80 resultados para Restauración


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En 2010 se conmemoró en Albacete el III Centenario de la Confirmación de la celebración en la ciudad de una feria franca. Con tal ocasión, la Fundación constituida al efecto, entre otros actos, publicó el libro "El edificio de la Feria de Albacete 1710-2010" en el cual, dirigido por los arquitectos Antonio Escario y Francisco Candel, se recogen seis aportaciones en relación al edificio y la ciudad. La primera, de Carlos Sambricio, es "Difusión y recepción del ideal clasicista. La arquitectura en el área de Albacete a finales del XVIII"; la segunda, de Antonio Bonet Correa, es "El edificio del Ferial de Albacete y la arquitectura de la Ilustración"; la tercera, de Juan Calduch Cervera, es "La plaza y la calle carrera (sobre la arquitectura de la Feria de Albacete)"; la cuarta, de Joaquín Arnau Amo y María Elia Gutiérrez Mozo, es "La Feria de Albacete. Año 2010"; la quinta, de Francisco García González y Cosme Jesús Gómez Carrasco, es "Albacete y su Feria en el contexto de una sociedad rural del siglo XVIII"; la sexta, de Miguel Panadero Moya, es "El desarrollo urbano de Albacete: una lectura a través de la cartografía (1833-1975)". El cuarto capítulo se centra en las transformaciones sufridas por la Feria de Albacete a lo largo del siglo XX, a saber: el proyecto de ampliación y reforma del año 1944 de los arquitectos Julio Carrilero Prat y Miguel Ortiz e Iribas; el proyecto de parque para ferias y exposiciones del año 1970 de Manuel Carrilero de la Torre y el proyecto de nuevas instalaciones, parque, urbanización, restauración y ampliación del conjunto ferial de Albacete del año 1972-73 de Manuel Carrilero de la Torre y colaboradores. De estos últimos, sólo realizada la nueva portada.

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El uso específico de la termografía infrarroja como técnica no destructiva permite el estudio de sistemas constructivos en edificios históricos (caracterización de materiales, disposición constructiva o identificación de elementos originales). Así, se muestra una aplicación práctica en templos en la provincia de Alicante construidos entre finales del siglo XVII y principios del xix, donde se analiza la complementariedad de las imágenes termográficas de 140 cúpulas (junto con datos recopilados in situ, dibujos originales y levantamiento de planos) como herramienta de estudio en fases de análisis previas a una restauración. En conclusión, la investigación detalla una aplicación termográfica al estudio de distintos aspectos como el reconocimiento de materiales empleados (90,71 % ladrillo macizo, 6,43 % ladrillo hueco y 2,86 % piedra), variaciones de espesor interior y exterior (75,71 % perfil apuntado, 17,86 % perfil semiesférico y 6,43 % perfil rebajado), caracterización de grietas/fisuras (estado de conservación) e identificación de cúpulas originales (96,43 %) o restauradas (3,57 %).

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Los mármoles comerciales "Marrón Imperial" y "Marrón Emperador" son dolomías brechoides que de acuerdo con la clasificación del MIA pertenece al Grupo C de mármoles comerciales. Se determinan sus parámetros petrofísicos según la norma UNE. Sus rasgos petrológicos se estudian mediante microscopio petrográfico de luz transmitida y microscopio electrónico de barrido (MEB) (en modo de electrones secundarios y electrones retrodispersados). Estas rocas son básicamente dolomías mesocristalinas con abundantes vénulas calcíticas politexturales relacionadas con procesos de brechificación y de dolomitización. Rasgos kársticos aumentan la complejidad petrológica de estas rocas ornamentales cuyo litosoma son las dolomías masivas del Cretácico Superior (¿Turoniense?) del dominio Prebético Externo. El material explotado pertenece a una alineación morfoestructural que va desde Jumilla hasta el NE de Caudete y está relacionado con la falla Jumilla-Yecla-Caudete-Font de la Figuera. La relación entre esta falla y las dolomías turonienses son el principal criterio de exploración de estas rocas ornamentales.

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El objetivo principal de este trabajo es analizar la contribución de los principales instrumentos de política ambiental existentes en México para la protección del patrimonio cultural, así como los efectos adversos del cambio climático en el patrimonio arqueológico. El análisis se enfoca fundamentalmente en dos instrumentos de política ambiental: la declaratoria de áreas naturales protegidas y el ordenamiento territorial. La premisa principal, derivada de lo observado en el caso mexicano, es que aun cuando la legislación en materia de monumentos y zonas arqueológicos no presenta un vínculo expreso con la del medio ambiente, por tratarse de ordenamientos independientes, dicha protección se produce de forma indirecta. La presente investigación destaca la importancia de dicha protección, aunque ésta sea en algunos casos, circunstancial. Del estudio detallado de las disposiciones legales en materia de medio ambiente y de patrimonio arqueológico y los instrumentos de política ambiental, a los que la legislación les otorga el carácter de utilidad pública, se deduce fundamentalmente la importancia de estos últimos por la protección que otorgan. La utilidad de dichos instrumentos en la presente investigación se hace evidente cuando, por su ubicación, una zona arqueológica queda dentro de un área natural sujeta a protección o de un ordenamiento territorial urbano o ecológico. Esta condición se vuelve determinante para que su protección se garantice, en el primer caso, a partir del polígono que se crea por disposición legal a través de una declaratoria mediante la cual se limitan, condicionan o prohíben actividades humanas para asegurar la restauración, protección y preservación de las condiciones naturales. Se crea un entorno de protección para zonas con características naturales relevantes en donde los ambientes han permanecido sin alteraciones por la actividad de los seres humanos y dentro de ellas quedan resguardados zonas o vestigios de interés arqueológico. En el segundo caso, en el área que abarca el ordenamiento, se ordenan o inducen el uso del suelo y las actividades productivas con lo que se consigue lograr la protección del medio ambiente, la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como la protección de los vestigios arqueológicos que quedan dentro del ordenamiento. En lo relativo a la legislación sobre patrimonio cultural, en forma independiente, también se expiden declaratorias a través de decretos que protegen una zona, por los vestigios que ahí se encuentran y en las que eventualmente se refieren al entorno natural circundante que en ocasiones, son coincidentes con las declaratorias ambientales. En este trabajo se analizan también los efectos adversos del cambio climático en el patrimonio arqueológico y las medidas de prevención, remediación y mitigación que se instrumentan para su salvaguardia. Las conclusiones principales muestran que en el caso de nuestro país, como se verá adelante, la legislación sobre patrimonio arqueológico no guarda relación directa con la legislación en materia ambiental, a pesar de lo profusa que es esta última, tanto a nivel federal como local. Asimismo, aun cuando no existe un instrumento, estrategia de planeación específica o un ordenamiento legal único y autónomo para la protección de los monumentos y zonas arqueológicos, desde el punto de vista ambiental, las áreas naturales protegidas y el ordenamiento territorial, como estrategias de política ambiental, coadyuvan a ese propósito.

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