7 resultados para European and US constitutionalism
em Universidad de Alicante
Resumo:
This reply to Gash’s (Found Sci 2013) commentary on Nescolarde-Selva and Usó-Doménech (Found Sci 2013) answers the three questions raised and at the same time opens up new questions.
Resumo:
En este artículo, el autor presenta las diferencias más relevantes entre el neoconstitucionalismo y el constitucionalismo garantista. En primer lugar, afirma que el constitucionalismo puede ser concebido de dos formas opuestas: como una superación del positivismo jurídico en sentido tendencialmente iusnaturalista o como su expansión o perfeccionamiento, realizando para llevar a cabo esta labor una revisión terminológica. En segundo lugar, el autor considera que si las constituciones incorporan principios de justicia de carácter ético-político desaparece el principal rasgo distintivo del positivismo jurídico: la separación entre Derecho y moral o entre validez y justicia. A continuación, considera al constitucionalismo garantista como un iuspositivismo reforzado, completando al Estado de Derecho porque comporta el sometimiento al Derecho y al control de constitucionalidad. En cuarto lugar, el autor afirma que la tesis de que todo ordenamiento jurídico satisface objetivamente algún «mínimo ético» no es más que la vieja tesis iusnaturalista, que termina por convertirse en la actual versión del legalismo ético que es el constitucionalismo ético, en virtud del cual los principios constitucionales se pretenden objetivamente justos. En quinto lugar, el autor realiza una crítica a la contraposición entre principios y reglas, en los que se basa una concepción de la constitución y del constitucionalismo opuesta a la concepción positivista y garantista. En sexto lugar, el autor afirma que la idea de que los principios constitucionales son siempre objeto de ponderación y no de aplicación genera un peligro para la independencia de la jurisdicción y para su legitimación política. Finalmente, el autor considera que el constitucionalismo conlleva un debilitamiento y virtualmente un colapso de la normatividad de los principios constitucionales, así como una degradación de los derechos fundamentales establecidos en ellas a meras recomendaciones genéricas de carácter ético-político.
Resumo:
La gestión del servicio de abastecimiento de agua es un tema de muy relevante y de plena actualidad, no solo en España sino a nivel mundial. En España, desde la forma de prestación del servicio a través de la gestión directa o la gestión indirecta, o el tipo en sí de gestión indirecta que se desarrolle –empresa privada, pública o mixta- dan como resultado prácticamente tantas situaciones como ayuntamientos existen ya que la competencia es municipal, según reconoce la Ley de Bases de Régimen Local. La heterogeneidad de circunstancias de gestión de los recursos hídricos, la fragmentación de un sector clave y la falta de indicadores comparables entre diferentes opciones para la prestación de este servicio, parece indicar la necesidad de apostar por la creación de un ente regulador independiente dada la naturaleza monopolística del sector del abastecimiento y el saneamiento, junto con el carácter esencial del bien que se gestiona. Mientras que las instituciones gubernamentales dictan las políticas generales a través de leyes y reglamentos, los operadores -públicos, privados o mixtos- son los responsables de prestar los servicios a la población, y sería el órgano regulador quien velaría por el cumplimiento de las normas. El MAGRAMA está estudiando la posibilidad de elaborar una Ley sobre el Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano con las dificultades que esto tiene en consideración a las competencias de las Comunidades Autónomas, lo que sin duda ayudaría a homologar la gestión del agua urbana en España, regulando un monopolio natural, ahora en manos de más de 8.100 municipios y un reducido número de empresas concesionarias, auténticas detentadoras de estos servicios. En este trabajo tratamos de analizar las ventajas que supondría para España contar con una agencia de regulación similar a las existentes en numerosos países, tanto europeos como de América Latina.
Resumo:
This reply to Gash’s (Found Sci 2014) commentary on Nescolarde-Selva and Usó-Doménech (Found Sci 2014b) answers the questions raised and at the same time opens up new questions.
