50 resultados para Régimen y ruptura


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Se realiza una diagnosis socioambiental y un presupuesto para el Plan de Manejo del Parque Nacional Los Quetzales (PNLQ). El PNLQ ocupa una superficie de 4117 ha. Presenta un régimen hí­drico elevado favorecido por la topografí­a quebrada que permite la presencia de fajas de condensación. Estas condiciones favorecen la presencia del bosque nublado que como se ha observado es el hábitat de innumerables especies, algunas de las cuales presentan gran valor ecológico. El presupuesto para el Plan de Manejo refleja cómo los gastos superan en una proporción importante a los ingresos, por lo que se recomienda centrar los esfuerzos en la búsqueda de formas de financiación (pago por servicios ambientales, convenios, co-manejo y donaciones). También se hace precisa una aportación anual del Gobierno Central para la ejecución del Plan.

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En el presente trabajo, se lleva a cabo un estudio sobre las propiedades mecánicas de chapa de dos aceros avanzado de alta resistencia. La búsqueda de un modelo teórico que defina su comportamiento en régimen plástico, así como la comparativa de sus resultados con el fin de predecir su comportamiento en etapas de conformado, y ayudar a optimizar los resultados en simulación mediante elementos finitos. También se añade un ejemplo de simulación para ver la importancia de la precisión del cálculo de las propiedades mecánicas en este campo.

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El objetivo del trabajo consistía en analizar y extraer algunas conclusiones de futuro sobre el tratamiento tributario específico de las situaciones de dependencia. Para ello, se ha estudiado, en primer lugar, la normativa existente en nuestro ordenamiento jurídico sobre la Dependencia y el Sistema de Atención a la Dependencia; así como su financiación. De una manera generalizada en España, y más particularmente, en la Comunidad Autónoma de Cataluña. A continuación, se ha realizado un análisis de las propuestas que el Defensor del Pueblo realizó en un informe rendido en 2002 sobre el régimen fiscal de la discapacidad. A partir de su contenido, se ha examinado si sus propuestas se han atendido o no, y si son o no sostenibles dentro del sistema actual.

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El objetivo de este estudio es contribuir al entendimiento, desde un punto de vista histórico, del papel que juega el cine en los procesos de popularización de la ciencia, la medicina y la tecnología. El punto de partida es la consideración de la medicina y del cine como conjuntos complejos y multidimensionales de “prácticas y discursos” de carácter científico-tecnológico y, por tanto, como formas particulares de acción e interacción cotidiana entre personas, colectivos e instituciones que juegan un papel básico en los procesos de construcción y funcionamiento de las sociedades contemporáneas. Así, mediante el análisis de la representación y articulación de las prácticas y los discursos médico-sanitarios en el cine documental colonial español del primer franquismo, es decir, en el caso particular de la construcción, legitimación y consolidación de un régimen totalitario, se aportan algunas claves explicativas sobre las múltiples relaciones entre diferentes colectivos (expertos y no-expertos) en cuanto a la naturaleza y el nivel de intervención en los procesos de generación y gestión de conocimiento científico-tecnológico. Como resultado, el cine se revela como un espacio no sólo de evasión y entretenimiento, sino también de ciencia y educación, donde la capacidad de definir y solucionar problemas cotidianos de la población, y por tanto, su impacto en la construcción de la arquitectura social, ideológica, económica, política y cultural de las sociedades contemporáneas, se fundamenta en la combinación de sus aspectos como espectáculo narrativo y científico-tecnológico.

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En este trabajo se hace referencia a la posible consideración de las sociedades cooperativas como sociedades mercantiles, cumpliéndose determinadas circunstancias, y ello sin pérdida de sus características específicas en cuanto a la toma de decisiones, el reparto de beneficios y la búsqueda de la satisfacción de fines de interés general. Asimismo, se analizan las consecuencias de aumentar el porcentaje de operaciones realizadas con terceros no socios, respecto del total de operaciones realizadas por la sociedad cooperativa, y su incidencia en la cuantía de los fondos de la cooperativa y en la retribución del socio cooperativista. Se realiza en este punto una comparación con las sociedades capitalistas convencionales (S.A., S.L.). Finalmente, se propone una reforma legislativa al objeto de permitir aumentar el porcentaje de realización de operaciones cooperativizadas con terceros no socios, y ello sin pérdida de su tratamiento fiscal favorable. PALABRAS CLAVE: Cooperativas, mercantilidad, mutualismo, operaciones con terceros, régimen fiscal, reformas legislativas. CLAVES ECONLIT: P130, Q130, L310

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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En esta nota se construyen series homogeneizadas de financiación a competencias homogéneas para las comunidades autónomas de régimen común durante el período 2002-09, así como series complementarias de financiación por caja y financiación destinada a competencias singulares y se recopilan otros agregados de interés que pueden servir para relativizar la financiación autonómica, incluyendo la población ajustada regional. Estas series se utilizan en la segunda parte del trabajo para ilustrar algunos rasgos de interés de la evolución de la financiación agregada regional y de la posición relativa de las distintas comunidades en términos de financiación por unidad de necesidad.

