40 resultados para Tribunales penales
Resumo:
En els darrers temps, tan a nivell doctrinal com legislatiu, han augmentat progressivament els esforços encaminats a dotar de la deguda protecció processal la víctima d'un delicte. Sens dubte, la situació ha millorat notòriament d'uns anys ençà. No obstant, la proliferació de textos legals relatius a la matèria potser acabi provocant l'efecte contrari al que inicialment es tenia en ment. En altres paraules, el desconcert que pot causar a una víctima que les seves possibilitats d'intervenció siguin variables d'un procés a un altre no afavoreix gens ni mica el dret que té a una tutela judicial efectiva. En aquest treball es posa de relleu la situació prenent com a punt de referència dues de les reformes processals més recents que han incidit en matèria d'atenció a la víctima: les Lleis 8/2002 i 38/2002 sobre judicis ràpids i de modificació del procediment abreujat i la Llei 5/2000, reguladora dels processos de menors. Aparentment, els judicis de menors tenen poc a veure amb els d'adults, però, precisament per aquesta distància entre ells, resulta significatiu l'acostament que es podria produir en l'àmbit de la protecció de la víctima. Un dels objectius d'aquest treball és justament demostrar els aspectes en els quals es podrien unificar les normes referents a la matèria. Un cop aconseguit en aquests processos, no sembla que hi hagi cap obstacle que impedeixi postular la unificació pretesa en aquesta investigació de forma general. Una qüestió diferent és que en alguns punts no sigui possible dur a terme la unitat esmentada de forma immediata i resulti necessària una reforma legal. Ara bé, tan sols atenent a la legislació vigent, existeix l'opció de fer un gran pas en la direcció apuntada. Només cal canviar la manera com s'està practicant l'acte d'oferiment d'accions en l'actualitat. Això vol dir que no es limiti a la simple comunicació d'un escrit de difícil comprensió per algú no expert en dret, que la víctima firma sense entendre’n la transcendència. La importància d'aquest acte en relació a la tutela efectiva del perjudicat per un delicte, permet desenvolupar el contingut previst a la legislació processal per adequar-lo a les necessitats del seu destinatari. És aquí on s'obre un ampli ventall de possibilitats, que poden arribar a l'extrem de convertir l'acte de l'oferiment d'accions gairebé en una informació completa de totes les oportunitats d'actuació que tindrà una víctima en un procés i el que implica cadascuna d'elles. L'Administració Autonòmica hi pot jugar un paper important. Tenint en compte que les recents reformes processals han previst fer recaure en l'actuació de la Policia Judicial bona part de la pretesa major atenció a la víctima, ja que s'imposa de forma preceptiva que sigui aquesta autoritat la que ofereixi sempre en primer terme les accions a la víctima, seria molt oportú que la Policia Autonòmica fes ús d'un formulari d'oferiment d'accions adaptat a les necessitats de la víctima d'acord amb el que s'apunta en aquesta obra. De fet, a fi efecte que sigui d'utilitat, l'objectiu últim d'aquest treball és establir les bases que serveixin per a l'elaboració del model de formulari postulat.
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Anàlisi de la regulació estatal i autonòmica, així com la jurisprudència del Tribunal Suprem i els tribunals superiors de justícia, per tal d’examinar la necessària ampliació de la competència de la Sala Civil i Penal del Tribunal Superior de Catalunya pel que fa al coneixement de la revisió de la sentència ferma.
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Líneas esenciales de la actuación contra el terrorismo y crímenes similares: 1.Respeto de los derechos constitucionales y libertades fundamentales en todos los procesos sin excepción: derecho a un juicio justo, derecho de defensa, presunción de inocencia y garantía de la tutela judicial. 2.Especialización orgánica y centralización jurisdiccional: jurisdicción central con competencia exclusiva para el terrorismo (Audiencia Nacional con sede en Madrid-Tribunal ordinario especializado)-extremismos violentos (fin: subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública) 3.Aplicación de las leyes de procedimiento ordinarias con algunas restricciones de derechos en la fase de investigación (control judicial-criterios necesidad y proporcionalidad) 4.Especialidades en tipos penales y ejecución de penas.
