32 resultados para Cristianismo y derecho


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El artículo trata de determinar las consecuencias que el brexit o salida del Reino Unido de la UE, o bien su permanencia, podrían tener en el cruce de la verja de Gibraltar.

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El derecho a la libre circulación y residencia han sido la clave de bóveda del proceso de integración europea, primero en la consecución del mercado interior y, desde su inclusión en el estatuto de ciudadanía europea, para el reconocimiento de un status jurídico común a todos los nacionales de los Estados miembros. Originariamente, las libertades comunitarias se concibieron sólo para los que ejercieran una actividad profesional, asalariada o no, en el territorio de la Comunidad. Esta postura se fue flexibilizando, ampliándose la libertad de circulación a ciudadanos que no ejercían actividades profesionales en el territorio de otro Estado miembro (estudiantes, jubilados, residentes y ciertos familiares). El desarrollo del proceso de integración europea, junto con la adopción de diversos actos jurídicos de Derecho derivado y la labor del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha favorecido una ampliación progresiva del ámbito personal de titularidad del derecho. La libre circulación de personas es una de las libertades básicas del mercado interior, cuyo contenido esencial implica un espacio sin fronteras interiores en el que esta libertad será garantizada conforme a las disposiciones del Tratado. Posteriormente, con la adaptación de la Directiva 2004/38/CE en los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros, se pretendía potenciar la movilidad intracomunitaria y transformar el mercado único en un espacio de libertad de circulación, residencia y trabajo por cuenta propia y ajena para los nacionales de los Estados miembros. Sin embargo, tal y como se pone de manifiesto en el presente trabajo, este derecho no es absoluto, puesto que la Directiva lo somete a condición. De este modo, el beneficiario debe ser económicamente activo en cualquiera de sus manifestaciones o debe disponer de los recursos económicos necesarios para no convertirse en una carga excesiva para el Estado de acogida. Resulta evidente que el contexto de la crisis económica, unido al incremento de la movilidad ha motivado las tendencias restrictivas del derecho de libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión Europea en el territorio de los Estados miembros.

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La tutoría es una herramienta metodológica muy útil tanto para los docentes como para los discentes. No obstante, esta utilidad se ve mermada en muchos casos por el incorrecto empleo que de la misma hace el alumnado. Por ello, hemos considerado oportuno analizar las principales deficiencias observadas en el uso de las tutorías tanto presenciales como virtuales, con el fin de elaborar unas directrices generales para conseguir que los alumnos/as utilicen correctamente esta herramienta desde el primer momento en que se incorporan a la Universidad. Para ello, se ha llevado a cabo un estudio comparativo entre las diversas asignaturas impartidas por los miembros de la Red con el fin de comprobar si los problemas detectados son comunes entre el alumnado de diferentes cursos, o si por el contrario sólo se deben a la inexperiencia de los estudiantes de los primeros cursos de grado.

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En el actual sistema de enseñanza universitaria, implantado por la Declaración de Bolonia, el alumno es el principal protagonista, debiendo tomar un papel activo y participativo en el proceso de enseñanza-aprendizaje. El profesor/a y el alumnado deben formar un equipo de trabajo, liderado por el primero, al objeto de alcanzar las competencias generales de cada titulación y las específicas que tiene asignada cada asignatura. Uno de los aspectos más complejos de este proceso formativo universitario es el relativo a la evaluación del grado de adquisición de competencias por parte del alumnado. El docente debe determinar en qué medida el estudiante posee una determinada competencia, es decir, el grado de adquisición de los conocimientos, de las conductas y aptitudes que deberá poner en práctica en el desempeño de su futura actividad profesional. En relación con lo anterior, el presente trabajo tiene por objeto analizar las experiencias docentes implementadas en diversas asignaturas del primer curso del Grado en Derecho a fin de examinar diferentes métodos que permiten evaluar la asunción de competencias a través de la participación activa del estudiante.