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El presente artículo persigue dar cuenta del proceso político venezolano de la última década, donde registramos no sólo un deterioro pronunciado de los partidos políticos sino fundamentalmente de entramado democrático, y el establecimiento de un sistema político populista profundamente proclive a estructurase sobre el papel protagónico del componente militar, con rasgos o elementos democráticos, autoritarios e incluso totalitarios donde justamente quedan alterados parámetros básicos de la democracia como la división de los poderes públicos, la supremacía de la Constitución o el necesario establecimientos de pesos y contrapesos frente al presidencialismo desmedido que muestra Venezuela en la última década. La premisa que guía nuestra investigación es que registramos un deterioro del sistema democrático, la precariedad justamente del Estado de derecho y de la institucionalidad democrática (procesos, procedimientos y otros) explica un ejercicio de gobierno distorsionado y la permanencia de Chávez en el poder bajo un régimen menos representativo, más participativo, mesiánico, militarista y personalista.

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El pasado mes de julio el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hizo pública la liquidación del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común correspondiente a 2010, que marca la madurez del nuevo modelo acordado en 2009. En el presente trabajo se describe la distribución de recursos que se fija en este documento, se analizan las fuentes próximas de los cambios observados en la financiación de las distintas comunidades autónomas entre 2009 y 2010 y se realiza una valoración de los efectos de la reciente reforma sobre la equidad del reparto territorial de los recursos del sistema.

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La etnografía de la comunidad mixe de Salto de la Tuxpana y del grave conflicto que se produjo entre 2005 y 2007 es el punto de partida del presente artículo. La investigación realizada arrojó como resultado más destacado el descubrimiento de un violento cacicazgo, legitimado ideológicamente en la autonomía comunitaria, la identidad étnica y el reclamo de una jurisdicción propia, y asentado firmemente sobre tres mecanismos de control social: protección a través de la Policía Comunitaria Armada, acceso a la tierra y acceso a los programas de «desarrollo». El caciquismo se define como el régimen político personalista, basado en estructuras clientelares, que monopoliza y controla recursos y votos. También se propone la hipótesis de que la mayor parte de la violencia desplegada por los caciques es el resultado del proceso de reproducción social del mismo sistema político, cuando se genera una faccionalización simétrica de la comunidad, después de un periodo de estabilidad complementaria.

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En el presente trabajo se avanzan una serie de recomendaciones para la reforma del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común. La primera de ellas tiene que ver con la estructura del sistema y con el reparto de recursos entre regiones. El resto se centran en resolver el déficit de autonomía de ingreso y de responsabilidad fiscal que todavía caracteriza al sistema.

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En este trabajoo se construyen series homogeneizadas de financiación a competencias homogéneas para las comunidades autónomas de régimen común durante el período 2002-10, así como series complementarias de financiación por caja y financiación destinada a competencias singulares. También se recopilan otros agregados de interés que pueden servir para relativizar la financiación autonómica, incluyendo la población ajustada regional y las entregas a cuenta del año en curso. Estas series se utilizan en la segunda parte del trabajo para ilustrar algunos rasgos de interés de la evolución de la financiación agregada regional y de la posición relativa de las distintas comunidades en términos de financiación por unidad de necesidad.

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En los inicios del siglo XXI, se presentan nuevas exigencias de cambio en la educación. Hombres y mujeres mayores de 55 años anhelan ampliar sus conocimientos para participar de forma más activa y completa en el cambiante mundo que estamos viviendo, y quieren relacionarse más activamente con el medio donde viven sus años de madurez. Nunca un movimiento educativo de esas características ha pasado tan desapercibido para tantos pedagogos. La educación permanente supone una ruptura con el pasado y una opción para el futuro y se plantea como “el sistema de los sistemas educativos” con importantes repercusiones para la educación. Preocuparse por la participación de las personas mayores es una cuestión central en la agenda gerontológica actual.

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El artículo pasa sucintamente revista a las principales teorías sobre la naturaleza dela mente, desde la Antigüedad clásica hasta nuestros días, y toma partido por una concepción monista materialista que, sin embargo, preserva la especificidad de la mente (el yo) como nudo relaciona1 y centro irreductible de perspectiva que, precisamente por eso, no puede nunca adquirir una visión objetiva de sí mismo como puro sujeto.

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En el presente trabajo se analizan diferentes mecanismos de simplificación contable y tributaria del ordenamiento tributario italiano. En particular, se estudian regímenes como: el régimen de contabilidad simplificado, supersimplificado, forfetario, de actividades marginales u otros. También se estudia el sistema objetivo de determinación de la base imponible denominado "estudio de sectores".