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El trabajo presentado en esta comunicación se enmarca en un proyecto financiado por la Secretaría de Estado de Universidades, Ministerio de Educación Cultura y Deporte en su Programa de Estudios y Análisis, mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el Eje de Nuevos avances y determinación del impacto de las misiones universitarias, Modalidad de Trabajos de análisis, lideradopor la Universitat Pompeu Fabra y en el que participan docentes de las universidades de Valladolid, Cádiz, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla, Autónoma de Barcelona, Carlos III de Madrid y Universidat Oberta de Catalunya.En el proyecto se ha realizado un trabajo de análisis de las prácticas programadas en las distintas universidades para velar por la calidad de los trabajos fin de grado, actualmente proyectos fin carrera. Se han recopilado diferentes procedimientos de evaluación llevados a cabo en diferentes Universidades que van desde plantillas de verificación para los tribunales de los proyectos a guías de procedimiento completas que verifican elestablecimiento y cumplimiento de hitos intermedios.En esta comunicación se muestra la aplicación de algunas de las prácticas propuestas en el caso real de proyectos fin de carrera en la titulación de Ingeniería Técnica en Diseño Industrial de la Escuela de Ingenierías Industriales. Se pone de manifiesto la utilidad del uso de dichas prácticas frente a enfoques más clásicos o simplistas.
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El mundo ha evolucionado imparablemente en el último siglo. El hombre ha dado ungran salto en el progreso modificando los sistemas productivos, el ritmo de vida eincluso la organización económica. Varias son las voces de alarma que se han alzado enlos últimos años poniendo de relieve las nefastas consecuencias que todo elloproyectaba sobre el medio ambiente. Y es que el progreso ha ido innegablemente ligadoa otro nuevo concepto: la contaminación.La preocupación por adaptar sistemas productivos sostenibles, reduciendo el impactoambiental, ha ido en aumento implicando a los gobiernos y los entes internacionales. Unimportante instrumento para reducir el impacto medioambiental ha sido laconcienciación y la educación de la población pero, desafortunadamente, es una tareaque requiere mucho tiempo, por lo que, acorto plazo, no siempre es suficiente. Por ello,en los últimos años, se ha sucedido un aluvión de normas cuyo objetivo se centra en lapreservación del medioambiente imponiendo obligaciones a los ciudadanos a fin de irmoldeando actitudes sostenibles.El presente trabajo se centra en el análisis de las normas administrativas en materiamedioambiental. Nuestro estudio pretende analizar si los incentivos económicos que deellas se derivan son suficientes para imprimir una actitud cívica y respetuosa con elmedio ambiente o, si de lo contrario, el legislador se ha de servir de instrumentos másseveros como las sanciones penales o la clausura de actividades empresariales. Unapregunta clave se esconde tras este estudio ¿es rentable económicamente cumplir lanormativa medioambiental?Las principales conclusiones que hemos alcanzado tras la realización de este estudiogravitan sobre la idea de que los incentivos económicos son muy débiles como paraconseguir guiar la conducta de los empresarios conduciéndola al cumplimiento de lanormativa. Son necesarias medidas más drásticas, más coercitivas, para conseguir laadecuación del comportamiento de los agentes económicos. Lamentablemente, laAdministración no les puede conceder la libertad de decidir cumplir o no cumplir, bajola amenaza de la sanción económica. Por el contrario, debe imprimir sobre el agenteeconómico un grado superior de fiscalización, controlando, antes del inicio de suactividad, la adecuación de su comportamiento a la normativa de protección del medioambiente, bajo pena de no poder desarrollar su empresa.Sin embargo, nuestro estudio también arroja conclusiones esperanzadoras: a pesar deque el análisis económico de la normativa conduce al empresario a la solución óptimade no cumplir, las medidas alternativas emprendidas por la Administración van forjandoen la mente de los agentes económicos la percepción de que el desarrollo sostenible esuna obligación, más allá de los incentivos pecuniarios, y las medidas en pro de lapreservación del medio ambiente se van convirtiendo, con el paso del tiempo, enacciones que indudablemente se tienen que emprender. Por ello, la idea central quedebemos extraer de este estudio es que, a pesar de que las sanciones -económicas o deotro tipo- son necesarias para reorientar la conducta de los empresarios, toda vez queotorgan incentivos para actuar de una forma que no lo hubieran hecho en el ejercicio dela más absoluta libertad, al final lo que verdaderamente lleva a conjugar los interesespúblicos y privados es la concienciación de los individuos, su educación y elafianzamiento de la creencia de que el mundo es un pequeño paraíso que debemoscuidar. Cueste lo que cueste.