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Antecedentes/Objetivos: La distancia de la equidad de género entre los países mejor y peor posicionados ha crecido. España ha empeorado relativamente. La evidencia sugiere que la situación social de las mujeres influye en la salud de ambos sexos y varía al interior de los países. Objetivo: determinar la evolución de la equidad de género en España entre 2006 y 2011. Métodos: Estudio ecológico sobre la equidad de género en España y CC.AA, mediante el cálculo del Índice de Equidad de Género modificado (IEGm) en 2006 y 2011: Diferencias entre las proporciones en hombres (H) y mujeres (M) en educación, economía y empoderamiento (–1: inequidad para las M, 0: equidad y 1: inequidad para los H). Cálculo convergencia beta (): –1: convergencia, 1: no convergencia, mediante correlación de Spearman () entre el valor del IEGm de las CC.AA para 2006 y sus Tasas de crecimiento (TC). Convergencia cuando las CCAA con menor IEGm mejoran más rápido que las más equitativas, en 2011 respecto a 2006. Cálculo convergencia sigma (): 0: convergencia, 1: no convergencia, mediante resta de las desviaciones medianas de las CC.AA en 2006 y 2011. Indica la dispersión de los valores de equidad de género de las CC.AA en 2011 respecto a 2006. Convergencia: valor de 2011 < que en 2006. Resultados: Todas las CC.AA han mejorado su IEGm en 2011 excepto País Vasco (TC = –0,007 × año), Extremadura y Murcia: –0,003 y Canarias: –0,001. No se detecta que las CC.AA. de menor IEGm tengan mayor crecimiento o viceversa (= –0,345, p = 0,2). Pero País Vasco pasa de ocupar la 1ª posición en 2006 a la 11ª, y Navarra que era quien menor IEGm tenía en 2006 (–0,184), en 2011 es la que más mejora (0,018): de 17ª a 5ª posición. En 2011, Galicia, que estaba en la 5ª posición (–0,120), es la CC.AA más paritaria (–0,049), y Murcia la menos (–0,184). En todo caso, la dispersión de los valores del IEGm de las CC.AA no ha variado en 2011 respecto a 2006 (= 2,6 en ambos años). La brecha de género de empoderamiento marca el patrón del IEGm de España en ambos años, en 2011 desfavorable a las M en todas las CC.AA. Aquellas con mejor brecha de género en empoderamiento en 2006 han empeorado en 2011, y las de mayor la han reducido (: –0,574 p = 0,02), implicando reducción en la dispersión entre CC.AA. (= 0,2). Conclusiones: Pese a que la equidad de género no ha crecido en España como en otros países en 2011 respecto a antes de la crisis económica, ésta es alta, al ser sus valores próximos a 0. Tiene un patrón coincidente con el del empoderamiento político, lo que explica el descenso del País Vasco, modelo de desarrollo de género en España, y lo que es importante: la inequidad sigue desfavorable a las mujeres.

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Antedecentes: El Índice de Equidad de Género (IEG) fue diseñado por Social Watch en 2004, para contribuir a la promoción de la equidad de género y la autonomía de las mujeres, a nivel mundial. Al no contener ninguna dimensión de salud, este índice proporciona una oportunidad para probar la influencia de las relaciones de género en los patrones de salud y enfermedad. Sin embargo, como los valores más altos que la unidad se truncan a 1, la inequidad desfavorable a los hombres no puede ser calculada ni evidenciada. Como resultado, este instrumento de medición está en conflicto con los objetivos con los que fue creado. Objetivo: Proponer una versión refinada del IEG (IEG modificado [IEGm]) que permite poner de manifiesto las inequidades que afectan a ambos sexos, proporcionando una medición más justa de la inequidad. Método: En lugar de calcular las diferencias de género en las tres dimensiones del IEG (educación, actividad económica y el empoderamiento) por medio de un cociente de proporciones, el IEGm compara dichas proporciones en términos absolutos (diferencias en las proporciones). El IEGm oscila entre -1 (la inequidad hacia las mujeres), 0 (equidad) y 1 (inequidad hacia los hombres), a diferencia del IEG que oscila entre 0 (inequidad hacia las mujeres) y 1 (equidad) Resultados: Las clasificaciones de los países de acuerdo con el IEG y los valores IEGm muestran una alta correlación (coeficiente de rango=0,95). Sin embargo, se observa una mayor dispersión en el IEGm (43,8%) que en el IEG (19,27%). El método modificado del cálculo del IEG detecta la existencia de inequidad en la brecha de la educación, desfavorable para los hombres (coeficiente de rango = 0,36). Muchos países comparten el mismo valor absoluto de la brecha de educación, pero con signos opuestos [Azerbaiyán (-0.022) y Bélgica (0,022)], lo que refleja la inequidad hacia las mujeres y hombres, respectivamente. Esto también ocurre en la componente de trabajo técnico y profesional de la dimensión de empoderamiento [Brunei Darussalam (-0.120) frente a Australia, Islandia, Canadá y EE.UU (0.120)]. Conclusiones: El método modificado del Índice de Equidad de Género tiene utilidad potencial de ampliar los estudios de género y salud hacia los determinantes estructurales de la salud. Permite un control más estricto de la aplicación adecuada de las políticas para corregir las desigualdades sistémicas hacia las mujeres y, si llegase a ocurrir, hacia los hombres.

