22 resultados para Poder (Derecho canónico)

em Cor-Ciencia - Acuerdo de Bibliotecas Universitarias de Córdoba (ABUC), Argentina


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Desde el Derecho Romano, y aún hasta hoy, se ha debatido acerca de la persona por nacer, un tema que es todavía (y más que nunca) materia de discusión inclusive a nivel legislativo. ¿El nasciturus es persona? Creemos que aquí está el meollo del tema, porque si no lo fuese, obviamente no podríamos pretender que tenga "derechos" ya que conformaría solamente parte de la entraña materna y la mujer embarazada tendría la posibilidad de decidir sobre su continuidad o no. En el caso inverso sucedería todo lo contrario, coexistirían dentro de un mismo cuerpo (el materno) dos seres humanos distintos, cada uno con sus derechos, supuesto en el cual el legislador deberá decidir si alguno priva sobre el otro. Conocemos que el tema tiene múltiples aristas y no es nuestra intención incursionar en todas ellas, ocupándonos de cuestiones médicas o bioéticas que nos son ajenas, nuestro objetivo es bastante más modesto, pero a la vez planeamos hacerlo profundo, específicamente en el ámbito jurídico. Para ello habremos de desentrañar cuál fue la solución consagrada por el Derecho Romano, fundamentalmente en el Corpus Iuris, porque existen muchos civilistas que a nuestro criterio tienen un concepto errado sobre ese tema. Avanzaremos luego en el estudio de los derechos de la época intermedia fundamentalmente las leyes españolas, y también en lo que al respecto consagra tanto el Derecho Canónico como los sistemas jurídicos vigentes en el Derecho Comparado, particularmente en América Latina. Paralelamente se evaluará el problema desde la óptica de la Bioética y la Filosofía. Con este bagaje acumulado estaremos en condiciones de analizar cuál es la realidad jurídica Argentina, cuáles leyes están vigentes, cuáles son los proyectos pendientes de tratamiento legislativo y finalmente formular sugerencias acerca de las características de la norma, o normas, cuya sanción propugnamos. O eventualmente desaconsejar la sanción de una ley al respecto.

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Si bien la temática de los Derechos Humanos, de su necesario respeto e instrumentos de tutela existentes constituye un área de estudio cada vez más desarrollada, y que posee autonomía científica respeto al Derecho Internacional y a los derechos internos o nacionales, también es cierto que la mayor visibilidad y conciencia de éstos trae aparejada una diversidad y multiplicidad de manifestaciones y conculcaciones, tanto en derechos de primera, segunda y tercera generación, que exige una actualización constante. En avance de las tecnologías y de la globalización, si bien contribuyen a poder monitorear el respeto de los Derecho Humanos en distintas y en ocasiones remotas partes del mundo, también posibilita nuevas vulneraciones (derecho a la intimidad, derecho al medioambiente, derecho al debido proceso, sólo por citar algunos variados ejemplos). Un reflejo de lo expresado lo constituye la evolución de la jurisprudencia en los últimos años en la materia, tanto internacional como de cada una de las jurisdicciones nacionales. Paralelamente, cada vez con mayor intensidad se han multiplicado los regímenes especiales que regulan la actividad de los Estados en determinadas áreas de sus relaciones internacionales, y tratan directa o indirectamente aspectos vinculados a los Derechos Humanos (integración regional, medioambiente e incluso comercio e inversiones por citar algunas de estas áreas). Asimismo, la vulneración de los Derechos Humanos ha adquirido en la actualidad diversas manifestaciones en distintos sectores o materias específicas y en casos concretos que merecen ser analizados (uso de la fuerza armada, seguridad nacional, medioambiente, integración regional, también a modo ejemplificativo). En este contexto, el proyecto pretende abordar la temática de los Derechos Humanos desde una perspectiva actual y diferente, pues hace eje en tratar, mediante la elaboración de una obra colectiva elaborada por reconocidos especialistas nacionales y extranjeros, aspectos vinculados a la evolución actual de los Derechos Humanos (últimos 5 años), tanto las nuevas manifestaciones (expresiones, desarrollos), como las novedosas violaciones (vulneraciones concretas) y respuestas frente a las mismas (regulaciones, decisiones judiciales, organismos, tribunales).

