se han convertido en el caballo de batalla de las asociaciones defensoras de los derechos humanos. La erosión que las legislaciones y medidas de expulsión están provocado en los derechos y libertades y en las instituciones del Estado de derecho es inmensa. El retroceso y la erosión en los derechos y libertades es tan grande que ya no es posible continuar hablando sin más de Estados de derecho en la UE, sino más bien de máquinas administrativas para el internamiento y la expulsión, de “Estados expulsores”(1), donde las personas extranjeras son tratadas como semipersonas (2) e incluso como“no-personas” (3).
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Aquest treball pretén analitzar l’evolució del marc jurídic de la gestió de la cooperació i vigilància de les fronteres exteriors de la Unió Europea (UE) des de la perspectiva de les operacions a les fronteres marítimes. La pràctica de Frontex des dels seus inicis no ha estat mancada de crítiques, fet que ha comportat la necessitat de trobar nous mecanismes per aconseguir l’efectivitat de les seves operacions. És per aquest motiu que, com veurem en aquest treball, l’objectiu final de les reformes de l’Agència busquen assegurar la seguretat a l’espai interior del territori Schengen, sense deixar de banda el degut respecte als drets humans.
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La aprobación en junio de 2008 por el Parlamento Europeo de la Directiva de retorno denominada también Directiva de la infamia o Directiva de expulsión consolida el proceso de involución que sobre los derechos humanos se viene produciendo en la Unión Europea desde que el miedo a la inmigración irregular se incardinó en sus instituciones. Si bien las legislaciones de extranjería de los años ochenta contenían normas que regulaban el internamiento y la expulsión no es hasta la Directiva 2001/40/CE que comienza a tomar forma una política comunitaria centrada en la inmigración irregular y las expulsiones de migrantes. Las medidas de retorno son, dice la Comisión europea,"una piedra angular de la política de migración de la UE". Desde entonces, la barbarie de los centros de retención e internamiento, el socavamiento de los derechos y la exclusión y criminalización de los migrantes extranjeros se han convertido en el caballo de batalla de las asociaciones defensoras de los derechos humanos. La erosión que las legislaciones y medidas de expulsión están provocado en los derechos y libertades y en las instituciones del Estado de derecho es inmensa. El retroceso y la erosión en los derechos y libertades es tan grande que ya no es posible continuar hablando sin más de Estados de derecho en la UE, sino más bien de máquinas administrativas para el internamiento y la expulsión, de"Estados expulsores"(1), donde las personas extranjeras son tratadas como semipersonas (2) e incluso como"no-personas" (3).
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El objetivo del presente capítulo consiste en presentar un breve análisis de la diversidad de comportamientos de las regiones, en el curso del proceso de integración europea, desde que se consolidó la democracia y el Estado de las autonomías y se produjo la efectiva incorporación de España a la Comunidad Económica Europea, el 1 de enero de 1986. Con la perspectiva del tiempo transcurrido, es posible componer ya un balance de urgencia de la distinta fortuna de las regiones en el nuevo marco institucional. El trabajo se centra en la trayectoria de cada una de las comunidades autónomas y en los factores de crecimiento que poseen. El estudio está organizado en cuatro secciones. Una primera parte recuerda las relaciones con la Unión Europea y presenta los hitos esenciales del proceso de regionalización. La segunda sección se ocupa de la evolución de las comunidades autónomas, desde la incorporación a la CEE, en tres apartados relativos a población, ocupación y empleo y producto. La tercera analiza los principales factores de crecimiento: inversión directa extranjera, inversión pública, acción comunitaria, comercio internacional, investigación y desarrollo y densidad del tejido productivo. El texto se cierra con un apartado de recapitulación y conclusiones.
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El presente trabajo analiza el proceso de la Convención de la Unión Europea en relación con las llamadas “regiones especiales”, concepto que usan los autores para referirse a aquellas regiones “caracterizadas por una singularidad a nivel institucional, del sistema de partidos, lingüística o cultural, o en el nivel de conciencia colectiva (y la prueba demoscópica de todo ello), o en su preeminencia en el proceso europeo (como su presencia en foros y asociaciones, y su capacidad de propuesta y liderazgo)”. El objeto de este análisis es el estudio del desarrollo de esta noción y su significado en el proceso constitutivo de la Convención, así como su influencia, lo cual nos lleva de la Europa de las Regiones a la Europa con la Regiones.
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Este trabajo tiene por objetivo evaluar la fiabilidad de los datos de renta procedentes de la primera Ola del PHOGUE (Panel de Hogares de la Unión Europea) de 1994, versión nacional del Production Data
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Tras su inclusión en la Estrategia Europea de Seguridad de la UE del 2003 y en el Tratado constitucional del 2004, se puede considerar que se ha producido la “oficialización” de la política de prevención y gestión de conflictos (PPGC) de la UE en tanto que objetivo principal de la política de seguridad de la Unión. Uno de los campos de actuación de la PPGC ha sido África Subsahariana y, en concreto, el conflicto de los Grandes Lagos que orbita alrededor de la República Democrática del Congo (RDC). Un conflicto en el que a lo largo de más de una década la Unión ha aplicado diversos tipos de instrumentos (civiles y militares) encuadrados dentro de la PPGC. Tras la celebración en diciembre de 2006 de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en dicho país africano (las cuales podrían significar el fin definitivo del conflicto), éste parece un buen momento para analizar la tipología de instrumentos aplicados por la Unión en lo que denominaríamos el “toolbox” de la PPGC, así como para realizar un primer balance sobre los mismos.
