2 resultados para Ley nacional

em Universidad de Alicante


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A garantia da memória histórica do ensino em nível profissionalizante em enfermagem, na década de 1970, foi o objeto dessa investigação. Teve como objetivos descrever e analisar o contexto sócio-político e as circunstâncias históricas em que a Lei nº 5.692, de 12 de agosto de 1971, das Diretrizes e Bases da Educação Nacional, foi promulgada, bem como discutir as mudanças e desdobramentos dessa no ensino profissionalizante em enfermagem. Trata-se de estudo descritivo, qualitativo, exploratório e de natureza histórico-social, com base em análise documental. Optou-se pela Micro-história para dar sustentação teórica à discussão dos resultados dessa investigação, pois a análise dos documentos históricos, sob o prisma de que, embora não seja possível enxergar a sociedade inteira a partir de um fragmento social, é possível enxergar algo da realidade social que envolve o fragmento humano examinado. A delimitação das fontes históricas do estudo compreende o Acervo do Arquivo Histórico da Associação Brasileira de Enfermagem - Seção São Paulo; o Acervo documental sobre a ABEn/SP, existente no Centro Histórico Cultural da Enfermagem Ibero-Americana da Escola de Enfermagem da USP e a Série Documenta do Ministério da Educação e Cultura. A partir dessa LDB nº 5.692/71, o ensino de Enfermagem foi totalmente integrado ao sistema nacional de Educação e sua promulgação ocorreu durante a Ditadura Militar e a ideologia do “milagre econômico”. De acordo com essa ideologia, o sistema educacional brasileiro deveria adequar-se ao modelo econômico desenvolvimentista, com treinamento de pessoal de nível técnico, visando aumentar e baratear os recursos humanos para o trabalho. A ABEn, como entidade representativa dos interesses políticos e ideológicos dos profissionais da área, liderava os debates sobre as questões da formação dos recursos humanos na enfermagem, sendo que na década de 70 mais da metade do contingente de enfermagem era majoritariamente sem formação específica. Também por conta dessa realidade, houve iniciativas governamentais para tentar reverter essa situação. Apesar das questões do ensino da enfermagem não se encontrarem explicitadas no texto da LDB nº 5.692/71, os resultados deste trabalho revelaram que a legislação estudada teve desdobramentos nas decisões políticas no âmbito do ensino profissionalizante e, consequentemente, impactou sobre a formação dos profissionais de enfermagem.

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La Ley General de Sanidad 14/1986 de 25 de Abril posibilitó el tránsito del antiguo modelo de Seguridad Social al actual modelo de Sistema Nacional de Salud (SNS), financiado con impuestos y de cobertura prácticamente universal. Desde entonces se han producido profundos cambios en el sistema que culminaron en el año 2002 con la descentralización total de competencias en materia de salud en las Comunidades Autónomas. La regulación nacional de competencias en materia de salud se realiza desde el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, organismo que agrupa a los máximos responsables autonómicos en materia de salud de cada Comunidad Autónoma y que tiene entre otras, la responsabilidad de evitar las desigualdades en servicios sanitarios dentro del territorio nacional. La creación y competencias del Consejo Interterritorial quedan recogidas en la Ley 16/2003 de 28 de mayo de Cohesión de la calidad del Sistema Nacional de Salud. La cartera de servicios comunes del SNS se establece en el Real Decreto 1030/2006 de 15 de Septiembre, actualizando el Real Decreto 63/1995 de 20 de enero sobre Ordenación de las prestaciones sanitarias, resultando del actual marco legislativo con la descentralización de competencias y gestión de los presupuestos un horizonte de posible variabilidad en los modelos de gestión de cada CCAA, que, si bien deben garantizar la universalidad de las prestaciones, también ofrece una diversidad de modalidades de gestionar los recursos en materia de salud. En cuanto al estado de salud de los españoles, destacar que la esperanza de vida al nacer se sitúa en 79,9 años, superior a la media europea, 78,3 años, y la esperanza de vida ajustada por incapacidad fue en 2002 de 72,6 años en España respecto a los 70,8 de la UE. Según cifras del propio Ministerio de Sanidad, la percepción de la salud de los ciudadanos fue positiva para un 73% de los hombres y un 63,2 de las mujeres. Alrededor del 60% de la población tiene un peso normal y la morbilidad sitúa en los primeros lugares las enfermedades del aparato circulatorio, el cáncer y las enfermedades del aparato respiratorio (CIE-9). El gasto sanitario en España, es un capítulo presupuestario importante, al situarse en torno al 7,5 del P.I.B, y los recursos e inversiones presentan aparentes desigualdades autonómicas. Los modelos de gestión y dependencia patrimonial de los recursos, variables entre Autonomías, plantean la necesidad de monitorizar un seguimiento que permita evaluar en los próximos diez años el impacto de la descentralización de competencias del Sistema. La estructura del Sistema tiene dos niveles asistenciales mayoritarios, atención primaria y especializada, absorbiendo la atención especializada la mayor parte del presupuesto. El incremento del gasto sanitario y la universalidad de las prestaciones han condicionado en gran medida la implantación de modelos de gestión diferentes a los tradicionales. Esta situación no es exclusiva del Estado Español. En los Estados del entorno de la Unión Europea, el Consejo de Ministros de Sanidad de la UE en su sesión celebrada los días 1 y 2 de Junio de 200625 concluyeron un documento que recoge los valores y principios comunes de los sistemas sanitarios de los países de la Unión Europea, resaltando los principios y valores de los sistemas sanitarios como soporte estructural de dichos estados. Como conclusión, en este momento (2007) el Sistema Nacional de Salud Español, está inmerso en un proceso de trasformación orientado a garantizar la eficiencia de las prestaciones de manera responsable, es decir, ofertar al ciudadano la mejor calidad de servicios al mínimo coste.