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La relación del Gobierno de Kirchner con el poder Legislativo implicó un proceso de concentración del poder en manos del Ejecutivo, no obstante lo cual, a poco de iniciado el mandato de Cristina Fernández, la relación con el Congreso queda en el medio de una crisis que llegó a poner en duda la propia continuidad de la presidenta. Este proyecto pretende examinar las características de este proceso delegativo en sus diferentes dimensiones, con el fin de entender el origen de esta crisis y especificar sus alcances. En este marco, la dinámica de la relación entre el Congreso y el Ejecutivo pareciera corresponder a lo que especifica la Teoría del Cártel tal como ha sido reformulada por Jones y Hwang. Esta perspectiva, no obstante, se centra exclusivamente en los aspectos distributivos de la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo, obviando la dimensión electoral y la ideológicodiscursiva. Dadas las características del Gobierno de Kirchner, en este proyecto abordaremos el estudio de aquella relación desde una perspectiva multidimensional, tomando en cuenta no sólo los aspectos distributivos, sino también los electorales y los discursivos. La pregunta que guía nuestro trabajo es por qué las estrategias de acumulación desplegadas simultáneamente en las tres dimensiones, no lograron (o sólo lo hicieron parcialmente) desactivar el carácter condicional de la delegación de los jefes políticos provinciales al liderzgo presidencial. Nuestra hipótesis general es que, aún cuando el Gobierno consiguió reforzar sustancialmente su posición en la dimensión distributiva a partir de la prolongación de la situación de emergencia, tuvo un éxito parcial en las dimensiones electoral e ideológico-discursiva. Sin compromiso ideológico articulado en un discurso común, y sin una conexión electoral que vincule los intereses electorales a nivel provincial con los del nivel nacional, la estrategia distributiva sólo puede contener parcialmente la defección de buena parte del oficialismo en el Congreso frente a una crisis de grandes proporciones.

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Desde el año 2001, uno de los casos más controvertidos de suspensión del derecho ha sido seguramente el que se observa en la prisión que los Estados Unidos han establecido en su base militar de Guantánamo. A pesar de las múltiples presiones y promesas de cerrar esta prisión, el gobierno norteamericano mantiene aún en ella a sujetos sospechados de terrorismo internacional. Si bien la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos se ha pronunciado en diversas ocasiones alrededor de los derechos de los presos de Guantánamo, lamentablemente no se han logrado avances significativos hacia un mayor respeto de los derechos humanos de sus detenidos. Las previsibles violaciones del Derecho Internacional originadas a partir de la existencia de la prisión militar de Guantánamo y del tratamiento dispensado a las personas allí detenidas, especialmente las disposiciones vinculadas a la protección internacional de los Derechos Humanos, a la vigencia del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Penal Internacional, convierten al objeto de la presente investigación en una necesidad requerida a la comunidad universitaria. Pretendiendo dar respuesta a esta demanda, la Universidad Católica de Córdoba (Córdoba, Argentina) y la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá, Colombia), en estrecha colaboración con Europa-Universität Viadrina (Frankfurt/Oder, Alemania), a través de sus respectivas Facultades de Derecho y de Ciencias Jurídicas, han decidido conducir en forma conjunta el presente proyecto académico, fundado en la publicación de artículos científicos escritos por selectos especialistas en las diversas áreas comprendidas en esta problemática. El proyecto tiene por objeto poner al alcance de la comunidad hispano parlante un trabajo de referencia en la materia y contribuir en la toma de conciencia sobre la importancia del respeto de las disposiciones del orden jurídico internacional.