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En la actualidad existe una Comisión Delegada para el Servicio de Inspección, integrada por cuatro Vocales del Consejo General del Poder Judicial, y la Inspección está compuesta por una Jefatura del Servicio, con de un Jefe, un Adjunto y un Secretario, que configuran la Unidad Central y trece Unidades Inspectoras, formadas por dos, tres o cuatro Letrados, cada una de las cuales tiene asignados, o bien todos los órganos de un determinado orden jurisdiccional: penal, violencia sobre la mujer, menores, vigilancia penitenciaria, incapacidades, contencioso-administrativo, social y mercantil, o bien todos los órganos de 1ª Instancia, Instrucción y Mixtos de cada una de las Comunidades Autónomas, una de ellas se ocupa de todas las Audiencias Provinciales del territorio español y la Unidad Central tiene asignado el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y los Tribunales y Juzgados Togados. Hay además un coordinador territorial por cada Comunidad Autónoma, que es quien coordina la información procedente de todos los órganos de su territorio, independientemente del Orden Jurisdiccional de que se trate, así como un coordinador por cada jurisdicción, trabajando todos en equipo. Forma también parte del Servicio, la Sección de Informes, que tramita, en coordinación con la Unidad de Atención Ciudadana, las quejas y denuncias presentadas por los ciudadanos, cuando éstas puedan dar lugar a responsabilidad disciplinaria de un Juez o Magistrado.
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No hace más de 3 años se podía leer en las revistas especializadas que España había pasado a ocupar el tercer puesto en el ranking mundial por potencia eólica instalada. La industria eólica española a su vez ha pasado a ocupar el tercer puesto en la fabricación e instalación de aerogeneradores, con una cuota de mercado del 13%, siendo así un sector con gran capacidad de exportación. Por otra parte, tras diez años de promulgación de la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y después su desarrollo reglamentario, es un hecho incontestable que, pese a todo, y a los ingentes esfuerzos realizados por los distintos actores implicados en la prevención de riesgos laborales (Estado, Comunidades Autónomas, Agentes Sociales, Entidades especializadas, etcetera), existe un sector como el de la construcción que, constituyendo uno de los ejes del crecimiento económico de nuestro país, está sometido a unos riesgos especiales y continúa registrando una siniestralidad laboral muy notoria por sus cifras y gravedad. La legislación de prevención, los manuales sobre las distintas disciplinas preventivas, los libros especializados, los expertos... han abordado ya, con mayor o menor acierto, muchas de las cuestiones generales y específicas que afectan a la seguridad y salud: la evaluación de riesgos, las medidas higiénicas, los equipos de trabajo y equipos de protección individual, la planificación, la formación, los servicios de prevención , los sistemas de gestión de la prevención, las auditorías ... forman parte de los contenidos que se han ido creando en torno a este tema. No obstante, resulta de gran interés la elaboración de un estudio de Seguridad y Salud, en el que partiendo de un desarrollo técnico concreto, pero sobre todo integral, es decir, que comprenda todas las fases para el suministrp e instalación de aerogeneradores para un parque eólico, vayamos desgranando cada uno de los puntos desarrollados en su construcción. Entre las conclusiones más destacadas de este trabajo, se encuentra la definición de las condiciones relativas a la prevención de accidentes y enfermedades laborales durante la ejecución de los trabajos de suministro e instalación de un parque eólico y la gestión de su prevención, las características de las instalaciones preceptivas para higiene y bienestar de los trabajadores, así como directrices básicas mínimas, que deben reflejarse y desarrollarse en el Plan de Seguridad y Salud que las empresas contratistas deberán presentar para su aprobación por el director de obra, antes del comienzo de los trabajos, de forma que sea posible la disminución de accidentes laborales así como evitar las posibles sanciones administrativas y/o penales.
