11 resultados para PROCEDIMIENTO PENAL - COLOMBIA

em Repositorio Institucional Universidad de Medellín


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No se encuentra ni en la legislación, ni en la doctrina referente alguno que haga alusión a los presupuestos legales y constitucionales para la calificación jurídica de un preacuerdo, ni hay un análisis sobre la importancia que reviste la figura de los preacuerdos a la luz del debido proceso legal y constitucional que integra en especial el principio de legalidad.

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Es necesario determinar de forma precisa los criterios que tiene en cuenta la Sala de Asuntos Preliminares de la CPI para la admisión de una situación, realizando una descripción de los mismos y examinando como ha operado cada uno de ellos dentro del examen de admisibilidad de las cuatro investigaciones que actualmente adelanta la CPI.

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Los códigos de procedimiento penal que precedieron al actual, es decir, a la Ley 906 de 2004, han mostrado una significativa evolución en materia de medidas alternativas para la solución de conflictos, pero, habida cuenta de que el modelo que orientó la expedición de los estatutos anteriores fue el inquisitivo o el formal acusatorio, en su normativa no se encuentran instituciones equivalentes a los preacuerdos cuyo desarrollo es propio de los sistemas acusatorios. Dentro de un sistema penal acusatorio, los mecanismos de solución alternativa de conflictos permiten hacer más ágil el trámite del proceso penal, por cuanto la sentencia proferida después de haberse agotado la totalidad de las etapas procesales no es la única forma de terminación del proceso, sino que se admiten otras formas que podrían denominarse anormales o atípicas por permitir una conclusión precoz de la actividad procesal.

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Estamos ante la segunda edición, ampliada y corregida, del libro CAUSAS CÉLEBRES Y DERECHO, texto integrado por cinco trabajos de destacados iushistoriadores. El primero es del profesor italiano Aldo Mazzacane, titulado la "Literatura, proceso y opinión pública: recuento de causas célebres entre el bello mundo, abogados y revolución". Le sigue el escrito del profesor español Esteban Conde, denominado" La exigua celebridad de las causas en la España del setecientos". El tercero es del profesor español Jesús Vallejo, llamado "Justicia en casos: garantía, código y prueba en el procedimiento penal decimonónico". Continúa el realizado por el profesor colombiano Andrés Botero que responde al nombre de "El crimen del Aguacatal: los relatos de causas célebres en el taller del iushistoriador". Y, para finalizar, el profesor español Carlos Petit con el trabajo denominado" La célebre causa del crimen de Fuencarral: Proceso penal y opinión pública bajo la Restauración". Se trata, pues, de cinco trabajos que articulan -en la historia-la prensa, la opinión pública, el proceso y el derecho, convirtiéndose en un valioso texto tanto para la iushistoria como para la historia de la literatura y de los medios de comunicación.

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El reconocimiento de la crisis por el que atravesaba el sistema de administración de justicia Colombiano, permitió concluir como verdad contundente, la crisis del principio de legalidad para la persecución del delito y de la pena de prisión como principal respuesta frente al delito ejecutado, de manera que resultó necesario buscar otras soluciones, plateándose el legislador colombiano, la consagración del principio de oportunidad, que en aplicación de un derecho penal mínimo, fragmentario y de última ratio, permitiera interrumpir, suspender o renunciar al ejercicio de la acción penal, diseñando un nuevo modelo de investigación, imprimiendo mayor celeridad, rebajando los costos y el empleo de recursos, lo que conlleva activar la persecución penal hacia los delitos más graves y perseguir las organizaciones criminales sin descuidar los fines del Estado Social y Democrático de Derecho. La aplicación del principio de oportunidad no puede implicar el desconocimiento de los derechos de la víctimas, pues si bien es cierto que se trata de un medio a través del cual la Fiscalía puede renunciar al ejercicio dela acción penal, suspenderlo o interrumpirlo, su ejercicio debe ser compatible con el mandato constitucional que implica el respeto a los derechos de la víctimas de las conductas delictivas.

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La nueva tendencia socio jurídica se inclina al establecimiento de Estados en los cuales todo esté supeditado a la Ley y se implementen principios y derechos fundamentales en las constituciones políticas, todo lo cual los lleva a que se les denomine Estado democrático y social de derecho. Eso conduce a que en materia jurídico penal se adopte el sistema acusatorio, sustituyendo al inquisitivo que imperó por muchos años. De otra parte, ha surgido la idea de la integración entre los países relacionados histórica, geográfica y culturalmente y ello abarca una comunidad económica, jurídica y política en el ámbito internacional. En este estudio, se analiza comparativamente el tratamiento que legal, doctrinal y jurisprudencialmente se da en países vecinos como Colombia y Venezuela, a las pruebas documental, pericial y testimonial, para apreciar sus diferencias y similitudes. Con esa comparación, se llegó a la conclusión de que en ambos países se adopta el sistema acusatorio, con la abolición del mixto inquisitivo, se sustituye la prueba tarifada por la apreciación según la sana crítica y se incita a un estudio más amplio en otras pruebas y aspectos procesales, llevados, incluso, a otros países del continente. Con todo ello, se pretende abrir una puerta a nuevas investigaciones en ese sentido, para poder comprender cuál es la verdadera tendencia en la América del Sur en materia probatoria penal, para ampliarla a los recursos, incluso Casación y con los aciertos y desaciertos de cada legislación, llevar a hacer perfectible el sistema que verdaderamente garantice los derechos humanos.