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Se examinará con un criterio sistemático e integrativo la regulación de la prescripción liberatoria en el derecho privado argentino, tanto a nivel legal como jurisprudencial, tanto en los códigos generales como en las leyes especiales, con el objeto de verificar si el sistema es simple o complejo, genera seguridad jurídica o se muestra desordenado e inseguro, es compatible con parámetros de justicia o conduce a resultados axiológicamente inaceptables, considera debidamente la situación de los débiles jurídicos o no los tiene en cuenta y da lugar a espacios de desprotección. Se realizará este estudio considerando los diferentes aspectos técnicos implicados (plazos, cómputo de plazos, interrupción, suspensión, requisitos, etc.), trazando un panorama general del sistema. Si del estudio realizado surge la imperfección o deficiencia del sistema, por resultar demasiado complejo, inseguro, injusto o insuficientemente tuitivo de los débiles jurídicos, se propondrán los criterios adecuados para maximizar su simplicidad, la satisfacción de la seguridad jurídica y la justicia y la adecuada tutela de los débiles, proyectando en caso de considerarse pertinente las reformas legales respectivas, con su respectiva fundamentación general y en particular.

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Uno de los efectos más deletéreos del actual proceso de globalización de los capitales es el conflicto que surge, para poblaciones migrantes, de la necesidad de asimilarse a sociedades ajenas. Este es el escenario donde los derechos de los extranjeros, de los extraños, están en permanente riesgo de violación. Además de la dominante tendencia de las migraciones, con dirección sur-norte, aumentan los desplazamientos entre países “del sur”. Las asimetrías en el desarrollo sumadas a las crecientes restricciones para el ingreso a los países centrales, hacen prever que en las próximas décadas algunos países de América Latina –con Argentina como polo regional de importancia- seguirán consolidándose como destino para los extranjeros tanto regionales como extraregionales. Este trabajo se ocupa de la necesidad de identificar los prejuicios y desconocimientos que sostienen las actitudes discriminatorias y las justifican de manera espuria, en el particular ámbito de la escuela. La escuela, como microcosmos donde se reproducen las prácticas de la sociedad en su conjunto, es un espacio fértil para la transmisión de las actitudes prejuiciosas y excluyentes de lo diferente. Los docentes de nivel primario se encuentran en una posición en la que pueden contribuir a atenuar así como a exacerbar la discriminación. Esto sucede tanto por su función simbólica “ejemplar” como por su rol de mediador de las relaciones entre alumnos. Además, los prejuicios de los docentes sobre las diferentes potencialidades de los alumnos -ligadas a rasgos étnicos o raciales- tienen altas posibilida- des de incidir en su rendimiento efectivo (efecto Pigmalión). Cuando es considerada en el aula, debe destacarse que la discriminación reconoce un doble efecto: directo e indirecto. El primero, al tratar de manera diferencial a los alumnos sobre la base de representaciones prejuiciosas (rasgos físicos, origen nacional o étnico, religión o extracción social), a veces de manera explícita, pero con mucha más frecuencia implícitamente se afecta el derecho a la igualdad. El efecto indirecto es la reproducción del prejuicio entre los alumnos, la posición simbólica –de poder- que el docente ocupa, dota de autoridad no solo a sus expresiones, sino también a sus actitudes. Desde esa posición no solo se enseña a través de las palabras, los prejuicios se transmiten con actos, gestos, silencios, no necesariamente conscientes para quien los protagoniza, pero indudablemente legibles y efectivos.

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Se trabajará sobre la redacción de normas procesales que permitan vehiculizar la aplicación de la ley nacional 24.240 de defensa del consumidor en la provincia de Córdoba. Se pretende investigar sobre el estado de la ciencia del derecho en la materia, realizar análisis teóricos y prácticos, buscar legislación comparada sobre la materia y, sobre esa base, confeccionar un proyecto de ley con su respectiva exposición de motivos. Los objetivos se centran en el desarrollo de normas procesales que vengan a paliar una situación de hecho en la cual la ausencia de una regulación procedimental adecuada conspira contra la efectividad y vigencia del sistema tutelar de los derechos de consumidores.