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[spa] La voluntariedad constituye el presupuesto de cualquier análisis sobre la mediación. De entre sus diversas manifestaciones, destacan la libertad de acogerse al procedimiento y la posibilidad de desistir del mismo en cualquier momento. Sin embargo, en relación con su primera manifestación ―libertad de acogerse a la mediación―, el principio de voluntariedad parece admitir ciertas modulaciones, debidas, por una parte, a la exigencia legal, en algunos casos, del uso de la mediación como condición de procedibilidad ante los tribunales (mandatory mediation) y, por otra, a la discutida admisibilidad de las llamadas"cláusulas de mediación". El estudio se centra en estas últimas. En particular, se analiza el debate que éstas han generado, su eficacia ―tanto ordinaria (derivada de su cumplimiento) como extraordinaria (consecuencia de su incumplimiento)― y la cuestión de sus posibles contenidos.
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[spa] El presente estudio tiene como finalidad realizar un análisis descriptivo de la litigiosidad observada en los tribunales italianos que conocen de la materia tributaria.
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Es difícil encontrar en el Código penal español una regulación tan deficiente y confusa de una serie de conductas delictivas tan relevantes para el funcionamiento del Estado de Derecho como es la relativa a las detenciones ilegales cometidas por funcionario público que se prevé en los arts. 167 y 530. Lejos de hallar criterios jurisprudenciales satisfactorios que reconduzcan, en la medida de lo posible, la situación se advierte que el caos se ha instalado en buena medida en las resoluciones de los tribunales. En este trabajo se describe la situación y se propone una revisión general de los criterios interpretativos de los tipos en cuestión con el fin de dotarlos de mayor coherencia y certeza en su aplicación.
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La reincidencia delictiva es uno de los principales temas de estudio de la Criminología. Una alta tasa de reincidencia es una muestra de que el actual modelo de tratamiento hacia los delincuentes no está dando buenos resultados. Además, podría implicar el fracaso de la prevención especial y del modelo rehabilitador como finalidad principal de la pena, ya que una sociedad que emplea grandes recursos en reinsertar a sus criminales, exige mejores resultados.La aplicación de medidas penales alternativas (en adelante MPA) por parte de los jueces ha aumentado mucho en los últimos años, sobre todo a partir de 2003 (Contreras, 2010). Centrándome en concreto en la pena de trabajos en beneficio de la comunidad (en adelante TBC) y en la suspensión de la pena de prisión (en adelante suspensión), un tema que considero muy interesante investigar es si la aplicación de estas medidas alternativas aportan mejores resultados en términos de reincidencia delictiva que el ingreso en prisión.En esta investigación cuantitativa, la metodología que he utilizado es un diseño cuasi experimental, para comparar el impacto que tienen las MPA como tratamiento en la reincidencia delictiva, utilizando el análisis estadístico de una base de datos de delincuentes condenados por un delito de violencia ocasional contra la pareja. Concretamente, las técnicas utilizadas son el cruce de una serie de variables y el análisis de supervivencia.Partiendo de la hipótesis principal de que las MPA registran menores tasas de reincidencia que la prisión, estudio también la influencia de otras variables como la edad, la nacionalidad y los antecedentes delictivos en el impacto detectado.Los resultados confirman la hipótesis central, pero me llevan rechazar las hipótesis referentes a las demás variables. No obstante, gracias al análisis de esas variables se ha puesto demanifiesto que la variable “antecedentes” tiene una gran validez predictiva de la reincidencia futura y, pese a los problemas y limitaciones reconocidas en la investigación, permiten extraerconclusiones muy interesantes para futuras investigaciones sobre la reincidencia. La conclusión más importante es la evidencia de que las MPA son un tratamiento reductor de la reincidencia a medio y largo plazo, lo cual hace recomendable seguir ampliando y mejorandosu aplicación.
