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em Universidad de Alicante
Resumo:
En este artículo, el autor presenta las diferencias más relevantes entre el neoconstitucionalismo y el constitucionalismo garantista. En primer lugar, afirma que el constitucionalismo puede ser concebido de dos formas opuestas: como una superación del positivismo jurídico en sentido tendencialmente iusnaturalista o como su expansión o perfeccionamiento, realizando para llevar a cabo esta labor una revisión terminológica. En segundo lugar, el autor considera que si las constituciones incorporan principios de justicia de carácter ético-político desaparece el principal rasgo distintivo del positivismo jurídico: la separación entre Derecho y moral o entre validez y justicia. A continuación, considera al constitucionalismo garantista como un iuspositivismo reforzado, completando al Estado de Derecho porque comporta el sometimiento al Derecho y al control de constitucionalidad. En cuarto lugar, el autor afirma que la tesis de que todo ordenamiento jurídico satisface objetivamente algún «mínimo ético» no es más que la vieja tesis iusnaturalista, que termina por convertirse en la actual versión del legalismo ético que es el constitucionalismo ético, en virtud del cual los principios constitucionales se pretenden objetivamente justos. En quinto lugar, el autor realiza una crítica a la contraposición entre principios y reglas, en los que se basa una concepción de la constitución y del constitucionalismo opuesta a la concepción positivista y garantista. En sexto lugar, el autor afirma que la idea de que los principios constitucionales son siempre objeto de ponderación y no de aplicación genera un peligro para la independencia de la jurisdicción y para su legitimación política. Finalmente, el autor considera que el constitucionalismo conlleva un debilitamiento y virtualmente un colapso de la normatividad de los principios constitucionales, así como una degradación de los derechos fundamentales establecidos en ellas a meras recomendaciones genéricas de carácter ético-político.
Resumo:
El inicio del siglo XXI supone una nueva época dorada para el retrato fotográfico, puesto que aparece de forma masiva entre los usuarios, asentándose como un hecho social muy arraigado entre la sociedad. En el estudio analizamos algunas de las funciones culturales que cumple entre las que encontramos la de reconstruir nuestra memoria personal a través de imágenes de nuestra vida, servir como medio de comunicación y publicidad a través del cual nos relacionamos con los demás gracias a las redes sociales e internet, y por último su faceta artística en la que camina por senderos de total libertad permeabilizando sus fronteras con otros géneros fotográficos, y sirviendo de base para recoger diversas temáticas ajenas –en principio- al propio retrato.
Resumo:
Postproducción es un término extraído de la industria audiovisual que alude a todas las operaciones realizadas sobre un material YA grabado o existente: música, fotografías, videos, películas, pinturas, etc. Tiene mayoritariamente un carácter entrópico, de liberación continua e irreversible de energías y nuevos productos reprogramados que revisan productos ya anteriormente reprogramados, y así de manera sucesiva hasta el infinito. ¿Podríamos imaginar una postproducción de sentido contrario? ¿Una postproducción cuyo esfuerzo tienda a cero? ¿Y si ahora preferimos seguir postproduciendo pero haciéndolo desde (casi) nada? Si extrapolamos esta otra acepción directamente hacia la práctica arquitectónica, estaríamos reivindicando una forma explícita de eficacia donde la manera de proceder (la mejor opción, la más sostenible) puede ser precisamente ‘no hacer’ o ‘hacer muy poco’. Una semejanza que nos emparentaría con Bartleby, el personaje de Herman Melville y su célebre frase: “preferiría no hacerlo”.
Resumo:
El texto que a continuación se presenta se corresponde de manera bastante fidedigna con el texto que el autor leyó en el acto de defensa de su tesis doctoral, realizada en la Universidad de Alicante el 14 de junio de 2012. El tribunal estuvo compuesto por Remedios Zafra, Federico Soriano, Jessica Jaques, Miguel Angel Hernández y Juan Freire. Los directores del trabajo fueron José María Torres Nadal y Pedro Alberto Cruz. Después de lo vivido, lo pensado, y lo contado, descubro perplejo al final de esta investigación que la relevancia de lo que hemos realizado junto con otrxs muchxs en la Universidad de Alicante, radica precisamente en una obsesión infantil por organizar lo prescindible, todo aquello que no nos es requerido para el cumplimiento de nuestras estrictas funciones académicas. O por utilizar otros términos, descubro con un cierto horror que casi nada de lo que en algún momento nos ha llegado a excitar parece atravesado por los dispositivos maquínicos institucionales.