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El tema del sepulcro es algo que preocupa al hombre desde el inicio mismo de la Historia, no en vano dos de las siete maravillas del mundo antiguo son sepulturas, las pirámides y la tumba de Mausolo. Es algo sobre cuyo régimen no se ha escrito demasiado, quizás porque resulta incómodo; el hombre se encuentra enfrentado a su propia finitud, lo que a veces perturba. Sin embargo, es riquísimo como veta de investigación. Conocer acerca del régimen de los sepulcros nos enseña mucho, no solamente acerca de la formativa al respecto, sino también sobre las costumbres sociales. El culto privado (los dioses manes, o sean los antepasados), el régimen de las cosas (por definición fuera del patrimonio, también del comercio), las costumbres acerca de la manera en que se disponía de los restos fúnebres (enterramiento o incineración), nos pueden decir mucho acerca de un pueblo. Para estudiar la cuestión (que abordaremos partiendo del Derecho romano, y desechando, no por falta de valor, el precedente anterior) es, entonces, necesario abordarla desde un buen número de vertientes diferentes. En primer lugar, el culto privado y las creencias religiosas (curiosamente, si se las analiza a fondo, hallaremos que la religión cristiana y lo que ella enseña no es original, sino un desarrollo natural del pensamiento romano). Para continuar, debemos ir a la vertiente social, los usos y costumbres vigentes en Roma, la contraposición entre “enterradores” e “incineradotes”, que entran en un conflicto recién zanjado por Justiniano cuando dispone que “enterrar es más piadoso”. No olvidemos la vinculación con los derechos reales, los sepulcros son res “extra patrimonium”, y también fuera del comercio (aunque esta clasificación no se haya explicitado jamás en Derecho Romano). Sin embargo, y aunque no se pueda hablar de “dominium” en relación a los mismos, hay sí un derecho específico, el “ius sepulcrum”, que confiere implícitamente una servidumbre, el “iter ad sepulcrum”. La violación de sepulturas era cuestión que daba acción para perseguir al violador, la que correspondía al sepulcro violado, el hecho de ser violador de sepulturas, conforme la regulación justinianea constituía causal de divorcio. En fin, el tema es materia de regulación por parte del derecho público, dado que el enterramiento dentro de los límites del “poemerium” estaba prohibido. ¿Ecología incipiente, como han dicho algunos? ¿Superstición? Recordemos que no era siquiera lícito pronunciar la palabra “muerte”. Cicerón, cuando refiere al pueblo que los cómplices de Catilina fueron ejecutados, se cuida mucho de emplear ese vocablo, simplemente se limita a proclamar “ya han vivido”. ¿O quizás un motivo meramente económico, que buscaba evitar que los fundos urbanos saliesen del comercio? Luego debemos por fuerza analizar las Leyes de Partidas, para ver cómo se transfunde esto en el derecho español, base del nuestro. Para culminar con la legislación argentina actual. Los cementerios, ¿son públicos o privados? Hoy no hay duda, existen de ambas naturalezas pero, entonces, ¿cuál es el régimen jurídico? ¿Están dentro del patrimonio? ¿Son un activo más, apto para figurar en un balance? ¿No lo son? Existe un régimen especial para los cementerios privados. Más aún, ¿debería haberlo? En su caso, ¿cuál? ¿De qué interés jurídicamente protegido estaríamos hablando? ¿De propiedad privada, de creencias religiosas, y la forma de resguardarlas? En definitiva, ¿qué es un cadáver, jurídicamente hablando? ¿A quién pertenece? Al hombre que fuera en vida, indudablemente no. ¿A sus sucesores? En su caso, ¿porqué? Tal el tema a investigar.

