3 resultados para Suppliers

em Universidad de Alicante


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We propose a new procurement procedure that allocates shares of the total amount to be procured depending on the bids of suppliers. Among the properties of the mechanism are the following: (i) Bidders have an incentive to participate in the procurement procedure, as equilibrium payoffs are strictly positive. (ii) The mechanism allows variations in the extent to which affirmative action objectives, like promoting local industries, are pursued. (iii) Surprisingly, even while accomplishing affirmative action goals, procurement expenditures might be lower than under a standard auction format.

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El presente artículo abordará aproximaciones para la gestión de la imagen corporativa; pensada como un activo intangible que proyecta la institución. Además, se consideran diversos modelos y conceptos de capital intelectual que identifican factores relevantes hacia la toma decisión por parte de stakeholders. La percepción de imagen es un tema que ha suscitado interés por parte de instituciones, pues ésta se encuentra estrechamente vinculada a la formación integral de una idea que influye en el desarrollo de una actitud favorable o no hacia la reputación corporativa. De esta manera, los clientes, consumidores, proveedores, colaboradores, entre otros; reciben a través de distintas formas elementos que le ayudan a conformar una idea sobre la institución mediante sus percepciones; por lo que, orientar los esfuerzos y acciones en torno a este intangible, dará como resultado una rentabilidad no sólo monetaria sino una fidelidad y confianza por parte de sus stakeholders. Es así, que se ha visto la necesidad de proponer un modelo para el análisis de la imagen corporativa de instituciones, el mismo que consta de cinco categorías las cuales poseen parámetros de puntuación, construidos a partir de los aportes de diferentes autores.

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La implementación de las nuevas tecnologías o TIC’s en el sector turístico se ha visto favorecida, en los últimos años, por las posibilidades que Internet ofrece de poder comprobar instantáneamente la existencia real del proveedor del servicio, la veracidad del servicio prestado o las condiciones en que se presta.. El aumento de la contratación electrónica de servicios turísticos exige que los proveedores de estos servicios y los turistas tengan en cuenta las diferentes normas jurídicas que resultan de aplicación en el ámbito de los servicios de la sociedad de la información, principalmente, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), las normas reguladoras del consumo, en concreto, el Real Decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU) y su modificación por la Ley 3/2014, de 27 de marzo, así como las diferentes normas autonómicas reguladoras del turismo que existen en la actualidad. En definitiva, un estudio detallado de las implicaciones que la contratación electrónica de servicios turísticos supone realizar una descripción legal del régimen jurídico que resulta de aplicación a los diferentes oferentes e intermediarios que intervienen esta nueva modalidad contractual y a los denominados paquetes dinámicos de turismo.