3 resultados para asunto-osakkeiden kauppa
em Repositorio Institucional de la Universidad de Málaga
Resumo:
El interés por los intangibles empezó a partir de la crisis reputacional de finales de siglo XX, que tuvo un impacto tremendo en Estados Unidos. Los casos de Enron, Tyco, Ahold, y Arthur Andersen pusieron de manifiesto la vulnerabilidad a los riesgos reputacionales. Fuera de Estados Unidos, el caso de la compañía Parmalat consiguió que los empresarios de todo el mundo se dieran cuenta por primera vez de que la reputación mal gestionada puede hacer desaparecer una empresa. Hoy sabemos que más del 80 % del valor total de una organización reside en sus recursos y activos intangibles y, por este motivo, estos activos se han convertido en el asunto de mayor relevancia en la agenda de los principales ejecutivos españoles. No solo porque la buena reputación atrae consumidores, capital, talento, facilita la internacionalización y permite alinear los intereses y voluntades de toda la organización para conseguir los objetivos de negocio, sino porque la gestión integrada e integral de los intangibles es la única ruta posible para alcanzar una diferenciación sostenible en el tiempo generadora de márgenes superiores y al mismo tiempo un capital de confianza con los grupos de interés que asegura conseguir y mantener las licencias para operar. La buena gestión de los intangibles asegura por tanto, y en último término, la excelencia empresarial.
Resumo:
Este trabajo pretende examinar el tratamiento mediático que recibe la información sobre la campaña electoral de las elecciones autonómicas y municipales de 2015, por parte de las principales cadenas de televisión de nuestro país. Se analizan comparativamente los enfoques que realizan los servicios informativos sobre la información relativa a los principales partidos políticos que concurrieron a las elecciones objeto de estudio. El proyecto se enmarca en diversas aportaciones teóricas como la Agenda Setting y la Teoría del Framing. Bajo la consideración de que las elecciones analizadas suponen un "punto de inflexión" hacia una regeneración democrática, entendemos que investigar la influencia que se ejerce a través de los servicios informativos de nuestro país en dicho cambio, resulta un asunto de interés tanto para la ciudadanía, agentes políticos, así como para académicos y profesionales del mundo de la Comunicación. Este trabajo aborda el estudio de la Comunicación Política desde el punto de vista de la relación que se establece entre los medios de comunicación y el ámbito de la política (agenda mediática- agenda política), centrándose fundamentalmente en las técnicas, estrategias e instrumentos que los medios utilizan para construir y difundir los mensajes electorales. Así, entre las conclusiones extraídas sobre las dos cadenas analizadas, destaca el hecho de que Telecinco interviene, mediatizando "sesgadamente", en mayor medida que TVE, los contenidos que finalmente llagan a la opinión pública sobre la información relativa al período electoral que analizamos, y lo hace situándose en un enfoque "estratégico" (según Patterson), apuntando hacia el estrato emocional-afectivo de la audiencia, haciendo uso, principalmente, de la "espectacularización" de la información. TVE, aunque también se posiciona en un enfoque "grupo-céntrico" (todavía alejado del ideal del enfoque "temático" - ambos en Koeneke-), se mantiene en una postura más neutral en lo que al tratamiento de la información de campaña se refiere.
Resumo:
La tesis versa sobre las Autoridades de control en materia de protección de datos. Se divide en tres capítulos, cuyo criterio de división ha sido el territorio: Europa, Estados Unidos y España. En todos ellos se estudia el origen del derecho a la protección de datos, los instrumentos normativos, la jurisprudencia y los organismos encargados de su supervisión, sobre los que se focaliza el desarrollo de la investigación. En el primer capítulo se distinguen tres secciones: el Consejo de Europa, que incluye el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Convenio 108 así como su Protocolo Adicional y el estudio sobre la revisión del mismo; las Directrices Internacionales, incidiendo en el análisis de las Directrices de privacidad de la OCDE, las de la ONU, el Marco de Privacidad del Foro de Cooperación Asia-Pacífico y los Estándares Internacionales de la Resolución de Madrid; y el tercero, la Unión Europea, cuyo estudio profundiza desde la creación del derecho fundamental hasta la normativa europea, examinando la Directiva 95/46/CE de Protección de Datos, el Reglamento (CE) 45/2001 que regula el tratamiento de datos personales en las instituciones de la Unión Europea, la Carta de los Derechos Fundamentales y el nuevo Reglamento General de Protección de Datos. Finaliza este bloque con un análisis pormenorizado de las Autoridades Europeas de Protección de Datos, haciendo especial énfasis en el Supervisor Europeo de Protección de Datos y en el Consejo Europeo de Protección de Datos, valorando la nueva situación que se creará en Europa. Especial relevancia tiene el análisis sobre las características de los organismos de control y en especial sobre la independencia. En el segundo capítulo se realiza un paralelismo entre los modelos estadounidense y europeo, buscando las similitudes y diferencias, para lo que se explica el concepto de privacidad y la protección que EEUU le otorga, así como el tratamiento dado por el principal organismo que tutela los derechos de los ciudadanos en materia de privacidad, la Comisión Federal del Comercio (Federal Trade Commission). Se somete a análisis el Asunto Safe Harbour. El tercer capítulo se dedica a España, donde se analiza el reconocimiento del derecho fundamental a la protección de datos como derecho atípico y el reparto competencial existente teniendo en cuenta que ni la materia ni la competencia son reconocidas en la Constitución española. Se examina la normativa al respecto y se desglosa la naturaleza, estructura y funcionamiento de la Agencia Española de Protección de Datos, en la que se procede a describir todas las funciones que el nuevo Reglamento General de Protección de Datos otorgará a las Autoridades de control nacionales. A nivel autonómico también se profundiza en las Autoridades de control, intentando valorar la problemática de las competencias asumidas por cada una de ellas. Se analiza más pormenorizadamente el Consejo Andaluz de Protección de Datos. Concluye la investigación con un apartado que recoge las principales aportaciones de la autora, tanto desde la observación como desde las propuestas de cambio o mejora. Destaca entre las mismas la necesidad de potenciar por parte de los estados e instituciones una mayor cultura de protección de datos, la necesidad de una autoridad de control a nivel europeo jerárquicamente superior, la de definir los parámetros de la independencia de dichas autoridades con exigencias superiores a las actuales, la necesidad de una modificación constitucional en España que recoja el derecho a la protección de datos como derecho fundamental así como el reparto competencial, y en Andalucía el aprovechamiento de las instituciones existentes en lugar de la creación de nuevos organismos