3 resultados para F03 Producción y tratamiento de semillas

em Cor-Ciencia - Acuerdo de Bibliotecas Universitarias de Córdoba (ABUC), Argentina


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La zona de influencia de nuestro proyecto, abarca a una importante cantidad de pequeños y medianos productores, del área maicera IV, que generalmente constituyen empresas familiares. Las economías regionales, especialmente las de maíz, en la provincia de Córdoba, se encuentran desplazadas por los procesos económicos de globalización , que trasvasan las culturas con un impacto negativo que agudiza los problemas actuales en cuanto a este cultivo se refiere. El trabajo de extensión tiene su origen en la diversificación de sus productos, el darles un valor agregado y el trabajar en forma conjunta por medio de la cooperación, Campo – Universidad , permitiendo así un campo más rentable. Nuestros maíces especiales de polinización libre, se adaptarían fácilmente por sus condiciones de mejora genetica, se manejan en general como cualquier otra variedad de maíz, y no es necesario el gasto de semillas todos los años. Con muy poca inversión se le puede dar un valor agregado, constituyendo en algunos casos productos diferenciales, como la polenta, harinas, golosina como el pochoclo ,dulce o salado, este último con un mercado importante. También la utilización de los mismos para la alimentación de aves, cerdos y otros animales domésticos presente en el campo. Capacitar mediante la investigación adaptativa , a los productores, escuelas y organizaciones sociales, es un objetivo de una nueva alternativa de producción, diversificando así las tareas para lograr una mejor calidad de vida y mejorar sus ingresos.

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El problema que enfrenta la institucionalidad estatal argentina es que existe un serio déficit de información no solamente en el momento de evaluar un resultado, sino ya al momento de diseñar la política. Las estadísticas oficiales de hechos vitales, salud y educación son difundidas en el mejor de los casos con un año de atraso. La información de indicadores de salud por su nivel de desagregación no permite conocer las realidades locales. Es posible constatar la falta de información sobre las medidas tomadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Estado en lo relativo a políticas y programas de salud mental. Del mismo modo que los organismos internacionales determinan los deficits de los sistemas de atención a la salud mental a través de las brechas de tratamiento y aun cuando no se dispone de estimaciones precisas se habla de brechas de información, que expresarían la distancia entre la información necesaria y la efectivamente disponible (OPS, 2009). Desde el mes de diciembre de 2007 se conforma la Mesa de Trabajo Permanente en Salud Mental y Derechos Humanos, con el objeto de instalar en agenda la necesidad de contar con una legislación que brinde el marco normativo para la transformación del sector. En los meses de octubre y noviembre de 2010 se aprobaron sendas leyes de salud mental en la Provincia de Córdoba y a nivel nacional. Ambas proponen la transformación progresiva en los sistemas de atención a los problemas de salud mental de la población. Desde la Mesa de Trabajo Permanente en Salud Mental y Derechos Humanos se afirma que la legislación es un marco necesario pero no suficiente, en tanto se constata que las princiales violaciones a los derechos humanos se producen en situaciones concretas. El presente proyecto nace de la necesidad de contar con un sistema de información que permita conocer la transformación de los servicios de salud mental en la provincia de Córdoba a partir de la sanción de la ley 9848 de Salud Mental en el mes de octubre de 2010. Una vez logrado este objetivo legislativo, se pretende monitorear la gestión con la formulación de los siguientes interrogantes: ¿a través de qué indicadores medir, evaluar y monitorear si la producción de los servicios de salud mental se lleva adelante desde la perspectiva del enfoque de derechos sancionada en el marco normativo vigente?; ¿cuáles son los indicadores que desde dicha perspectiva los organismos estatales de producción de servicios deben elaborar para el compromiso de acción y la rendición de cuentas frente a la ciudadanía? ¿cuáles son los indicadores que la ciudadanía debe reclamar a los fines de monitorear el cumplimiento de dichos compromisos? La puesta en marcha del Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos permitirá analizar las políticas y programas de salud mental desde la perspectiva de los derechos humanos y avanzar en el monitoreo de la producción de los servicios de salud mental. Objetivo General: analizar y hacer visible el cumplimiento de los objetivos sancionados en la ley 9848 de Salud Mental a través de la observación, el monitoreo y la incidencia en las políticas de salud mental de la provincia de Córdoba. Metodología: la construcción de indicadores de derechos humanos para la salud mental. El Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos pretende dar cuenta de las transformaciones que van a ocurrir a partir de la sanción de la ley 9848. Los resultados esperados están ligados a la producción y difusión de información sistematizada sobre las transformaciones en salud mental, a la vigilancia y el análisis del efecto/impacto de las políticas e incidir en las decisiones. El Observatorio pretende reconocer e integrar la información disponible y proponer indicadores que den cuenta de la situación inicial al momento de la implementación de los marcos normativos y permitir el monitoreo de las transformaciones emergentes.

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En el marco de nuestra investigación: “Evaluación cuantitativa de riesgo para la salud pública por trichinelosis debido al consumo de productos elaborados con carne porcina en la provincia de Santa Fe y Córdoba”, financiada por la Universidad Católica de Córdoba, que se encuentra en su último año de ejecución; hemos observando que los establecimientos productores no cuentan con un correcto sistema de Buenas prácticas de manufacturas, diseñado e implementado para prevenir la presencia del parásito Trichinella spiralis. Por ello, surgió la inquietud de realizar un guía con los contenidos apropiados obligatorios por la Legislación Vigente (Ley 18.284, Código Alimentario Argentino, y el Decreto 4238/68, Ley Federal de Carnes), sumado a la experiencia propia de los integrantes en cuanto a la temática y a la idea de transmitir dicha experiencia en forma de contenidos sencillos, didácticos y gráficos, de fácil aplicación, prácticos y accesibles a todos los sectores de la cadena de producción y comercialización (tanto a grandes como a pequeños productores, incluidos los productores familiares) y a la comunidad en general. La enfermedad es endémica en la provincia de Córdoba y el último año se han presentado numerosos casos que alertan sobre su presentación, ya que la misma tiene impacto en salud pública y en la economía de la provincia ya que se trata de un producto con fuerte desarrollo en regiones bien definidas y sensible al turismo.