8 resultados para Derecho-Filosofía-Ensayos, conferencias, etc

em Repositorio Institucional Universidad de Medellín


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Partiendo de la citación que de algunas tendencias o corrientes actuales de la Filosofía del Derecho hace de profesor Alberto Vélez Rodríguez en sus novela ORESTES, en el presente artículo se intenta hacer una primera aproximación, con algunas inquietudes, a la versión homogeneizante, acrítica, ligera (Light) e inhumana que el capitalismo (con sus consecuencias en Derecho y en la Filosofía del Derecho) se nos está imponiendo en esta condición histórica llamada posmodernidad. El presente artículo pretende mostrar que las llamadas corrientes o teorías posmodernas (Rorty, Lyotard y otros) en el Derecho señalan, en realidad, una condición histórica, un momento del tiempo social humano, habitando por un sujeto débil (Vattimo). A la producción de este sujeto débil contribuyeron, prácticamente, todas las corrientes iusfilosófica, excepto aquellas que critican y desenmascaran las ideologías que servilmente apoyan el proyecto neoliberal y de economía de mercado como ideal de la sociedad. Se enfrenta, de este modo, en una primera instancia, el llamado capitalismo salvaje a cualquier otro proyecto alternativo por ejemplo el capitalismo con rostro humano que permitiese una defensa, aunque sea débil del interés humano (individual y social). El presente artículo pretende mostrar que las llamadas corrientes o teorías posmodernas (Rorty, Lyotard y otros) en el Derecho señalan, en realidad, una condición histórica, un momento del tiempo social humano, habitando por un sujeto débil (Vattimo). A la producción de este sujeto débil contribuyeron, prácticamente, todas las corrientes iusfilosófica, excepto aquellas que critican y desenmascaran las ideologías que servilmente apoyan el proyecto neoliberal y de economía de mercado como ideal de la sociedad. Se enfrenta, de este modo, en una primera instancia, el llamado capitalismo salvaje a cualquier otro proyecto alternativo por ejemplo el capitalismo con rostro humano que permitiese una defensa, aunque sea débil del interés humano (individual y social).

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Este libro docente da cuenta de temas como el valor de la enseñanza de la filosofía del derecho, si existe o no una ciencia del derecho, el iusnaturalismo en la historia de las ideas jurídicas, los movimientos jurídicos más relevantes en el siglo XIX, si existe o no una teoría marxista del derecho, las ideas más importantes de la teoría pura del derecho, el realismo jurídico estadounidense y escandinavo, la relación sistema-eficacia-vigencia en el derecho, la filosofía del derecho en Norberto Bobbio, el enfrentamiento entre el positivismo suave y el no-positivismo, el neocostitucionalismo, la postura de Rawls en torno al derecho, la filosofía del derecho en Habermas, la teoría comunicacional del derecho y, por último, las relaciones entre historia-sociedad-derecho.

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La presente obra desarrolla, en lo esencial, los cursos universitarios de la asignatura Derecho de Sucesiones, mediante el tratamiento, en lenguaje sencillo y en buen parte ejemplificado, de las principales instituciones de la materia, con gráficos ilustrativos y cuadros comparativos. Se compone de veinte capítulos que se destinan, por medio de una introducción, al conocimiento general del derecho de sucesiones, y a partir de ese fundamento, a la delimitación y explicación de la regulación legal y del concepto de la jurisprudencia colombiana sobre el derecho de herencia, de las facultades y beneficios de los asignatarios y de los acreedores del causante, de la transmisión del derecho de aceptar o repudiar una asignación, del derecho de representación que tiene lugar en la sucesión intestada, de los órdenes hereditarios y de todas las instituciones de la sucesión testada, el testamento, sus clases, sus solemnidades y validez, sus cláusulas, las asignaciones testamentarias, los derechos que concurren en una sucesión de esa especie, etc. Igualmente, se exponen los principales asuntos relativos a la partición y a las donaciones.

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La presente obra desarrolla, en lo esencial, los cursos universitarios de la asignatura Derecho de Sucesiones, mediante el tratamiento, en lenguaje sencillo y en buen parte ejemplificado, de las principales instituciones de la materia, con gráficos ilustrativos y cuadros comparativos. Se compone de veinte capítulos que se destinan, por medio de una introducción, al conocimiento general del derecho de sucesiones, y a partir de ese fundamento, a la delimitación y explicación de la regulación legal y del concepto de la jurisprudencia colombiana sobre el derecho de herencia, de las facultades y beneficios de los asignatarios y de los acreedores del causante, de la transmisión del derecho de aceptar o repudiar una asignación, del derecho de representación que tiene lugar en la sucesión intestada, de los órdenes hereditarios y de todas las instituciones de la sucesión testada, el testamento, sus clases, sus solemnidades y validez, sus cláusulas, las asignaciones testamentarias, los derechos que concurren en una sucesión de esa especie, etc. Igualmente, se exponen los principales asuntos relativos a la partición y a las donaciones.