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Las investigaciones de historia política abarcan un campo que la sociedad visualiza como una totalidad provista de sentido y en la cual, en conflictivo proceso de elaboración de normativas de lo participable y compartible, adquiere una forma de vida de la que todos sus miembros toman parte (grupos, individuos, de arriba, de abajo, hombres y mujeres, etc.) En esa construcción continua está la génesis de los problemas contemporáneos, y en el diálogo permanente entre pasado y presente se hacen inteligibles las sociedades. De allí que, acusiados por nuestro presente, proponemos seguir el hilo de las experiencias, tanteos, controversias y conflictos a través de los cuales la sociedad buscó encontrar su forma legítima. Lo hacemos abordando distintos sub-temas del período, para conocer el modo en que los individuos y los grupos, elaborando su comprensión de las situaciones, rechazaron, adhirieron y formularon sus objetivos a partir de los cuales se propusieron estrategias y organizaron sus acciones. Uno de nuestros más ambiciosos objetivos es conformar un equipo integrado con recursos humanos nuevos y en formación participando en una investigación destinada a rescatar el pasado histórico provincial reciente, cuya realidad se impone conocer dado el papel preponderante desempeñado por Córdoba como condicionante del acaecer nacional.

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Se examinará con un criterio sistemático e integrativo el sistema vigente del derecho civil argentino, con la finalidad de establecer cuál es la situación de los débiles en esta rama del derecho, a fin de determinar si gozan o no gozan de una protección adecuada. Se individualizará las normas o grupo de normas, instituciones o teorías legales, doctrinarias o jurisprudenciales que dispensan algún tipo de protección a los débiles, y las normas o grupo de normas, instituciones o teorías legales, doctrinarias o jurisprudenciales que no consideran la situación del débil jurídico, o lo hacen deficientemente, o lo dejan desprotegido. Si del estudio realizado surge la imperfección o deficiencia del sistema, la necesidad de modificar normas o introducir nuevas figuras o instituciones, se estudiará la manera más adecuada de hacerlo, proyectando las reformas legales respectivas, con su respectiva fundamentación en general y en particular

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El presente proyecto se encuadra dentro de una línea de investigación orientada hacia el análisis empírico (es decir no normativo) de la legalidad y moralidad de diversas prácticas sociales (aborto, eutanasia, suicidio, pena de muerte) que son objeto de debates sociales como de políticas públicas más o menos explícitas. Desde un punto de vista teórico se intenta profundizar el estudio del significado social de la muerte y del derecho individual a interrumpirla por razones personales e individuales. Nuestro problema de investigación se centra en el análisis de las propuestas que detenta la población en relación a la eutanasia y al suicidio tanto con fines descriptivos como explicativos. (...) De acuerdo a la literatura consultada y a nuestros hallazgos en análisis previos hipotetizamos que la mayor parte de la población tomaría una posición contraria al derecho individual a disponer de la vida propia por fines personales y privados. Asimismo, hipotetizamos que los factores estructurales (educación, nivel socioeconómico, sexo y edad) tienen menor poder explicativo o al menos una influencia más inestable, que factores culturales como la religiosidad para explicar las variaciones actitudinales y de opinión en relación a los fenómenos estudiados. El objetivo general que se pretende alcanzar en el período por el que se solicita el subsidio consiste en describir y explicar las tendencias de opinión hacia la interrupción voluntaria de la vida en la población de Córdoba. Objetivos específicos: * Describir uniformidades de opinión y la existencia de comunidades morales en torno al debate sobre el derecho individual para interrumpir la vida propia por motivos o intereses personales y privados. * Detectar asociaciones entre las posiciones que los individuos detentan frente a la eutanasia y al suicidio con la que poseen frente a otros dos fenómenos referidos a la interrupción voluntaria de la vida: la pena de muerte (con fines públicos y punitivos) y el aborto (en el que se interrumpe el nacimiento). * Analizar las asociaciones entre las posiciones de los individuos frente a la eutanasia y el suicidio y variables sociodemográficas y culturales. * Explicar las variaciones de opinión de esos fenómenos por variables estructurales y culturales.