Resumo:
Se aporta la relación de especies de coleópteros y sírfidos saproxílicos que habitan en ecosistemas de dehesa del oeste ibérico. Se ha estudiado la Reserva Biológica de Campanarios de Azaba, provincia de Salamanca, designada en 2013 como primera Reserva Entomológica de España por la Asociación española de Entomología. Durante los 19 meses de muestreo se registraron 9.603 ejemplares de coleópteros saproxílicos pertenecientes a 157 especies (40 familias) y 477 ejemplares de sírfidos saproxílicos pertenecientes a 18 especies. Para la recolección del material se utilizaron trampas de emergencia y trampas de ventana. Entre los insectos capturados hay diez especies amenazadas, ya sea a nivel europeo o de España, que, a la vista de los resultados, mantienen poblaciones abundantes en este ecosistema de dehesa del oeste ibérico.
Resumo:
The crisis affecting European Union, and especially Mediterranean countries, is both an economic and a political crisis. In a broad sense, we can look at the crisis as the result of an internal crisis of the neoliberal model, exacerbating the perceived subordination of politics to the economy, and therefore the deficit of legitimacy and involvement that characterizes both European and national institutions. The decline in support for traditional political organizations and reduction of conventional political participation is accompanied by a process of reinvention of politics, which takes form in grass-root, non conventional participation. New political actors challenge economic and political institution and claim for a renewal of democracy and for a new relation between economy and politics. The article, after comparing steps and dimension of crisis, explores the characteristics of anti- austerity movements in Spain and in Italy, analyzing differences and similarities. Finally, we locate the movilization occurred in these two countries within the context of the global cycles of protest.
Resumo:
Ethnopharmacological relevance and background: “Dictamnus” was a popular name for a group of medicinal herbaceous plant species of the Rutaceae and Lamiaceae, which since the 4th century have been used for gynaecological problems and other illnesses BCE and still appear in numerous ethnobotanical records. Aims: This research has as four overarching aims: Determining the historical evolution of medical preparations labelled “Dictamnus” and the different factors affecting this long-standing herbal tradition. Deciphering and differentiating those medicinal uses of “Dictamnus” which strictly correspond to Dictamnus (Rutaceae), from those of Origanum dictamnus and other Lamiaceae species. Quantitatively assessing the dependence from herbal books, and pharmaceutical tradition, of modern Dictamnus ethnobotanical records. Determining whether differences between Western and Eastern Europe exist with regards to the Dictamnus albus uses in ethnopharmacology and ethnomedicine. Methods: An exhaustive review of herbals, classical pharmacopoeias, ethnobotanical and ethnopharmacological literature was conducted. Systematic analysis of uses reported which were standardized according to International Classification of Diseases – 10 and multivariate analysis using factorial, hierarchical and neighbour joining methods was undertaken. Results and discussion: The popular concept “Dictamnus” includes Origanum dictamnus L., Ballota pseudodictamnus (L.) Benth. and B. acetabulosa (L.) Benth. (Lamiaceae), as well as Dictamnus albus L. and D. hispanicus Webb ex Willk. (Rutaceae), with 86 different types of uses. Between 1000 and 1700 CE numerous complex preparations with “Dictamnus” were used in the treatment of 35 different pathologies. On biogeographical grounds the widespread D. albus is a far more likely prototypical “Dictamnus” than the Cretan endemic Origanum dictamnus. However both form integral parts of the “Dictamnus” complex. Evidence exists for a sufficiently long and coherent tradition for D. albus and D. hispanicus, use to treat 47 different categories of diseases. Conclusions: This approach is a model for understanding the cultural history of plants and their role as resources for health care. “Dictamnus” shows how transmission of traditional knowledge about materia medica, over 26 centuries, represents remarkable levels of development and innovation. All this lead us to call attention to D. albus and D. hispanicus which are highly promising as potential herbal drug leads. The next steps of research should be to systematically analyse phytochemical, pharmacological and clinical evidence and to develop safety, pharmacology and toxicology profiles of the traditional preparations.