2 resultados para REFORMA EN SALUD

em Cor-Ciencia - Acuerdo de Bibliotecas Universitarias de Córdoba (ABUC), Argentina


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Los recursos humanos en salud en Argentina y en Córdoba se analizan desde la composición de los equipos de salud, integrados por profesionales de salud (enfermeros, médicos, bioquímicos, odontólogos, veterinarios, entre otros), donde la temática de la bioseguridad en muchos, se contempla desde la propia curricula. Pero, en las instituciones de salud existen otros recursos humanos que desarrollan actividades que conllevan prácticas bioseguras y son los agentes de limpieza. En la legislación vigente (Convenio Colectivo de Trabajo 122/75, entre Ministerio de Trabajo de la Nación y la Federación de Trabajadores de la Sanidad Argentina), a este recurso se lo categoriza como mucamas y deben cumplir funciones, tareas múltiples y variadas, determinadas por la organización de las instituciones donde se desempeñan teniendo en cuenta la complejidad de los servicios y la división del trabajo que se establezca. Las mucamas o personal auxiliar de limpieza: Realizan aseo de habitaciones, baños de pacientes, áreas donde se realicen actividades de atención al paciente y zonas de circulación de la institución. Controlar, mantener, utilizar con economía y solicitar la provisión necesaria de artículos de limpieza. Conocer y aplicar las normas de bioseguridad. Distribuir los alimentos y luego recoger la vajilla utilizada. Distribuir la ropa limpia y recoger la ropa sucia. Retirar residuos de los servicios, entre otras actividades. Si bien no existe un relevamiento del sector en este tipo de recursos, datos obtenidos de investigaciones previas, realizado por la Asociación que nuclea a estos trabajadores, se comprueba la escasez de recursos humanos en algunas instituciones, falta de capacitación y el empleo informal, contratos individuales y contratos de servicios de terceros. En la temática abordada, en particular en lo que atañe a la reducción de los riesgos, medidas higiénicas, trabajadores sin formación específica, trabajadores eventuales a los que no se informa sistemáticamente de los riesgos, no existen planes de emergencia frente a exposiciones a agentes biológicos, no se han elaborado protocolos de actuación frente a determinadas tareas de riesgo, equipos de trabajo deficientes en materia de seguridad (no se sustituyen por otros que entrañen menor riesgo), equipos de protección individual no siempre adecuados, a veces insuficientes y en ocasiones, no utilizados convenientemente; en algunos casos no se han establecido normas para la recogida, manipulación y transporte de contaminantes biológicos, y se podría enumerar otras deficiencias. El personal de limpieza, cuando carece de capacitación para la realización de sus actividades, se convierte en un grupo de trabajadores vulnerables y postergados, especialmente frente al avance de la ciencia. La mayor parte de este grupo desconoce las reglamentaciones relacionadas con el manejo de los residuos hospitalarios y otros elementos infecciosos, como por ejemplo, ropa de cama y equipos utilizados con pacientes. Al manejar líquidos orgánicos como orina, sangre, secreciones y desechos peligrosos están en riesgo de padecer enfermedades en su propia salud y la de su familia, además de los pacientes y otros integrantes del equipo. El adquirir el conocimiento necesario mejorara su calidad de vida, a través de procedimientos adecuados de limpieza y desinfección. En concordancia con lo enumerado anteriormente es inquietud de algunas instituciones de salud y del gremio local (asociación de trabajadores de la sanidad) que agrupa a estos trabajadores, que los mismos se desempeñen correctamente para evitar riesgos en su salud. Es por ello que se propone actualizar y capacitar estos recursos humanos con una formación integral, con un enfoque en la aplicación de prácticas bioseguras, resolución de problemas y aptitud para el trabajo en equipo. De esta manera se resguarda el equilibrio de la salud de los propios trabajadores, el equipo de salud y la comunidad.

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El problema que enfrenta la institucionalidad estatal argentina es que existe un serio déficit de información no solamente en el momento de evaluar un resultado, sino ya al momento de diseñar la política. Las estadísticas oficiales de hechos vitales, salud y educación son difundidas en el mejor de los casos con un año de atraso. La información de indicadores de salud por su nivel de desagregación no permite conocer las realidades locales. Es posible constatar la falta de información sobre las medidas tomadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Estado en lo relativo a políticas y programas de salud mental. Del mismo modo que los organismos internacionales determinan los deficits de los sistemas de atención a la salud mental a través de las brechas de tratamiento y aun cuando no se dispone de estimaciones precisas se habla de brechas de información, que expresarían la distancia entre la información necesaria y la efectivamente disponible (OPS, 2009). Desde el mes de diciembre de 2007 se conforma la Mesa de Trabajo Permanente en Salud Mental y Derechos Humanos, con el objeto de instalar en agenda la necesidad de contar con una legislación que brinde el marco normativo para la transformación del sector. En los meses de octubre y noviembre de 2010 se aprobaron sendas leyes de salud mental en la Provincia de Córdoba y a nivel nacional. Ambas proponen la transformación progresiva en los sistemas de atención a los problemas de salud mental de la población. Desde la Mesa de Trabajo Permanente en Salud Mental y Derechos Humanos se afirma que la legislación es un marco necesario pero no suficiente, en tanto se constata que las princiales violaciones a los derechos humanos se producen en situaciones concretas. El presente proyecto nace de la necesidad de contar con un sistema de información que permita conocer la transformación de los servicios de salud mental en la provincia de Córdoba a partir de la sanción de la ley 9848 de Salud Mental en el mes de octubre de 2010. Una vez logrado este objetivo legislativo, se pretende monitorear la gestión con la formulación de los siguientes interrogantes: ¿a través de qué indicadores medir, evaluar y monitorear si la producción de los servicios de salud mental se lleva adelante desde la perspectiva del enfoque de derechos sancionada en el marco normativo vigente?; ¿cuáles son los indicadores que desde dicha perspectiva los organismos estatales de producción de servicios deben elaborar para el compromiso de acción y la rendición de cuentas frente a la ciudadanía? ¿cuáles son los indicadores que la ciudadanía debe reclamar a los fines de monitorear el cumplimiento de dichos compromisos? La puesta en marcha del Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos permitirá analizar las políticas y programas de salud mental desde la perspectiva de los derechos humanos y avanzar en el monitoreo de la producción de los servicios de salud mental. Objetivo General: analizar y hacer visible el cumplimiento de los objetivos sancionados en la ley 9848 de Salud Mental a través de la observación, el monitoreo y la incidencia en las políticas de salud mental de la provincia de Córdoba. Metodología: la construcción de indicadores de derechos humanos para la salud mental. El Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos pretende dar cuenta de las transformaciones que van a ocurrir a partir de la sanción de la ley 9848. Los resultados esperados están ligados a la producción y difusión de información sistematizada sobre las transformaciones en salud mental, a la vigilancia y el análisis del efecto/impacto de las políticas e incidir en las decisiones. El Observatorio pretende reconocer e integrar la información disponible y proponer indicadores que den cuenta de la situación inicial al momento de la implementación de los marcos normativos y permitir el monitoreo de las transformaciones emergentes.