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Una vez más se presentan al público las memorias del Seminario Internacional de Teoría General del Derecho (más conocido como "TGD") que ya cumple su quinta versión. Estos eventos, a pesar de su modestia en recursos, han mostrado una gran riqueza académica y, por tanto, dialéctica. La quinta versión de este seminario estuvo dedicada al tema de la tolerancia y el derecho. Así, el 12 y 13 de marzo de 2010, en las instalaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín, se dieron cita varios profesores que, desde diversas ópticas disciplinarias (derecho constitucional, historia del derecho, historia política, teoría política, teoría general del derecho, derecho procesal, etc.) expusieron sus posturas en torno a la tolerancia y sus relaciones con lo jurídico. Este texto recoge, pues, las ponencias de dicho evento, y es testimonio escrito del que hacer académico que aglutinó a profesores y estudiantes durante dos días de intensa actividad. Ahora bien, luego de diferentes cuestiones sobre la organización del libro se optó por una que, si bien es poco sistemática, es la más neutral posible, en la medida que la elaboración del orden de las ponencias es, sin duda alguna, un acto de elección política. Fue por ello que, para la organización de los capítulos, se optó por un el orden estrictamente alfabético, por el apellido del autor. En consecuencia, el lector podrá hacer sus propios sistemas de clasificación de las ponencias que aquí se presentan.

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El Departamento de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín, con ocasión del septuagésimo aniversario del nacimiento de uno de sus más egregios exponentes -el Profesor Dr. Juan Fernández Carrasquilla, quien impartió las cátedras de Filosofía del Derecho y Derecho penal en esta casa de estudios, la segunda por un lapso superior a 3 lustros- se propuso, en el año 2010, jalonar la elaboración de una obra colectiva destinada a la conmemoración de dicha efemérides y, en consecuencia, rendir tributo y merecido homenaje al autor en cuestión. Habida cuenta las calidades científicas y académicas del profesor Fernández C., de sobra conocidas en el medio, la propuesta rápidamente fue acogida no solo por el grupo de profesores que conforman el Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Medellín, sino también por una pléyade de autores colombianos y de otras latitudes que de forma generosa e incondicional quisieron unirse al proyecto original, a quienes, obligado es decirlo, vaya desde ya nuestro sincero y eterno sentimiento de gratitud -de hecho, nos consta que no pocos otros autores nacionales y extranjeros hubieran querido participar; sin embargo, como suele ocurrir en este tipo de obras, ello no fue posible habida cuenta los tiempos establecidos por el editor-o Así las cosas, profesores de Alemania, Argentina, Brasil. Chile, Ecuador, España, Italia, Venezuela y, desde luego, otras universidades colombianas, respondieron a nuestra invitación de manera afirmativa y de forma completamente desinteresada se unieron a la propuesta inicial, colaborando incluso de forma proactiva al buen éxito de la misma.

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El tema del derecho natural, a pesar de lo que se creía en el siglo XIX, no está agotado ni mucho menos muerto. Pero esta afirmación tampoco significa que el positivismo haya sido o que deba ser derrotado. En la academia jurídica, tanto en el iusnaturalismo como el iuspositivismo, siguen debatiendo mutuamente y, hasta ahora, ninguna de las posturas ha logrado una rendición incondicional de la otra. Esta publicación, iniciativa de la Línea de Investigación en Teoría del Derecho, Grupo de Investigaciones Jurídicas, de la Universidad de Medellín, recopila y presenta las memorias del IV Seminario Internacional de Teoría General del Derecho, espacio en el cual se encauzó la discusión académica referente a los acercamientos de las actuales tendencias iusnaturalistas al neoconstitucionalismo contemporáneo, discusión de gran valor para la filosofía del derecho y el derecho constitucional.

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La concepción del Estado social de derecho que introdujo la Constitución Política de 1991 plantea un cambio de paradigma fundamental en la forma de operar el sistema jurídico; en consecuencia, constituye una obligación para quienes desarrollan el quehacer en la formación de profesionales del derecho poner de relieve los desafíos que enfrentan al momento de la aplicación del derecho vigente, ya sea en calidad de funcionarios judiciales o abogados litigantes. Uno de los componentes del sistema jurídico es el momento operativo en el que hoy se ha superado su finalidad exclusivamente instrumental, y se le han adicionado componentes axiológicos. Por ello, el interés de los autores se centra fundamentalmente en esta visión valorativa del derecho procesal; además, el eje temático de la obra se inicia con una visión general de la filosofía que presenta el Estado social y democrático de derecho, para pasar, luego, a examinar los fundamentos constitucionales del valor justicia, pues no se trata hoy exclusivamente de indagar por la justicia judicial. El concepto Estado social y democrático obliga, además de las valoraciones jurídicas, a que realicen valoraciones sociales, lo cual, como contrapartida, lleva ínsito el deber de colaboración con la Administración de Justicia que todos tienen para contribuir al fin último del derecho que es lograr la paz social.