7 resultados para Normas Jurídicas

em Cor-Ciencia - Acuerdo de Bibliotecas Universitarias de Córdoba (ABUC), Argentina


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Si bien la responsabilidad internacional de los Estados es una institución tradicional del Derecho Internacional, durante la última década ha sido objeto de gran desarrollo y evolución. En efecto, la adopción en 2001 del Proyecto de Responsabilidad Internacional por Hechos Ilícitos de los Estados de la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas y los graves acontecimientos sucedidos en la última década (principalmente como consecuencia de los atentados del 11 de septiembre 2001) han puesto a esta tradicional institución jurídica en el centro de atención de la comunidad internacional. Así, la realidad del nuevo contexto internacional plantea nuevos y graves desafíos, que fuerzan al límite la interpretación de las normas jurídicas que conforman el régimen general de responsabilidad internacional de los Estados. El interés por esta materia también se manifiesta por la rica labor que ha tenido la jurisprudencia internacional en los últimos años. Paralelamente, cada vez con mayor intensidad se han multiplicado los regímenes especiales de responsabilidad internacional, vale decir aquellas normas que en forma específica y con carácter prioritario regulan la responsabilidad de los Estados en determinadas áreas de sus relaciones internacionales (comercio internacional, inversiones, integración, medio ambiente, energía atómica, Derechos Humanos, etc.). Asimismo, la responsabilidad internacional del Estado ha adquirido en el contexto actual diversas manifestaciones en distintos sectores o materias específicas y en casos concretos que merecen ser analizados (uso de la fuerza armada, terrorismo, medioambiente, comercio internacional, inversiones, integración, Derechos Humanos, etc.). En este contexto, el proyecto pretende analizar la responsabilidad internacional de los Estados desde una amplia dimensión, abarcando desde sus fundamentos teóricos hasta los principales desafíos que le plantea el contexto internacional actual

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Al recordar que por federalismo se entiende la forma de Estado donde coexiste un poder central con poderes regionales es natural que exista en potencia un conflicto entre ambos tipos o polos de poder, aun en el caso que se hayan definido con precisión las funciones que corresponde a uno. El conflicto puede y suele volverse activo por una inequitativa distribución de los recursos públicos entre ambos niveles en relación a los bienes o servicios públicos prestados por cada uno. Pero esta no es la única mirada que debería tenerse en cuenta para medir el mal desempeño de un sistema federal de gobierno. Aquí nos hemos de ocupar más específicamente de dos distorsiones que tienen lugar dentro del federalismo fiscal argentino y que no son incompatibles. Una es la asimetría en la redistribución geográfica de los ingresos públicos. La otra deformación fiscal del federalismo proviene de la existencia de un sistema de previsión social muy interdependiente de la fiscalidad. Nuestra tesis es que la persistencia de estas distorsiones obedece a la existencia de corrupciones políticas. Por ello nos planteamos las siguientes hipótesis: 1.- La distorsión en el sistema federal argentino responde en parte a a) Una asimetría en la redistribución geográfica de los ingresos públicos recaudados centralmente, cuya desproporción es alta, injustificada y permanente y b) la interdependencia de los recursos gubernamentales destinados al gasto común con el sistema de recursos del sistema de la seguridad social. 2.- Ambas distorsiones son causadas por corrupciones políticas y no coadyuvan a cerrar la brecha en la distribución personal del ingreso en las regiones pobres y favorecidas ni a mejorar los haberes jubilatorios nacionales Estas hipótesis han sido planeadas en pos de alcanzar los objetivos generales de: analizar la deformación del federalismo argentino producida por distorsiones en la redistribución del ingreso público nacional e indagar sobre su relación con corrupciones políticas. Y, específicamente: a.- Determinar con información cuantitativa propia, la magnitud de la asimetría en la redistribución geográfica de la recaudación nacional, período 2000 – 2011; b.- describir la perturbación que ocasiona la interdependencia de los recursos gubernamentales con el sistema de previsión social, desde la década de 1940 a la actualidad y c.- ofrecer un modelo de corrupción política que ayude a comprender las distorsiones anteriores en el federalismo argentino. Esta es una investigación con diseño no experimental que, en términos de los objetivos específicos recién dados, ha de conjugar: La construcción de una serie histórica, para cada año del período 2000 – 2011, de la distribución regional de los flujos fiscales netos que opera el gobierno nacional cuyos detalles metodológicos han sido explicitados en trabajos previos del mismo equipo [Ej.: Ruarte Bazán, R. et al, (2009) Hacia una interpretación del federalismo argentino actual. Edición en CD. 42ª Jornadas Internacionales de Finanzas Públicas. FCE UNC. Córdoba. 16 p], con la recopilación de normas jurídicas y/o información relacionada, referidas a las transferencias monetarias del Sistema de Seguridad Social al Tesoro Nacional y viceversa y la indagación sobre modelos teóricos y datos existentes acerca de corrupción política y federalismo y su adecuación al caso argentino. Como se espera verificar nuestra tesis general y las hipótesis de trabajo mencionadas, el impacto puede ser muy importante ya que introduce y suma la dimensión geográfica o regional como determinante de la corrupción política y consecuentemente proporcionaría una plataforma de ataque a este vicio burocrático, siempre que exista la suficiente decisión política de los gobiernos y residentes perjudicados por su existencia. l

