28 resultados para Protección de cultivos


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El presente capítulo trata de situar el cambio de sensibilidad por el que la arquitectura moderna (del movimiento moderno: 1919-1979ca) pasa a ser considerada patrimonio arquitectónico y se estima su protección y conservación. Además se desarrollan las herramientas básicas para su documentación, como base para la protección: inventarios, guías y catálogos. Los inventarios como el listado de bienes exhaustivo, detallado y preciso de una arquitectura moderna que se define con cada aproximación y que contribuyó a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, una arquitectura urbana. Las guías como ejercicio propio de la cultura posmoderna para trazar itinerarios mediante mojones con los que atravesar un territorio dirigiendo la mirada y el conocimiento (paisajes en el espacio y momentos en el tiempo). Ni los inventarios ni las guías son instrumentos legales de protección, estos son los catálogos. Catálogos en tanto que documento de selección de los elementos a preservar como legado para las generaciones venideras (memoria e identidad) a partir de rigurosos inventarios.

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El aumento de la plantación de diversos cultivos destinados a la producción de biocombustibles representa en muchos territorios, principalmente en aquellos destinados a la agricultura y a la ganadería, un conflicto socioeconómico de excepcional relevancia, lo cual conlleva cambios profundos tanto en la evolución del paisaje como en la articulación del territorio. Con ello se pretende contribuir al debate sobre las repercusiones territoriales de los biocombustibles en el medio rural y en sus consecuencias socioeconómicas a diversas escalas.

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El objetivo principal de este trabajo es analizar la contribución de los principales instrumentos de política ambiental existentes en México para la protección del patrimonio cultural, así como los efectos adversos del cambio climático en el patrimonio arqueológico. El análisis se enfoca fundamentalmente en dos instrumentos de política ambiental: la declaratoria de áreas naturales protegidas y el ordenamiento territorial. La premisa principal, derivada de lo observado en el caso mexicano, es que aun cuando la legislación en materia de monumentos y zonas arqueológicos no presenta un vínculo expreso con la del medio ambiente, por tratarse de ordenamientos independientes, dicha protección se produce de forma indirecta. La presente investigación destaca la importancia de dicha protección, aunque ésta sea en algunos casos, circunstancial. Del estudio detallado de las disposiciones legales en materia de medio ambiente y de patrimonio arqueológico y los instrumentos de política ambiental, a los que la legislación les otorga el carácter de utilidad pública, se deduce fundamentalmente la importancia de estos últimos por la protección que otorgan. La utilidad de dichos instrumentos en la presente investigación se hace evidente cuando, por su ubicación, una zona arqueológica queda dentro de un área natural sujeta a protección o de un ordenamiento territorial urbano o ecológico. Esta condición se vuelve determinante para que su protección se garantice, en el primer caso, a partir del polígono que se crea por disposición legal a través de una declaratoria mediante la cual se limitan, condicionan o prohíben actividades humanas para asegurar la restauración, protección y preservación de las condiciones naturales. Se crea un entorno de protección para zonas con características naturales relevantes en donde los ambientes han permanecido sin alteraciones por la actividad de los seres humanos y dentro de ellas quedan resguardados zonas o vestigios de interés arqueológico. En el segundo caso, en el área que abarca el ordenamiento, se ordenan o inducen el uso del suelo y las actividades productivas con lo que se consigue lograr la protección del medio ambiente, la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como la protección de los vestigios arqueológicos que quedan dentro del ordenamiento. En lo relativo a la legislación sobre patrimonio cultural, en forma independiente, también se expiden declaratorias a través de decretos que protegen una zona, por los vestigios que ahí se encuentran y en las que eventualmente se refieren al entorno natural circundante que en ocasiones, son coincidentes con las declaratorias ambientales. En este trabajo se analizan también los efectos adversos del cambio climático en el patrimonio arqueológico y las medidas de prevención, remediación y mitigación que se instrumentan para su salvaguardia. Las conclusiones principales muestran que en el caso de nuestro país, como se verá adelante, la legislación sobre patrimonio arqueológico no guarda relación directa con la legislación en materia ambiental, a pesar de lo profusa que es esta última, tanto a nivel federal como local. Asimismo, aun cuando no existe un instrumento, estrategia de planeación específica o un ordenamiento legal único y autónomo para la protección de los monumentos y zonas arqueológicos, desde el punto de vista ambiental, las áreas naturales protegidas y el ordenamiento territorial, como estrategias de política ambiental, coadyuvan a ese propósito.

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Aunque existen numerosos mitos en torno a la protección de los refugiados que pueden desorientarnos y dificultar la búsqueda de soluciones, también tenemos la posibilidad certera de modificar el cuerpo legislativo de la UE para mejorar sus resultados para los Estados y para los refugiados.

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Aunque el número de solicitantes de asilo y refugiados en Europa y América Latina es muy diferente, Brasil y Ecuador están implementando una solución que podría marcar la pauta a la Unión Europea sobre cómo repartir la responsabilidad dentro de un mismo bloque regional.

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Si el desarrollo de la capacidad de protección tiene éxito, puede contribuir a establecer sistemas de asilo que conduzcan a la integración local.

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Los sistemas anticaída se establecen en UNE-EN-363 para evitar o retener caídas de personas sin que las fuerzas de retención causen daños relevantes. Constituyen el último recurso para prevención de caídas tras considerar otras medidas. Este artículo analiza las variables que afectan al comportamiento del sistema: altura de caída, longitud de cuerda de retención, rigidez y amortiguamiento del material de retención, y peso del operario. A tal fin, el fenómeno ha sido simulado con modelos dinámicos de elementos finitos mediante una cuerda elástica y un lastre rígido. Ello permite obtener valores verosímiles de las máximas fuerzas sobre el accidentado y el sistema durante el impacto. Los resultados demuestran el papel fundamental de la proporción entre altura de caída y longitud de cuerda (factor de caída), más determinante que la propia altura de caída. Las elevadas fuerzas máximas obtenidas indican la necesidad de incluir en el modelo absorbedores de energía elastoplásticos, en futuras investigaciones, con el fin de disminuir el impacto a valores razonables.

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En el presente artículo se analiza el contenido que difunde Esto es Guerra, el reality show peruano con alto índice de preferencia en la audiencia infantil durante el 2014, acusado de transmitir escenas con contenido sexual. El objetivo de esta investigación es determinar si existen rastros de material obsceno en este bloque televisivo y si este transgrede el Horario de Protección al Menor, reconocido en el marco legal peruano. Su justificación se enmarca en la escasez de estudios que se han realizado sobre realities en el Perú, los constantes pedidos de la sociedad para que este programa deje de transmitirse y las sanciones que ha recibido de parte de organismos estatales. La metodología empleada se basa en un análisis de contenido de la séptima temporada de Esto es Guerra, en el que se tendrán en cuenta los mensajes que transmiten los conductores y participantes a través de su comportamiento. La investigación determinó que el reality show de competencia presenta segmentos que podrían ser considerados como obscenos, aunque su duración es muy limitada y no representativa en relación a todo el programa.