24 resultados para 560504 Derecho constitucional
Resumo:
Sin embargo, a pesar de resultados positivos, y de algunos innegables escollos, nadie podría definir claramente de qué se trata el Estado Comunitario. Es por ello que el IV Seminario Internacional de Derecho Constitucional consagró este tema a la discusión e invitó a varios expertos nacionales e internacionales, en la Universidad de Medellín para que ayudaran a resolver tan espinoso enigma. Para el asesor presidencial José Obdulio Gaviria, el Estado Comunitario es una proposición sobre métodos para buscar la eficacia plena del Estado social de derecho. El Estado se debe a la comunidad y es esta la que debe ser beneficiada en todas las actividades de gobierno. El Estado comunitario debe estar cerca de la comunidad y expresarle de la forma más directa su eficacia en la consecución del Estado social de derecho. El análisis del Estado comunitario no podría quedarse sin una retrospectiva de lo que pasa en países referentes de la realidad colombiana, tales como España, con los análisis de los profesores Carlos R. Fernández y Amparo Alcoceba Gallego, de México con la exposición del profesor José Luis Caballero Ochoa y de Italia con el maestro Eduardo Rozo Acuña.
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Por medio de este libro se pretende efectuar un análisis sobre la interpretación y aplicación de la Sentencia C- 355 de 2006 emitida por la Corte Constitucional colombiana, mediante la cual se despenalizó el aborto en tres casos específicos, con la finalidad de plantear una propuesta interpretativa, por parte de las instituciones encargadas de aplicarla: operadores jurídicos, académicos, instituciones de salud, médicos, entre otros, ya que desde el punto de vista práctico se ha visualizado en su aplicación algunas falencias, que conllevan a la vulneración de lineamientos constitucionales.
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La concepción del Estado social de derecho que introdujo la Constitución Política de 1991 plantea un cambio de paradigma fundamental en la forma de operar el sistema jurídico; en consecuencia, constituye una obligación para quienes desarrollan el quehacer en la formación de profesionales del derecho poner de relieve los desafíos que enfrentan al momento de la aplicación del derecho vigente, ya sea en calidad de funcionarios judiciales o abogados litigantes. Uno de los componentes del sistema jurídico es el momento operativo en el que hoy se ha superado su finalidad exclusivamente instrumental, y se le han adicionado componentes axiológicos. Por ello, el interés de los autores se centra fundamentalmente en esta visión valorativa del derecho procesal; además, el eje temático de la obra se inicia con una visión general de la filosofía que presenta el Estado social y democrático de derecho, para pasar, luego, a examinar los fundamentos constitucionales del valor justicia, pues no se trata hoy exclusivamente de indagar por la justicia judicial. El concepto Estado social y democrático obliga, además de las valoraciones jurídicas, a que realicen valoraciones sociales, lo cual, como contrapartida, lleva ínsito el deber de colaboración con la Administración de Justicia que todos tienen para contribuir al fin último del derecho que es lograr la paz social.
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El VI seminario Internacional de derecho constitucional denominado, "La Corte Constitucional y la reforma a la justicia", tuvo lugar los días 7 Y 8 de mayo de 2007 en la Universidad de Medellín. Como es costumbre, dicho encuentro sirvió para discutir el tema de actualidad, en este caso, el proyecto de reforma a la justicia, con expertos de diferentes temas y de disimiles latitudes. De relevante se puede considerar dicho encuentro por cuanto se discutía en aquel momento en el Congreso de la República el proyecto de ley estatutaria 023/06 Senado y 286/07 Cámara. "Por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia". Como bien es sabido por todos, este proyecto buscaba reformar el estatuto que regula el aparato judicial colombiano, para modernizarlo y, en cierta forma, para mejorar su funcionamiento.
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La restitución de tierras, como instrumento de reparación enel contexto de la justicia transicional, cuenta con importantesherramientas para lograr una acción articulada con los objetivosde justicia social agraria, propios del derecho constitucional ydel derecho internacional de los derechos humanos. Los retosque se derivan de su implementación en escenarios donde elconflicto ha sido originado en buena medida por las desigualdadessociales justifican esta articulación y evidencian su necesidad.La explicitación y la identificación analítica de estos puntos deencuentro son el objeto de este artículo; el referente teóricogira entorno a la potencialidad de la justicia correctiva en lacontribución a la consecución de la justicia social o redistributiva
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El rompimiento de paradigmas implica el surgimiento de retos dirigidos a la proposición de una teoría jurídica que permita el acercamiento de los múltiples y, en ocasiones, caóticos intentos de descripción del derecho a la realidad que gobierna el desarrollo dinámico del Derecho. La teoría de los principios jurídicos en un Estado constitucional de derecho, y su incorporación al bloque de constitucionalidad, se erige en herramienta fundamental para el ejercicio de la función de administrar justicia en un contexto que por mandato constitucional, por el necesario fortalecimiento de los mecanismos de protección jurisdiccional de los derechos humanos y a consecuencia de la crisis de legitimidad del poder, exige de los jueces una mayor vinculación a los contenidos axiológicos del ordenamiento jurídico y, además, la compleja labor de armonizarlos con el texto de la ley.