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El proyecto trata del problema de los entes pequeños y medianos en cuanto a la información contable que deben generar para usuarios externos. La estructura de las normas legales y contables existentes están elaboradas con exigencias adecuadas a las empresas de mayor tamaño, si bien se contempla vía dispensas( en nuestras normas contables) la simplificación de muchos aspectos, pensamos que esto es insuficiente y es necesario desarrollar en forma orgánica un sistema que contemple los requerimientos de los usuarios externos de la información contable, y las posibilidades y recursos para elaborarlos por parte de estos entes más pequeños. Esta tendencia se observa a nivel internacional y en nuestro país en los proyectos en curso de elaboración y discusión por parte de nuestros organismos profesionales en materia contable, si bien todavía no se ha llegado a soluciones satisfactorias se está transitando el camino que llevan a ellas. Pero el problema no son únicamente nuestras normas contables, también advertimos que en el Código de Comercio existen disposiciones (en materia contable) que crean dificultades en su cumplimiento en el caso de las empresas pequeñas.También es cierto que no se puede renunciar a que las informaciones contables para terceros no estén elaboradas con procedimientos técnicos adecuados y sólidos, ya que no debe olvidarse que las empresas deben rendir cuenta a la sociedad de su gestión en general(como consecuencia de la responsabilidad social de su accionar) y en particular a los usuarios de la información contable y lo hacen principalmente a través de esta. El objetivo de este trabajo es realizar una tarea exploratoria con respecto a: a) Requerimientos y necesidades de los usuarios de la información contable de los entes pequeños y medianos. b) Requerimientos legales en el Código de Comercio en general y Ley de Sociedades en particular en materia contable. c) Investigar a nivel internacional que se está haciendo con respecto a normas contables para entes pequeños y medianos. Finalmente elaborar bases que permitan construir un sistema de normas contables adecuados para este tipo de entes. La hipótesis de investigación es que las necesidades de información contable a terceros de las pequeñas y medianas empresas deben ser simplificadas pero con rigor técnico.

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Consideramos que existe una seria desarticulación y dispersión del sistema normativo que rige la relación laboral docente universitaria privada, principalmente por parte de los operadores jurídicos- empleadores y trabajadores docentes-. También percibimos que la reconstrucción que se hace para solucionar problemas prácticos en esta área del Derecho no exhibe respuestas satisfactorias a la especificidad de la relación laboral del docente universitario privado. En efecto, la docencia universitaria privada presenta nítidas diferencias jurídicas y fácticas con la docencia privada de los otros niveles (por lo cual aquélla no se halla regida por la ley 13.047 que rige a los docentes de los otros niveles). Pero también se diferencia con otras actividades laborales de distintas condiciones, influidas o no por el taylorismo-fordismo o toyotismo, y a la que la Ley de Contrato de Trabajo, que mayoritariamente se estima aplicable, no aprehende con precisión. También se diferencia en cuanto al régimen jurídico aplicable con la docencia universitaria estatal y quizás también en algunos elementos fácticos de la prestación laboral. Tales aspectos deficitarios pueden mejorar si se esclarece y reconstruye de modo integral el régimen jurídico laboral que los regula, según la legislación aplicable y las enseñanzas de la doctrina y la jurisprudencia al respecto. Procuraremos verificar cuáles son los principios y las normas que deberían regir la relación laboral docente universitaria privada argentina y su efectivo conocimiento y aplicación por parte de los inmediatos operadores jurídicos- empleadores y trabajadores docentes-. Si se detectan inadecuaciones normativas a la realidad que se trata y a la justicia social, lo que es altamente probable, se propiciará el dictado de normas de diferentes niveles de fuentes normativas para corregirlas.