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El artículo aborda el dilema de la justicia transicional desde la perspectiva del derecho constitucional vigente en Colombia. El propósito es presentar cómo dicho marco constitucional puede responder a la aplicación de la justicia transicional, en especial en relación con el problema de la responsabilidad penal de quienes cometieron atrocidades durante el conflicto armado, dentro de un proceso de diálogo y negociación. En otras palabras, el presente escrito está enfocado en presentar cuáles son los mecanismos previstos en la Constitución colombiana para resolver la tensión generada entre el derecho a la paz y a la justicia en un proceso transicional, cómo deben ser interpretados y cuáles son las implicaciones de sus usos.

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En el presente texto, titulado La investigación jurídica en el derecho contemporáneo en Colombia, se pretende presentar a la comunidad académica e investigativa algunos de los artículos expuestos en el primer simposio mencionado, organizado por el Grupo de investigaciones jurídicas adscrito al Centro de Investigaciones dentro del marco de las VIII jornadas Nacionales de investigación y I internacionales, realizadas entre el 28 y el 30 de agosto de 2007, por la Universidad de Medellín. El texto se divide en dos tomos: en el primero de ellos se presentan los resultados de las siguientes mesas temáticas: Derecho penal: Una dogmática penal colombiana: ¿Posibilidad o realidad Fundamentos y alcances; Derecho laboral; Derecho privado: La injusticia contractual? En el segundo tomo, se presentan los resultados de las mesas temáticas: Una contextualización del neoconstitucionalismo en Colombia, y análisis críticos al derecho.

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En la discusión sobre el aborto se oponen dos problemas importantes: uno es el moral y otro es el problema jurídico. En relación con el juicio moral sobre el aborto, en un país pluralista como Colombia, cada persona tiene concepciones morales muy diferentes y debe ser cada una quien las resuelva individualmente. Es individualmente la mujer considerada como persona, con derechos a un libre desarrollo de la personalidad, con libertad de elegir el camino que debe seguir y libre de elegir el culto o religión, quien debe valorar el fruto de la concepción y tomar las decisiones que la afecten o la beneficien. Otro es el problema jurídico. La ley que penaliza el aborto en Colombia aparece como una legislación poco eficaz, por cuanto en vez de disminuir los abortos, los aumenta cada vez más y genera condiciones inseguras para la salud de la madre. Las mujeres que se plantean el aborto como una opción en sus vidas se enfrentan a la carga moral de la ilegalidad y a la desprotección del Estado, lo que atenta gravemente contra sus derechos fundamentales y acarrea el peligro de que una mala práctica del aborto les provoque una infección o hasta la muerte. El libro considera que la despenalización del aborto, por lo menos en el primer trimestre del embarazo, aparte de garantizar los derechos fundamentales de las mujeres, ayudaría a disminuir abortos clandestinos y con ello se salvarían miles de vidas.

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La concepción originaria de la Corte Constitucional, respecto de si el nasciturus es poseedor o no del derecho absoluto a la vida, ha ido cambiando gradualmente a medida que han ido pasando las sentencias que han estudiado el tema. En un principio, se consideraba esta idea como absoluta, al punto de no permitir en ningún caso el atentado contra el nasciturus. Pero la idea ha ido cediendo, y hoy se considera que no se debería punir cuando una mujer se encuentre en extraordinarias circunstancias anormales de motivación y, además, desde el momento en que haya sido víctima de acceso carnal, inseminación o transferencia de óvulo no consentido y malformación grave del feto. Esta posición, llegó a despenalizar parcialmente el delito de aborto, aceptando que el derecho a la vida del nasciturus no es absoluto y por eso en ocasiones debe ceder frente a los derechos de la mujer. Por ello, para una mejor comprensión de la última decisión de la Corte Constitucional en materia de aborto, se analizara, en un primer capítulo, la penalización del aborto en Colombia, antes de evidenciar, en un segundo capítulo, las ventajas y los límites de la Jurisprudencia que despenaliza parcialmente el aborto en el país. Por último en un tercer capítulo, la tendencia mundial hacia la despenalización de la conducta del aborto.

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Este año el libro colectivo presenta como énfasis especial, las Reformas procesales en Colombia y en el mundo, en el que se encontrarán discusiones que vinculan el estudio de las reformas procesales en las áreas civil, penal, laboral y aquellas que impactan en el estudio del derecho probatorio. En el libro, tanto los estudiantes, como los abogados en ejercicio y los estudiosos del derecho procesal, encontrarán pensamiento críticos sobre las reformas procesales en la Contemporaneidad que sugieren las siguientes reflexiones: ¿Cómo se inserta en el debate de las reformas y su implementación la garantía de los derechos constitucionales? ¿Todas las reformas velan por la protección de las garantías que integran el debido proceso? Las reformas constantes que trazan los legisladores, ¿son la respuesta siempre necesaria para procurar la justicia material? La fallida o retardada implementación de las reformas procesales en correlación son los objetivos propuestos, ¿debe intervenirse con nuevas reformas? ¿Cómo cada reforma debe consultar las necesidades del contexto y de la región? ¿En qué forma las reformas procesales también impactan en el estudio del derecho probatorio? Las reformas procesales ¿implican un acercamiento de los sistemas jurídicos tradicionales de derecho legislado y derecho jurisprudencial? o ¿conllevan el desplazamiento de un sistema hacia otro sistema? ¿De qué manera la oralidad se ha introducido en las reformas procesales, cuáles han sido las ventajas y desventajas? ¿Cómo se evalúa la implementación de las reformas procesales en las diferentes áreas? ¿Cómo se transforma el rol del juez a partir de las reformas procesales y cómo impactan en sus poderes-deberes? ¿En qué consiste el denominado “nuevo rol” que deben asumir las partes y el juez en el proceso?