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The archives of the Prefecture of the Peruvian Ministry of Foreign Affairs provide a perspective from which to reconstruct the broad range of legal circumstances in which Spanish residents in various regions of the country find themselves immersed (assets of relatives who have died without wills or family in Peru, political conflicts, legal problems -whether criminal or civil as a result of business activities- or the requested intervention ofconsular authorities when decisions considered detrimental to their compatriots are made by prefects and sub-prefects). The legal framework protecting Spanish nationals in Peru is analysed to understand the mechanisms of immigration in the country and the mechanisms that led them to keep their Spanish nationality, even after establishing wide-reaching family and business interests
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Aquesta recerca està motivada per l’interès en les Mesures Penals Alternatives, concretament, en les suspensions judicials com a mesura més adient per a determinats subjectes amb perfils toxicològics i que requereixen d’una intervenció que es pot abordar en context comunitari. Per tal de valorar la seva eficàcia, l’equip d’investigadors s’ha centrat en els índexs de reincidència i aquells factors que poden influir a partir de l’anàlisi estadística d’una mostra de 237 subjectes sotmesos a l’obligació de tractament de deshabituació. Observant l’índex de reincidència, en funció de l’anàlisi de variables sociopersonals i judicials dels subjectes, es busquen aquells indicadors que poden ser eficaços per reduir la comissió de nous fets delictius. Del resultats obtinguts, es conclou que variables com una bona adherència familiar, una estabilitat laboral així com la finalització correcta d’un tractament de deshabituació aporten uns nivells de reincidència baixos. Igualment, es justifica l’atorgament de suspensions judicials com a eina punitiva més eficaç per a aquells subjectes amb característiques toxicològiques i necessitats rehabilitadores a causa de la seva addicció, atès que els nivells de reincidència obtinguts en aquesta recerca aporten uns índexs més baixos que els nivells actuals de reincidència penitenciària (cal tenir en compte, però, la diferència de perfils). Es conclou que aquestes mesures penals alternatives són una eina més integradora ja que es desenvolupen en l’entorn comunitari.
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Esta investigación está motivada por el interés por las suspensiones judiciales como medida más adecuada para determinados sujetos con perfiles toxicológicos y que requieren una intervención que se puede abordar en un contexto comunitario. Con el fin de valorar su eficacia, el equipo de investigadores se ha centrado en los índices de reincidencia y aquellos factores que pueden influir a partir del análisis estadístico de una muestra de 237 sujetos sometidos a la obligación de tratamiento de deshabituación. Observando el índice de reincidencia, en función del análisis de variables sociopersonales y judiciales de los sujetos, se buscan aquellos indicadores que pueden ser eficaces para reducir la comisión de nuevos hechos delictivos. De los resultados obtenidos, se concluye que variables como una buena adherencia familiar, la estabilidad laboral o la finalización correcta de un tratamiento de deshabituación aportan unos niveles de reincidencia bajos Asimismo, se justifica el otorgamiento de suspensiones judiciales como herramienta punitiva más eficaz para aquellos sujetos con características toxicológicas y necesidades rehabilitadoras debido a su adicción, dado que los niveles de reincidencia obtenidos en esta investigación aportan unos índices más bajos que los niveles actuales de reincidencia penitenciaria (siempre teniendo en cuenta la diferencia de perfiles). Se concluye en este estudio que la aplicación de estas medidas penales alternativas son una herramienta más integradora debido a que se desarrolla dentro del entorno comunitario.
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La dimensión real de la actual política criminal española carece de adecuados niveles de racionalidad, entre sus múltiples causas, podemos mencionar el fenómeno de la creciente dinámica punitivista, la ausencia de una adecuada cultura de evaluación, el menosprecio a la criminología, la escasa consideración de los responsables políticos hacia las opiniones expertas de la dogmática, y la constante indiferencia de ésta hacia la realidad que debe enfrentar. Se configura así un decepcionante panorama donde la política criminal real aparece como carente de una sólida base empírica. La dimensión teórica de la política criminal, no puede soslayar el aporte de las investigaciones criminológicas, ya que aquellos tendrían la virtualidad de ser condición necesaria aunque no suficiente de la utilización racional del sistema punitivo. Hay que optar por una reducción de la privación de libertad y promover otras sanciones en cuyo contenido se armonicen los conceptos de incapacitación y responsabilización. Además, se requiere el desarrollo de una victimología que se dirija a inhibir los impulsos punitivos de las víctimas en función de orientar la política criminal hacia una cultura jurídica reparatoria que enfrente la actual expansión del derecho penal.