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Aclarar en el plano conceptual la relación existente entre los principios jurídicos y las normas de contenido indeterminado y la jurisprudencia remite a dilucidar cómo se exhibe una práctica relevante en el Estado de Derecho cual es la vinculación entre la actividad legislativa y la actividad judicial. La función legislativa identifica delegaciones a la función judicial lo que conjeturamos con potencialidad para provocar inestabilidad en el esquema de regulación de las conductas en un segmento de la realidad dado, pues siempre será necesaria una nueva decisión institucional para cancelar el conflicto. Hemos elegido el derecho laboral. Lo precedente, en una perspectiva, mina una de las notas del Derecho del Trabajo: la auto-composición del conflicto. Sin embargo, la delegación legislativa hace posible, de otro costado, la asignación temática de regulaciones de conducta que colabora en determinar relaciones caracterizadas por la disparidad negocial y por los cambios tecnológicos y de las creencias. Entonces, el rol asignado a la autoridad legislativa y judicial en materia laboral es relevante para abordar el tema y su especial consideración destaca la convivencia, dentro de nuestra cultura jurídica, de dos concepciones fuertemente opuestas acerca del desempeño o función jurisdiccional en un Estado de Derecho así como la concreta actividad intelectiva que se despliega en función de determinar los hechos del caso en conflicto. El enfrentamiento se produce entre aquellos que sostienen una clara deferencia al legislador y aquellos que la soslayan.

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El presente estudio pretende arribar a la construcción de un modelo explicativo del comportamiento político a partir de la contribución que los marcos sociales (norma sociales, normas de ciudadanía, ideología, confianza política) y sociocognitivos (inteligencia afectiva, interés político, eficacia política, conocimiento político, sentimiento de comunidad) mostraron, en términos de relaciones entre las variables, sobre el mismo. Nuestra atención se centra no sólo al comportamiento político de la ciudadanía -que es donde se desarrollaron la mayor parte de los estudios-, sino a las elites de poder constitutivas del sistema político (jueces, legisladores provinciales y representantes de instituciones del gobierno y de organismos no gubernamentales). Asimismo, pretende establecer las diferencias que puedan evidenciarse en torno a la relación de estas variables con el comportamiento político entre los distintos colectivos estudiados en el ámbito de la ciudad de Córdoba. Para ello se realizara una primera etapa de estudio instrumental, con el objeto de analizar las propiedades psicométricas de los instrumentos a utilizar en la operacionalización de las variables. Para ello se tomara una muestra accidental de 250 personas entre 18 y 65 años de edad. Posteriormente, se realizarán dos etapas de estudio ex post facto, con la finalidad de construir los modelos planteados. En la primera de ellas, se trabajará con una muestra accidental de 100 representantes de los grupos de poder estudiados y en la segunda con una muestra probabilística de 500 ciudadanos cordobeses entre 18 y 65 años de edad.

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En los últimos 10 años se realizaron, en la ciudad de Córdoba, una serie de transformaciones edilicias y de espacios comunes tanto a nivel privado como estatal, que reflejan una falta de estudios específicamente inherentes a las construcciones lo que se correlaciona estrechamente con los temas ausentes en las Ordenanzas y Códigos de Edificación vigentes. Éstos, en la actualidad, no incluyen o lo hacen débilmente a los aspectos referidos al ambiente, al confort y necesidades de los usuarios, al ahorro energético y a la sustentabilidad en el tiempo y en la materialidad. Las Normativas debieran contar, entre otros aspectos, con respuestas al aprovechamiento del clima de la región de Córdoba, a los recursos disponibles, al confort del habitante tanto dentro de los edificios como en los entornos urbanos. El presente proyecto de investigación propone: a) Revisión de los aspectos ambientales que influyen en el dimensionado de los espacios, orientación de los mismos, aprovechamiento y protección de la radiación solar, aprovechamiento de la luz natural, control del impacto acústico, control del impacto visual, etc., b) Estudio de la potencialidad de los recursos en términos de tiempo razonable, c) Reinterpretación de los servicios existentes, d) Estudio de la potencialidad espacial de la red en lo que respecta a circulación de personas, de vehículos y de energías (acústica, lumínica, térmica, etc.) y e) Estudio y propuesta para una mejor calidad ambiental de los edificios, sus entornos, de la circulación vehicular, de los estacionamientos y del paisaje urbano.