3 resultados para Legislativo

em Cor-Ciencia - Acuerdo de Bibliotecas Universitarias de Córdoba (ABUC), Argentina


Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

La relación del Gobierno de Kirchner con el poder Legislativo implicó un proceso de concentración del poder en manos del Ejecutivo, no obstante lo cual, a poco de iniciado el mandato de Cristina Fernández, la relación con el Congreso queda en el medio de una crisis que llegó a poner en duda la propia continuidad de la presidenta. Este proyecto pretende examinar las características de este proceso delegativo en sus diferentes dimensiones, con el fin de entender el origen de esta crisis y especificar sus alcances. En este marco, la dinámica de la relación entre el Congreso y el Ejecutivo pareciera corresponder a lo que especifica la Teoría del Cártel tal como ha sido reformulada por Jones y Hwang. Esta perspectiva, no obstante, se centra exclusivamente en los aspectos distributivos de la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo, obviando la dimensión electoral y la ideológicodiscursiva. Dadas las características del Gobierno de Kirchner, en este proyecto abordaremos el estudio de aquella relación desde una perspectiva multidimensional, tomando en cuenta no sólo los aspectos distributivos, sino también los electorales y los discursivos. La pregunta que guía nuestro trabajo es por qué las estrategias de acumulación desplegadas simultáneamente en las tres dimensiones, no lograron (o sólo lo hicieron parcialmente) desactivar el carácter condicional de la delegación de los jefes políticos provinciales al liderzgo presidencial. Nuestra hipótesis general es que, aún cuando el Gobierno consiguió reforzar sustancialmente su posición en la dimensión distributiva a partir de la prolongación de la situación de emergencia, tuvo un éxito parcial en las dimensiones electoral e ideológico-discursiva. Sin compromiso ideológico articulado en un discurso común, y sin una conexión electoral que vincule los intereses electorales a nivel provincial con los del nivel nacional, la estrategia distributiva sólo puede contener parcialmente la defección de buena parte del oficialismo en el Congreso frente a una crisis de grandes proporciones.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Desde el Derecho Romano, y aún hasta hoy, se ha debatido acerca de la persona por nacer, un tema que es todavía (y más que nunca) materia de discusión inclusive a nivel legislativo. ¿El nasciturus es persona? Creemos que aquí está el meollo del tema, porque si no lo fuese, obviamente no podríamos pretender que tenga "derechos" ya que conformaría solamente parte de la entraña materna y la mujer embarazada tendría la posibilidad de decidir sobre su continuidad o no. En el caso inverso sucedería todo lo contrario, coexistirían dentro de un mismo cuerpo (el materno) dos seres humanos distintos, cada uno con sus derechos, supuesto en el cual el legislador deberá decidir si alguno priva sobre el otro. Conocemos que el tema tiene múltiples aristas y no es nuestra intención incursionar en todas ellas, ocupándonos de cuestiones médicas o bioéticas que nos son ajenas, nuestro objetivo es bastante más modesto, pero a la vez planeamos hacerlo profundo, específicamente en el ámbito jurídico. Para ello habremos de desentrañar cuál fue la solución consagrada por el Derecho Romano, fundamentalmente en el Corpus Iuris, porque existen muchos civilistas que a nuestro criterio tienen un concepto errado sobre ese tema. Avanzaremos luego en el estudio de los derechos de la época intermedia fundamentalmente las leyes españolas, y también en lo que al respecto consagra tanto el Derecho Canónico como los sistemas jurídicos vigentes en el Derecho Comparado, particularmente en América Latina. Paralelamente se evaluará el problema desde la óptica de la Bioética y la Filosofía. Con este bagaje acumulado estaremos en condiciones de analizar cuál es la realidad jurídica Argentina, cuáles leyes están vigentes, cuáles son los proyectos pendientes de tratamiento legislativo y finalmente formular sugerencias acerca de las características de la norma, o normas, cuya sanción propugnamos. O eventualmente desaconsejar la sanción de una ley al respecto.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El problema que enfrenta la institucionalidad estatal argentina es que existe un serio déficit de información no solamente en el momento de evaluar un resultado, sino ya al momento de diseñar la política. Las estadísticas oficiales de hechos vitales, salud y educación son difundidas en el mejor de los casos con un año de atraso. La información de indicadores de salud por su nivel de desagregación no permite conocer las realidades locales. Es posible constatar la falta de información sobre las medidas tomadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Estado en lo relativo a políticas y programas de salud mental. Del mismo modo que los organismos internacionales determinan los deficits de los sistemas de atención a la salud