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Desde 1975 y sobre todo a partir de su incorporación a la Unión Europea en 1986, los cambios que se han producido en la estructura económica y productiva española han favorecido la convergencia de la mayoría de sus indicadores económicos con los de los países de la Unión. Sin embargo, no ha habido el mismo éxito por lo que se refiere al mercado de trabajo. Esta comunicación es, por una parte, el resultado de mi trabajo de investigación sobre la evolución de la educación superior y el mercado de trabajo en España durante las últimas cuatro décadas del último siglo y, por otra parte, el punto de partida de un estudio más profundo sobre las diferencias regionales en la correspondencia entre la oferta y la demanda de trabajo cualificado en España y en Europa. El objetivo de esta comunicación es comparar la evolución de los niveles educativos y de los principales indicadores del mercado de trabajo en España y en otros países europeos (Alemania, Francia, Grecia, Italia, Portugal y Reino Unido) desde 1986, año de incorporación de España a la Unión Europea, hasta la actualidad, para determinar los factores o mecanismos que influyen en el mercado de trabajo cualificado español y su difícil convergencia con los de otros países europeos.
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El estudio se plantea conocer cuáles son los mecanismos de relación entre los habitantes de un conjunto de ciudades españolas y la accesibilidad en su entorno más íntimo: el del propio hogar. Para ello ha querido analizar el conocimiento y la necesidad percibida de eliminación de barreras en todo tipo de hogares, las condiciones bajo las cuales esa necesidad se transforma en demanda y qué elementos influyen para que la accesibilidad sea un atributo discernible de calidad de vida en la vivienda. Si bien es obvio que estos elementos no pueden ser abarcados plenamente por este estudio ni reducidos al ámbito de un solo enfoque, hemos querido dar una visión amplia y para ello hemos utilizado metodologías diversas que raras veces se utilizan conjuntamente, buscando la complementariedad y también el contraste. Por ello en el trabajo, aún partiendo desde la economía, se han incorporado otros enfoques: la perspectiva de la antropología social e incluso de la psicología ambiental, con el fin de comprender mejor la forma de vivir la vivienda, el lugar que ocupa la accesibilidad entre las preferencias de los hogares, y cuáles son sus particularidades locales.
Resumo:
La cebada es el primer cultivo español, tanto por superficie ocupada como por valor de la producción. Así, del Avance de Superficies y Producciones Agrícolas del MAPYA (Web noviembre 2002) se desprende que en el último trienio se han cultivado entre 3 y 3,3 millones de has anuales, con unas producciones, que presentan grandes fluctuaciones debidas a la climatología, y que han oscilando entre las 6,35 millones de Tm del 2001 y las 11,28 del 2000. Se podría considerar como valor promedio el de una producción final del orden de los 1,2 miles de millones de euros anuales. Dentro del contexto internacional, hemos de reseñar que también España es el primer país europeo en cuanto a superficie dedicada al cultivo de cebada y el cuarto mundial, después del conjunto de estados de la antigua Unión Soviética, Estados Unidos y Canadá. Sin embargo, el esfuerzo investigador que nuestro país dedica a la cebada pese a ser el primer cultivo nacional es escaso si se compara con otros países de la UE, como lo demuestra el hecho de que la mayoría de las nuevas variedades inscritas en el Registro del MAPA procedan de programas de selección europeos. Otro aspecto a tener en cuenta es que en España, la cebada se cultiva en unas condiciones próximas a la sostenibilidad, con cantidades muy moderadas de insumos y que actualmente es casi la única posibilidad de aprovechamiento agrícola de un porcentaje muy alto de los secanos semiáridos. En ellos incluso se podría decir que desarrolla un papel ecológico crítico, en cuanto a la conservación del medio natural y la lucha contra la erosión al convertirse en la única cubierta vegetal.
Resumo:
La primera necesidad de los peces es la higiene. La elaboración de Programas de Gestión Sanitaria (PGS) aplicables a la industria, dentro de un marco realista y eficiente, pueden contribuir positivamente a la mejora sistemática de la productividad, afectando no sólo a la cantidad y calidad del producto, sino directamente a la eficiencia económica de la empresa. Las principales normas deben quedar reflejadas dentro de un Plan de Control Sanitario (PCS) de la instalación, normas que deben ser de obligado cumplimiento, tanto para los trabajadores como para las visitas. El seguimiento del PCS se realiza mediante la aplicación de un Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC), sistema que forma parte, a su vez, del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC). No será factible la aplicación de ninguno de estos programas, planes y sistemas sin un uso racional del autocontrol. Hygiene is the first need that fish have. The elaboration of the Sanitary Management Programs (SMP) which industrial application, inside a realistic and efficient framework, could contribute positively to the systematic improvement of the production, affecting not only to the quantity and quality of the product, but that affect directly to the economic efficiency of the company. The main norms will be reflected in a Sanitary Control Plan (SCP) of the facilities, these norms must be obligatory fulfilment for the workers and visits. The monitoring of the SCP will do meanly the application of the Hazard Analysis and Critical Control Point (HACCP), system that it is a part, also, of the Quality Management System (QMS). It is not possible, the application of any of this programs, plans and systems, without a rational use of the auto control processes.