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La investigación planteada intenta trazar un horizonte de la evolución histórica de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad nacional de Córdoba a través de la historia misma de sus Cátedras. Desde el inicio de la primera Cátedra de Instituta, que en las horas vespertinas del 22 de agosto de 1971, significó de la mano de su primer profesor, Victorino Rodríguez y su pasante Dámaso Xixena, el nacimiento de los estudios jurídicos en la Universidad de Córdoba, las cátedras constituyeron los núcleos fundamentales, el ámbito preciso, la geografía natural, donde creció y se fortificó la ciencia del Derecho. (...) La historia de la Facultad se alimenta a través de la historia de sus cátedras, una compleja armonía que no siempre pacífica que fundó la estructura intelectual de nuestra Casa. El trabajo pretende analizar la evolución histórica de la enseñanza del Derecho, en el ámbito de la Facultad de Derecho, partiendo del análisis de la labor cumplida en cada disciplina y su decisiva influencia en el Derecho Nacional. Se analizarán los sucesivos cambios de programa, la reinserción de las asignaturas en los distintos planes que se fueron sucediendo en la carrera de Abogacía y las nuevas corrientes de pensamiento que inspiraron el dictado de la materia. Se analizará las bibliografías utilizadas en cada una de las asignaturas para su estudio y aprendizaje y las modalidades impuestas en los trabajos prácticos y las investigaciones que se llevaron a cabo en el espacio de cada una de las cátedras. También se estudiará la vida y las obras de cada unos de los catedráticos que tuvieron a su cargo la enseñanza del Derecho en el cultivo de sus ramas. Una de las razones principales que nos llevaron a abordar este proyecto de investigación, es la ausencia de una investigación sistemática sobre el origen, desarrollo y evolución de los estudios históricos sobre la enseñanza del Derecho en la Universidad Nacional de Córdoba. (...) El objetivo general de la investigación que nos proponemos llevar a cabo está constituido por el propósito de realizar la Historia de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba a partir de la historia misma de sus cátedras de enseñanza del Derecho. El objetivo específico apunta a un estudio más puntual sobre la evolución histórica del Derecho en el ámbito señalado, en cada una de las ramas de su cultivo, analizando la labor cumplida por los profesores, su producción bibliográfica y su actividad docente, el impacto y evolución de las nuevas corrientes de pensamiento, sus transformaciones, sus consecuencias en la doctrina, legislación, estilo judicial, etc.

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En la historiografía argentina el estudio del elemento étnico tiene un peso preponderante a partir de la década del sesenta. En esta oportunidad, realizamos una propuesta más abarcativa que nos permite rever el fenómeno migratorio en un nuevo contexto matizado por las relaciones de poder y de mercado y por la interacción de una sociedad multiétnica en la que se tendrá en cuenta la contribución significativa del nativo. Subtema I: Migración Italiana a Córdoba al filo de los dos siglos. * Demostrar la contribución de los italianos al proceso de transformación económica operado en el período de estudio en el ámbito provincial, mediante el desarrollo de las actividades comerciales e industriales. Subtema II: Argentinos por opción. * Se intentara conocer (generación del 80), en primer lugar, las políticas llevadas a cabo por el Estado para la integración del migrante. En segundo lugar, los porcentajes y motivaciones que tuvieron los inmigrantes de las diferentes colectividades para adoptar la nacionalidad argentina. Subtema III: El municipio Cordobés como entidad receptora del migrante. * Establecer cómo y en qué medida el municipio, en tanto ámbito de contención que favorece la creación de vínculos sociales, económicos y políticos, dificultó o facilitó la inserción del migrante. Determinar el tipo de estrategias que se pusieron en juego para formar redes de interrelación significativas que coadyuvaran para insertarse en la alteridad que se les imponía desde el nuevo contexto socio-geográfico.

