4 resultados para Sujeto de Derecho

em Repositorio Institucional Universidad de Medellín


Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

La constitución política en su artículo primero ha establecido el modelo político en el cual se enmarca el Estado Colombiano, precepto que por su prevalencia normativa, se convierte en fundamento de todo actuar y que se expresa así: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. La introducción de este nuevo modelo político implica un cambio radical en la forma de concebir el Estado, ante la pérdida sacramental del texto legal entendido como emanación de la voluntad popular y la mayor preocupación por la justicia material y por el logro de soluciones que consulten la especificidad de los hechos (M.P. BARÓN, Ciro., 1992), situación que conviene un cambio de pensamiento en la elaboración de las normas y que a partir, de 1991 debe consultar su impacto en la solución de los problemas que aquejan la sociedad. Consecuente con lo anterior, el sistema tributario, no puede ser ajeno a los postulados incluidos en el artículo primero de la constitución política atrás citado, y en tal sentido la Asamblea Constituyente, aunque en su momento no acogió las recomendaciones dadas por el Instituto Colombiano de Derecho Tributario, en el sentido de incluir un artículo que dijera que los tributos debían fundarse en la capacidad económica del sujeto pasivo, si consagró en su artículo 363 que el sistema tributario debía fundarse en los principios de equidad y progresividad, entre otros (BRAVO, 1997). Es aquí donde se centra el presente proyecto de investigación, que busca indagar por el principio de progresividad, que por efecto metodológicos se limitara a las pyme, específicamente en la pequeña empresa, aquella con planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores y activo total entre quinientos un (501) y menos de cinco mil un (5.001) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Estas personas jurídicas, se ven abocadas a una fuerte carga impositiva directa, en el cual el impuesto de renta recobra relevancia, haciéndose necesario analizar su impacto a las luces de la nueva reforma, a efecto de vislumbrar la efectiva materialización del principio de progresividad o por si el contrario los recientes cambios normativos han contradicho el mandato impuesto en la Constitución política en cuanto al respeto que debe contener toda norma en materia tributaria, en cuanto al principio objeto de estudio.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Una de las virtudes que se le han atribuido a la justicia transicional en los países donde se ha implementado es su capacidad de fortalecer las instituciones y contribuir con el afianzamiento de la democracia. Una de las maneras de potenciar tanto la democracia como el restablecimiento de las víctimas ha sido propiciar su participación dentro de los procesos de justicia transicional y otras políticas públicas cuya finalidad es propender por las garantías de sus derechos. No obstante, la participación democrática de las personas está mediada por la calidad que se les otorga a los sujetos que participan. El objeto de este texto es proponer la necesidad de tener un debate acerca de las implicaciones que trae la forma en que se concibe a las “víctimas” en su participación dentro de procesos de reparación. Este documento concluye poniendo en consideración algunos puntos que podrían hacer parte del debate sobre la conceptualización de víctima y su participación.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Este ensayo pretende discutir los modos de subjetivación propuestos por Michel Foucault y los derechos humanos. Tomando esas implicaciones Faucaultianas del cuidado de sí mismo y de una estilización de la existencia de la constitución en nuestras vidas, es posible substituir el llamado a lo universal y lo esencial por formas más disonantes de subjetivación, significativamente más singulares. Este ensayo se enfocó en un referencial bibliográfico que contempla obras de Foucault y obras sobre el autor, sobre derechos humanos, sin perder de vista las implicaciones practicas y las experiencias del campo jurídico. Sin embargo, la percepción de las insuficiencias de la teoría tradicional de los derechos humanos de encarar las diferencias de la subjetividad y de promover la autonomía y la emancipación de los sujetos, evidencia el motivo por el cual buscamos elementos nuevos de la subjetividad en la filosofía de Foucault y en una teoría critica de los derechos humanos..

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Partiendo de la citación que de algunas tendencias o corrientes actuales de la Filosofía del Derecho hace de profesor Alberto Vélez Rodríguez en sus novela ORESTES, en el presente artículo se intenta hacer una primera aproximación, con algunas inquietudes, a la versión homogeneizante, acrítica, ligera (Light) e inhumana que el capitalismo (con sus consecuencias en Derecho y en la Filosofía del Derecho) se nos está imponiendo en esta condición histórica llamada posmodernidad. El presente artículo pretende mostrar que las llamadas corrientes o teorías posmodernas (Rorty, Lyotard y otros) en el Derecho señalan, en realidad, una condición histórica, un momento del tiempo social humano, habitando por un sujeto débil (Vattimo). A la producción de este sujeto débil contribuyeron, prácticamente, todas las corrientes iusfilosófica, excepto aquellas que critican y desenmascaran las ideologías que servilmente apoyan el proyecto neoliberal y de economía de mercado como ideal de la sociedad. Se enfrenta, de este modo, en una primera instancia, el llamado capitalismo salvaje a cualquier otro proyecto alternativo por ejemplo el capitalismo con rostro humano que permitiese una defensa, aunque sea débil del interés humano (individual y social). El presente artículo pretende mostrar que las llamadas corrientes o teorías posmodernas (Rorty, Lyotard y otros) en el Derecho señalan, en realidad, una condición histórica, un momento del tiempo social humano, habitando por un sujeto débil (Vattimo). A la producción de este sujeto débil contribuyeron, prácticamente, todas las corrientes iusfilosófica, excepto aquellas que critican y desenmascaran las ideologías que servilmente apoyan el proyecto neoliberal y de economía de mercado como ideal de la sociedad. Se enfrenta, de este modo, en una primera instancia, el llamado capitalismo salvaje a cualquier otro proyecto alternativo por ejemplo el capitalismo con rostro humano que permitiese una defensa, aunque sea débil del interés humano (individual y social).