8 resultados para Reglamento
em Universidad de Alicante
Resumo:
Análisis del reglamento, instalaciones y materiales de padel.
Resumo:
Análisis del reglamento, instalaciones y materiales de tenis.
Resumo:
La aprobación del Reglamento del paisaje de la Comunidad Valenciana (D. 120/2006, de 11 de agosto de la Generalitat Valenciana) introdujo los estudios del paisaje en la planificación territorial. La base de los estudios del paisaje se asienta en la participación ciudadana, por lo que este hecho ha supuesto un nuevo planteamiento para abordar la planificación territorial a diversas escalas. En esta comunicación, el principal objetivo es mostrar las posibilidades y limitaciones de la gestión territorial participativa emanadas del Reglamento del Paisaje de la Comunidad Valenciana.
Resumo:
Presentación con la historia, aspectos reglamentarios y fundamentos del Baloncesto.
Resumo:
En esta comunicación se presenta el modelo de Máster en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) que se implantará en la Universidad de Alicante (UA) en el curso 2012/13 adaptado al Espacio Europeo de Educación Superior. La asunción de la universidad española de la Declaración de Bolonia de 1999, que por su parte, define los criterios básicos para la creación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), también establece Programas Oficiales de Postgrado que incluyen el Programa Oficial de formación universitaria especializada entre los que se englobaría el máster universitario de PRL propuesto por la UA. El Máster tiene una carga de 60 créditos ECTS (materias obligatorias 50, prácticas externas 4, trabajo fin de máster 6), orientación académica y profesional, y estará adscrito a la Escuela Politécnica Superior. El objetivo general de estos estudios es que el alumno adquiera los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para el desempeño de las funciones profesionales que competen al Técnico de nivel superior en materia de PRL que vienen recogidos en el Art. 37 del RD 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), con la formación prevista en el Anexo VI del mismo.
Resumo:
Existe preocupación por la influencia de los determinantes sociales relacionados con la publicidad, la comunicación y la información sobre la selección de productos alimenticios para conseguir una alimentación saludable y segura. Desde este punto de vista, la legislación española normaliza este aspecto, a través del Reglamento Europeo 1924/2006 (RE1924/2006). El objetivo es asegurar y favorecer el acceso a alimentos inocuos que beneficien la salud y, evitar que la información recibida por los consumidores sea inexacta, ambigua o engañosa. El Reglamento pretende impedir que se atribuyan propiedades nutritivas y declaraciones de propiedades saludables a los alimentos sin razón o sin que exista suficiente evidencia científica. En este sentido, un grupo de profesionales de la Universidad de Alicante en diciembre de 2012 llevó a cabo la Primera Jornada de Alimentación y Nutrición, organizada por el Gabinete ALINU de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Alicante, relacionada con actualizaciones sobre declaraciones nutricionales y de propiedades saludables y sus implicaciones en la salud pública. Por el interés y la importancia del tema, se presenta un resumen de las ponencias desde la postura de los diferentes agentes implicados: consumidores, Administración, industria alimentaria, dietistas-nutricionistas, la Academia y la Salud Pública.
Resumo:
Lo que ocurre en la frontera entre Italia y Austria forma parte de las cuestionables prácticas que emplean los Estados miembro de la UE y que hacen que tanto el Acuerdo de Schengen como el Reglamento Dublín parezcan irrelevantes.
Resumo:
Los viajes combinados han ocupado tradicionalmente un lugar destacado dentro de la amplia gama de servicios ofrecidos por los operadores turísticos. Por ello, el Consejo de la Unión Europea adoptó en 1990 la Directiva 90/314/CEE, de 13 de junio, relativa a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados, con el fin de eliminar, o cuanto menos mitigar, la especial situación de indefensión en que se encontraba aquél que los contrataba. Desde la aprobación de esta Directiva han pasado casi veinticinco años y ante el surgimiento de problemas derivados de la aparición de nuevos modelos de negocio y formas de contratación de los servicios turísticos que ni siquiera se plantearon en aquel momento, se ha hecho necesaria la revisión de una normativa a todas luces obsoleta e incapaz de proteger adecuadamente a los usuarios de estos servicios. Así, el 9 de julio de 2013 la Comisión Europea aprobó la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los viajes combinados y los servicios asistidos de viaje, por la que se modifican el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE. El objetivo de este trabajo se centra en analizar las modificaciones propuestas por la C C omisión respecto al ámbito de aplicación de la Directiva 90/314/CEE y su posible repercusión en las legislaciones internas, sobre todo teniendo en cuenta el enfoque de armonización máxima que se pretende dar al nuevo texto.