7 resultados para Justicia organizacional

em Cor-Ciencia - Acuerdo de Bibliotecas Universitarias de Córdoba (ABUC), Argentina


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Desde las perspectivas de la cultura, la estructura y las redes de conversaciones organizacionales, nos proponemos identificar,analizar e interpretar cómo influyen los valores y las presunciones básicas presentes en la cultura organizacional- respecto a los resultados esperados y a los percibidos en los procesos de formalización (sistematización) de la gestión y el control- sobre el tipo de configuración estructural, la competencia comunicativa y la efectividad del equipo de comunicación de PYME’s de Córdoba. Como metodología de Investigación aplicaremos el “estudio de caso”. El objeto de estudio son PYME’s de Córdoba que llevan adelante un proceso de formalización de su sistema de gestión y control. Utilizaremos un enfoque encapsulado, porque examinaremos varias subunidades dentro de cada empresa. Asimismo, el diseño será de casos múltiples: dos o tres empresas (según la factibilidad). El procedimiento de muestreo para la selección de las empresas y, dentro de éstas, para la selección del personal, será no probabilístico. En cuanto a la técnica de muestreo, será por conveniencia o por juicio, según la situación. Para la identificación y el registro de expresiones verbales aplicaremos el “Método de Comunicación” y el enfoque no estructurado-directo. Utilizaremos entrevistas personales semi-directivas, aunque también se evaluará la factibilidad y pertinencia de grupos foco. Para la identificación y el registro de comportamientos aplicaremos el Método de Observación, natural, estructurada e indirecta.

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El programa consta de una serie de proyectos vinculados a la necesidad del cambio en materia realizadora (procesal y sustantiva), con especial referencia al orden penal. I- En materia penal, los rasgos sobresalientes de esta “revolución procesal” están puestos en las siguientes notas: a)“Privatización”, en el sentido de un reordenamiento de los roles de los órganos de la función judicial; b)“Desformalización”, interpretada como captación de procedimientos ágiles y menos burocráticos, acortando el puente formal entre la comisión del hecho delictuoso y la sentencia; c) Todo ello en acompañamiento de una “Reformulación del sistema penal constitutivo de fondo”, replanteando la naturaleza de la pretensión penal y la captación de formas de composición diferenciadas de la actual regulación de la pena. 1.1 El cambio que propiciamos reconoce motivaciones fácticas tales como: recarga de la función judicial en lo penal y colapso del sistema judicial; advertencia de la imprescindibilidad de la consecución de la celeridad y economía procesales; replanteo de los fundamentos, fines, eficacia y función del régimen punitivo, básicamente-. La causalidad jurídica, su modificación y superación enmarcan el objeto de estudio de este programa, siempre bajo la premisa del debido enfoque constitucional y el inalterable respeto de la bi-dimensionalidad del principio de defensa. 1.2 Atento a nuestro régimen federal de gobierno, los continentes legislativos de la reforma no pueden limitarse a los códigos de procedimiento, sino que deben ampliarse al ámbito de la denominada legislación de fondo que, en el punto, actúa también a manera de norma realizadora, ya que, por razones de uniformidad e igualdad ante la ley, ciertas disposiciones que hacen a la regulación del procedimiento ameritan su inserción a nivel del Código Penal. Esto es: han de emanar del Congreso de la Nación. 1.3 En el desarrollo analítico de las cuestiones principales involucradas en el proceso de reforma que encaramos, se toma como eje el trípode de poderes de realización que, interactuando entre sí, configuran la trama del proceso: acción penal, jurisdicción y reacción penal. II- Finalmente, en cuanto al sistema judicial extra-penal, se abordan fundamentalmente cuestiones de actualidad en la problemática procedimental. Por ejemplo, lo relativo a la ecología.

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El proyecto consiste en la identificación de las tendencias jurisprudenciales que con relación al ejercicio de las principales cuestiones referidas al poder de policía municipal surgen de los fallos de la Cámara Administrativa Municipal de Faltas de la Ciudad de Córdoba y su análisis a la luz de la doctrina, legislación y jurisprudencia local, nacional e internacional en la materia.

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Aclarar en el plano conceptual la relación existente entre los principios jurídicos y las normas de contenido indeterminado y la jurisprudencia remite a dilucidar cómo se exhibe una práctica relevante en el Estado de Derecho cual es la vinculación entre la actividad legislativa y la actividad judicial. La función legislativa identifica delegaciones a la función judicial lo que conjeturamos con potencialidad para provocar inestabilidad en el esquema de regulación de las conductas en un segmento de la realidad dado, pues siempre será necesaria una nueva decisión institucional para cancelar el conflicto. Hemos elegido el derecho laboral. Lo precedente, en una perspectiva, mina una de las notas del Derecho del Trabajo: la auto-composición del conflicto. Sin embargo, la delegación legislativa hace posible, de otro costado, la asignación temática de regulaciones de conducta que colabora en determinar relaciones caracterizadas por la disparidad negocial y por los cambios tecnológicos y de las creencias. Entonces, el rol asignado a la autoridad legislativa y judicial en materia laboral es relevante para abordar el tema y su especial consideración destaca la convivencia, dentro de nuestra cultura jurídica, de dos concepciones fuertemente opuestas acerca del desempeño o función jurisdiccional en un Estado de Derecho así como la concreta actividad intelectiva que se despliega en función de determinar los hechos del caso en conflicto. El enfrentamiento se produce entre aquellos que sostienen una clara deferencia al legislador y aquellos que la soslayan.

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En continuidad con proyectos anteriores, la investigación persigue aportaciones a la mirada sistémica e interdisciplinar de los procesos de fortalecimiento de las capacidades de aprendizaje organizacional en organizaciones locales. Al momento, se ha avanzado en el diseño de estrategias de reconstrucción de procesos cognitivos organizacionales críticos, y en la postulación de un modelo de observación de la cognición organizacional con énfasis en la caracterización de los aspectos estructurales. Este proyecto en particular pone en foco los aspectos procesuales de la cognición organizacional, que se presentan como significativos en torno a los fenómenos de aprendizaje observados en los procesos de cambio organizacional en estudio. En ese sentido, el proyecto tiene por objetivo analizar los aspectos procesuales de los fenómenos de cambio y aprendizaje organizacional, planteando la operacionalización de dichos cambios en torno a una categoría de análisis de micro nivel que hemos denominado proceso de quiebre-tratamiento. Abrevamos en antecedentes de la investigación – acción y en fundamentos epistemológicos del enfoque filosófico político de los sistemas complejos, del pragmatismo epistemológico, y de la perspectiva axiológica de la ciencia. El planteo metodológico de tipo cualitativo, apela a recursos de la ciencia - acción, en los que mediante entrevistas individuales, grupales y mixtas, se exploran y confrontan aspectos significativos de los fenómenos de cambio, incluyendo en ello a referentes de investigación, de asistencia técnica y a protagonistas internos de los procesos de transformación institucional de las organizaciones en estudio.