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Resulte incuestionable que, en la actualidad, el Turismo constituye un complejo fenómeno con perfiles complejos y heterogéneos dentro del cual son abordados ámbitos muy diversos (económico, jurídico, político, cultural…). De forma inicial, dentro de la pluralidad de las relaciones que circunscriben el mismo, presentan especial transcendencia las conectadas, en mayor o menor grado, con la gestión y el alojamiento turístico. Lo que hace medio siglo resultaba inimaginable o, casi extravagante, constituye hoy una circunstancia común y frecuente en el escenario propuesto, de forma particular, dentro del complejo y escasamente analizado ámbito de la gestión hotelera. Al hilo de lo expresado, en este trabajo se analizará, partiendo del supuesto de que la colaboración interempresarial en el sector turístico puede sustentarse en capital o en relaciones contractuales, sus esenciales trazos conformadores (gestor hotelero y titular del hotel gestionado) sobre los cuales poder elaborar un concepto ordenado y de subsunción del mismo como paso previo para la fijación de su régimen jurídico básico. Con idéntico tenor, se discutirá la posibilidad de integración del hotel determinado en las grandes cadenas hoteleras, la utilización de su know-how estandarizado y marca propia. Finalmente, será estudiada su incidencia en las grandes cadenas hoteleras al objeto de valorar su expansión tanto desde un punto de vista nacional como internacional.

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En los últimos años hemos asistido al desarrollo del fenómeno del turismo colaborativo con carácter general y del alojamiento colaborativo de forma particular. La generalización de la contratación a través de internet y su acceso desde dispositivos móviles ha permitido que plataformas como airbnb o homeaway multipliquen su número de usuarios, tanto en el ámbito de los huéspedes o viajeros como en el de los anfitriones. Pese al desarrollo económico al que se ha hecho referencia, existe un gran vacío respecto a la regulación del fenómeno del alojamiento colaborativo. Pues bien, el objeto de la presente comunicación consiste en realizar una primera aproximación al régimen legal de las distintas relaciones que se producen entre los diversos individuos involucrados en este tipo de contratación. Hasta el momento se ha producido dos tipos de acercamientos. Por un lado se ha asimilado este tipo de relaciones al contrato de hospedaje; por otro, también se ha tratado de asimilar este tipo de contratos al arrendamiento de vivienda de corta duración. La adscripción a uno u otro tipo de contrato resulta de la mayor importancia, pues determinará de forma diametralmente distinta los derechos y obligaciones que corresponden tanto al viajero como anfitrión, sin perder de vista las obligaciones legales que corresponden a la plataforma que facilita la contratación.

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La investigación trata sobre un supuesto caso de desaparición de una estudiante universitaria de 18 años, por lo que su padre acude a la agencia de detectives para conocer el paradero de su hija. Durante la investigación se descubre que la investigada se ha introducido en una secta destructiva a la cual ha donado todos sus bienes, dejando así sus amistades, estudios, familia que tenía antes de entrar en la secta. Los detectives durante varias semanas, realizarán seguimientos, recabarán información para poder llegar a comprobar dónde se encuentra la investigada. Finalmente se constata que es una secta ilegal, tiene constituida una sociedad pantalla apropiándose de los bienes de los adeptos de dicha secta, mediante el engaño. Una vez que se constata la constancia de delitos los detectives se pondrán en contacto con las autoridades pertinentes finalizando así la investigación.

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Este trabajo trata sobre dos investigaciones para el mismo cliente, “JORDÁ CONFECCIONES”. La primera investigación es un peritaje textil para comprobar si unas prendas de ropa están hechas con el mismo tejido que el producido por nuestro cliente, con el fin de relacionarlas con unos tejidos que le han desaparecido del almacén. Tras los resultados, el cliente nos contrata, otra vez, para determinar quién le sustrae el material y si trabaja en su empresa, en tal caso, podrá usar nuestro informe para los procedimientos legales pertinentes.

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Perspectiva criminológica de análisis de los elementos, la jurisprudencia penal y la doctrina científica de diversos tipos penales regulados en el Derecho penal positivo, en este caso, de los delitos de agresión sexual, abuso sexual y acoso sexual. En la actualidad son múltiples las noticias que dan a conocer supuestos de agresiones sexuales, destacando al respecto que técnicamente existe agresión sexual (que puede manifestarse de múltiples formas) cuando se atenta, con violencia e intimidación, contra la libertad sexual de una persona.

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La red tenía por objeto llevar a cabo un especial seguimiento del grupo on line del Grado en Criminología que se imparte en la titulación y para el que son necesarios esfuerzos de coordinación adicionales y métodos docentes específicos a la docencia no presencial. Así, la red ha constituido un espacio de reflexión sobre docencia no presencial, que ha dado como resultado la adopción e implementación de acciones de mejora.