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El presente estudio pretende arribar a la construcción de un modelo explicativo del comportamiento político a partir de la contribución que los marcos sociales (norma sociales, normas de ciudadanía, ideología, confianza política) y sociocognitivos (inteligencia afectiva, interés político, eficacia política, conocimiento político, sentimiento de comunidad) mostraron, en términos de relaciones entre las variables, sobre el mismo. Nuestra atención se centra no sólo al comportamiento político de la ciudadanía -que es donde se desarrollaron la mayor parte de los estudios-, sino a las elites de poder constitutivas del sistema político (jueces, legisladores provinciales y representantes de instituciones del gobierno y de organismos no gubernamentales). Asimismo, pretende establecer las diferencias que puedan evidenciarse en torno a la relación de estas variables con el comportamiento político entre los distintos colectivos estudiados en el ámbito de la ciudad de Córdoba. Para ello se realizara una primera etapa de estudio instrumental, con el objeto de analizar las propiedades psicométricas de los instrumentos a utilizar en la operacionalización de las variables. Para ello se tomara una muestra accidental de 250 personas entre 18 y 65 años de edad. Posteriormente, se realizarán dos etapas de estudio ex post facto, con la finalidad de construir los modelos planteados. En la primera de ellas, se trabajará con una muestra accidental de 100 representantes de los grupos de poder estudiados y en la segunda con una muestra probabilística de 500 ciudadanos cordobeses entre 18 y 65 años de edad.

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Uno de los efectos más deletéreos del actual proceso de globalización de los capitales es el conflicto que surge, para poblaciones migrantes, de la necesidad de asimilarse a sociedades ajenas. Este es el escenario donde los derechos de los extranjeros, de los extraños, están en permanente riesgo de violación. Además de la dominante tendencia de las migraciones, con dirección sur-norte, aumentan los desplazamientos entre países "del sur". Las asimetrías en el desarrollo sumadas a las crecientes restricciones para el ingreso a los países centrales, hacen prever que en las próximas décadas algunos países de América Latina -con Argentina como polo regional de importancia- seguirán consolidándose como destino para los extranjeros tanto regionales como extraregionales. Este trabajo se ocupa de la necesidad de identificar los prejuicios y desconocimientos que sostienen las actitudes discriminatorias y las justifican de manera espuria, en el particular ámbito de la escuela. La escuela, como microcosmos donde se reproducen las prácticas de la sociedad en su conjunto, es un espacio fértil para la transmisión de las actitudes prejuiciosas y excluyentes de lo diferente. Los docentes de nivel primario se encuentran en una posición en la que pueden contribuir a atenuar o a exacerbar la discriminación. Esto sucede tanto por su función simbólica "ejemplar" como por su rol de mediador de las relaciones entre alumnos. Además, los prejuicios de los docentes sobre las diferentes potencialidades de los alumnos -ligadas a rasgos étnicos o raciales- tienen altas posibilidades de incidir en su rendimiento efectivo (efecto Pigmalión). Cuando es considerada en el aula, debe destacarse que la discriminación reconoce un doble efecto: directo e indirecto. El primero, al tratar de manera diferencial a los alumnos sobre la base de reperesentaciones prejuiciosas (rasgos físicos, origen nacional o étnico, religión o extracción social), a veces de manera explícita, pero con mucha más frecuencia implícitamente se afecta el derecho a la igualdad. El efecto indirecto es la reproducción del prejuicio entre los alumnos, la posición simbólica -de poder- que el docente ocupa, dota de autoridad no solo a sus expresiones, sino también a sus actitudes. Desde esa posición no solo se enseña a través de las palabras, los prejuicios se transmiten con actos, gestos, silencios, no necesariamente conscientes para quien los protagoniza, pero indudablemente legibles y efectivos.