3 resultados para Ley de Educación Superior


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El presente artículo tiene como finalidad identificar el alcance del principio de no discriminación de las personas en situación de discapacidad dentro del ámbito de la educación superior en Colombia, partiendo de un análisis riguroso, que inicia con una precisión del alcance y contenido del principio de no discriminación, continúa con la caracterización del panorama general del concepto de discapacidad y su evolución histórica, para finalmente desarrollar la incorporación de la normatividad internacional en el contexto colombiano y el correspondiente debate en torno a la educación superior inclusiva.

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Debido al marco jurídico actual, en los últimos años, el sistema educativo costarricense ha experimentado cambios significativos, tanto en los niveles internacional como nacional. Estos van desde la promulgación de la Ley 7600 Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad en Costa Rica (Costa Rica, Asamblea Legislativa,1996) hasta el planteamiento de la Ley 8661 Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Costa Rica, Asamblea Legislativa, 2008).

Por lo anterior, el espacio temporal en el que emergió el Proyecto UNA Educación de Calidad, en 1998 y el contexto en el cual estaba inmerso el Sistema Educativo Nacional, particularmente, en el ámbito universitario, la propuesta pedagógica que se presenta da muestra de una transición entre el modelo rehabilitador y el modelo social, específicamente, dentro de cada uno de estos, el respectivo abordaje educativo, que abarca desde los procedimientos de la integración a los de la educación inclusiva.

Desde esta perspectiva, se presenta las vivencias y estrategias desplegadas desde el Proyecto UNA Educación de Calidad. El fin es proporcionar apoyo y seguimiento, en su formación profesional, a un grupo de la diversidad, constituido por los estudiantes con necesidades educativas matriculados en la Universidad Nacional. De esta forma, se pretenden hacer efectivos sus derechos de acceder a una educación superior de calidad, de acuerdo con sus características personales y sociales, y promover su permanencia e inserción socio-laboral.

Los retos que impone la atención a la diversidad en el contexto universitario son un desafío plasmado en el quehacer cotidiano del Proyecto UNA Educación de Calidad. Estas transformaciones se vislumbran en la constante reconstrucción de las estrategias utilizadas, al tener, como aspectos esenciales, el empleo de equipo tecnológico y programas de computación especializados. Estos les permitirán a los estudiantes acceder a la información y a la comunicación; la asesoría y la capacitación de los académicos y del personal administrativo; el establecimiento de estrategias de apoyo colaborativo entre los miembros de la comunidad universitaria, así como, la búsqueda de cooperación en el ámbito nacional e internacional para el desarrollo de nueva iniciativas.

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La revisión de los perfiles profesionales relacionados con la lengua de signos española y su formación es una de las acciones más relevantes del CNLSE, en sintonía con la Estrategia de Actuación 2011 – 2016 aprobada por el Consejo Rector del CNLSE y según lo dispuesto en la Ley 27/2007 en sus disposiciones adicionales cuarta y quinta. Dado el marco normativo, especialmente las mencionadas disposiciones, se crea una Comisión de Trabajo, coordinada por el Real Patronato sobre Discapacidad a través del CNLSE, a fin de realizar una propuesta básica de formación universitaria de intérpretes de lengua de signos española y guías intérpretes de personas sordociegas. Esta Comisión tiene como objeto de trabajo contribuir a la creación de un marco común de consenso que facilite la necesaria toma de decisiones por parte de los distintos agentes implicados con el fin de reubicar la formación de los profesionales de la interpretación de la lengua de signos española y guía interpretación de personas sordociegas dentro del sistema educativo español para responder ajustadamente a las necesidades de los usuarios, los profesionales y los agentes prestadores del servicio. Se elabora este documento al servicio de las universidades para que puedan incorporar estos planes de estudios, y con el ánimo de orientar el proceso de verificación por el Consejo de Universidades y a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o al correspondiente órgano de evaluación en la elaboración de su informe de evaluación, incluso para que sea tenido en cuenta por las administraciones educativas y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).