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Voces de la Asamblea Nacional Constituyente de Colombia de 1991 es un libro de entrevistas producto del proyecto de investigación: "La participación ciudadana en el proceso constituyente de 1991" realizado por el Grupo de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Medellín. Este proyecto, financiado por COLCIENCIAS y la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín, terminó en febrero de 2014. El texto pretende mostrar el proceso constituyente, a través de la mirada y las reflexiones de sus protagonistas: integrantes del Movimiento de la Séptima Papeleta, de las Mesas preparatorias, Asesores y Constituyentes quienes son, por excelencia, los testigos directos de uno de los acontecimientos políticos y jurídicos más importantes de la historia colombiana reciente.
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Sin lugar a dudas, uno de los debates teóricos y empíricos determinantes de la filosofía política del siglo XXI es el de la democracia. Se encuentran diferentes concepciones de la democracia dependiendo de la filosofía pública subyacente en la teoría que respalda el sistema político. Una es la conservadora, de tinte elitista, que desconfía de la intervención ciudadana en los asuntos públicos, debido a los rasgos de irracionalidad y las tendencias plebiscitarias que caracterizan el accionar de las mayorías; otra visión opuesta es la populista, que tiene como punto de partida una actitud de confianza en las capacidades cívicas de las mayorías que actúan colectivamente y de su tendencia a actuar siempre de manera racional y, encontramos, además, la concepción deliberativa de la democracia que parte también de una actitud de confianza en torno a las capacidades de la ciudadanía, pero sin la necesidad de presuponer una conexión ontológica, necesaria, entre la voluntad mayoritaria y la razón. A su vez, la teoría nos ofrece dos grandes corrientes de pensamientos en lo que al control judicial de las leyes se refiere. De un lado, están los teóricos que aceptan la revisión judicial de las leyes y, con ello, que frente a los aspectos fundamentales que regulan la vida colectiva los jueces tengan la “última palabra”, pese a su carácter contramayoritario; de otro lado, están los teóricos críticos del control judicial de las leyes y del hecho de que los jueces tengan la última palabra en los aspectos fundamentales de la organización de la vida social. Esta última corriente de pensamiento, apela al carácter contramayoritorio del poder judicial para cuestionar el hecho de que en una democracia los jueces tengan la posibilidad de declarar la inconstitucionalidad de una norma jurídica derivada de los órganos políticos que eligen las mayorías y, por tanto, anular sus efectos. Estas temáticas, cuya actualidad es indiscutible, reclaman de la academia un análisis desde el punto de vista jurídico y político del papel del poder judicial en los sistemas democráticos contemporáneos. En este quehacer se abre paso el VI Seminario Internacional de Teoría General del Derecho y el libro que el lector hoy tiene en sus manos, que parte de las experiencias investigativas de sus autores, convirtiéndose en una obra que aporta al debate contemporáneo en torno a la cuadratura del círculo: Constitución y democracia. Son, pues, doce trabajos de autores nacionales e internacionales que se dejan en manos del lector y de su juicio.
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El proceso constitucional, bien sea su adopción o su reforma, es una constante en nuestra historia republicana. Durante el siglo XIX se expidieron como constituciones nacionales: la de la Provincias Unidas de la Nueva Granada, la de Colombia de 1821 y 1830 (conocida como la Gran Colombia), la del Estado de la Nueva Granada (1832 y 1843), la República de la Nueva Granada (1853), la Confederación Granadina (1858), los Estados Unidos de Colombia (1863) y la República de Colombia (1886). Las constituciones nacionales proferidas entre 1811 y 1886 fueron consecuencia de un pulso político en favor de unos intereses ideológicos claramente establecidos alrededor de la composición centralista o federalista de la naciente República. En el proceso constituyente de 1990/1991 se buscó la transformación política del Estado. Uno de sus elementos más significativos fue la convergencia de iniciativas para la búsqueda de la misma, y es así como la Constitución de 1991 representa una ruptura con el modo de proceder histórico de erección constitucional. Una de las premisas que se ha lanzado sobre el proceso del constituyente de 1990/1991 es que la participación ciudadana fue más una forma de democracia participativa que rompe la tradición representativa de la Carta Nacional vigente para el momento; esto debido, de un lado, a que el origen de la propuesta no estuvo vinculado exclusivamente a la iniciativa del ejecutivo, y del otro, a la urgencia por despertar el constituyente primario que había estado sosegado tanto por la normativa restrictiva como por los actores armados ilegales y la fuerza legítima e ilegítima del Estado. Justo sobre este debate se centra esta publicación, al derivar de un proyecto de investigación que tuvo como pregunta: ¿Cuáles fueron los alcances y las limitaciones de la participación ciudadana en la configuración de la Constitución colombiana de 1991?, Y hace un recorrido desde lo ocurrido desde la convocatoria para la votación a una Asamblea Nacional Constituyente y la participación ciudadana durante el funcionamiento de la misma.