mental a través de las brechas de tratamiento y aun cuando no se dispone de estimaciones precisas se habla de brechas de información, que expresarían la distancia entre la información necesaria y la efectivamente disponible (OPS, 2009). Desde el mes de diciembre de 2007 se conforma la Mesa de Trabajo Permanente en Salud Mental y Derechos Humanos, con el objeto de instalar en agenda la necesidad de contar con una legislación que brinde el marco normativo para la transformación del sector. En los meses de octubre y noviembre de 2010 se aprobaron sendas leyes de salud mental en la Provincia de Córdoba y a nivel nacional. Ambas proponen la transformación progresiva en los sistemas de atención a los problemas de salud mental de la población. Desde la Mesa de Trabajo Permanente en Salud Mental y Derechos Humanos se afirma que la legislación es un marco necesario pero no suficiente, en tanto se constata que las princiales violaciones a los derechos humanos se producen en situaciones concretas. El presente proyecto nace de la necesidad de contar con un sistema de información que permita conocer la transformación de los servicios de salud mental en la provincia de Córdoba a partir de la sanción de la ley 9848 de Salud Mental en el mes de octubre de 2010. Una vez logrado este objetivo legislativo, se pretende monitorear la gestión con la formulación de los siguientes interrogantes: ¿a través de qué indicadores medir, evaluar y monitorear si la producción de los servicios de salud mental se lleva adelante desde la perspectiva del enfoque de derechos sancionada en el marco normativo vigente?; ¿cuáles son los indicadores que desde dicha perspectiva los organismos estatales de producción de servicios deben elaborar para el compromiso de acción y la rendición de cuentas frente a la ciudadanía? ¿cuáles son los indicadores que la ciudadanía debe reclamar a los fines de monitorear el cumplimiento de dichos compromisos? La puesta en marcha del Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos permitirá analizar las políticas y programas de salud mental desde la perspectiva de los derechos humanos y avanzar en el monitoreo de la producción de los servicios de salud mental. Objetivo General: analizar y hacer visible el cumplimiento de los objetivos sancionados en la ley 9848 de Salud Mental a través de la observación, el monitoreo y la incidencia en las políticas de salud mental de la provincia de Córdoba. Metodología: la construcción de indicadores de derechos humanos para la salud mental. El Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos pretende dar cuenta de las transformaciones que van a ocurrir a partir de la sanción de la ley 9848. Los resultados esperados están ligados a la producción y difusión de información sistematizada sobre las transformaciones en salud mental, a la vigilancia y el análisis del efecto/impacto de las políticas e incidir en las decisiones. El Observatorio pretende reconocer e integrar la información disponible y proponer indicadores que den cuenta de la situación inicial al momento de la implementación de los marcos normativos y permitir el monitoreo de las transformaciones emergentes. This project stems from the need for an information system designed to show the transformation of mental health services in the province of Cordoba after the enactment of the Mental Health Act 9848 in October 2010. Once achieved this legislative objective is to monitor the management with the formulation of the following questions: through which indicators to measure, evaluate and monitor whether the production of mental health services are carried forward from the perspective of rights-based approach enacted in two laws?, What are the indicators from that perspective the production agencies should develop services for the commitment to action and accountability to the public? What are the indicators that the public should demand that the purpose of monitoring compliance with these commitments? The launch of the Centre for Mental Health and Human Rights will review the policies and mental health programs from the perspective of human rights and progress in monitoring the production of mental health services. General Objective: to analyze and highlight the achievement of the objectives sanctioned by the Mental Health Act 9848 through the observation, monitoring and impact on mental health policy in the province of Cordoba. Methodology: building human rights indicators for mental health Mental Observatory Health and Human Rights aims to account for the changes that will occur after the enactment of Law 9848. The expected results are linked to production and dissemination of systematic information about changes in mental health, surveillance and analysis of the effect / impact and influence policy decisions. The Centre aims to recognize and integrate the available information and propose indicators that account for the initial situation at the time of implementation of regulatory frameworks and allow monitoring of change emerging.