5 resultados para Tribunales penales

em Repositorio Institucional de la Universidad de Málaga


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Conferencia y posterior debate sobre la interacción entre la Corte Penal Internacional y la jurisdicción universal como mecanismos complementarios en la lucha contra la impunidad y el enjuciamiento y castigo de los más graves crímenes internacionales

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En la presenta tesis se analiza la problemática de la variación en la terminología del Derecho penal y procesal penal en español, francés y árabe en el contexto jurídico y judicial mediante el estudio comparado de sistemas jurídicos occidentales (España, Francia, Bélgica, Suiza y Canadá) y sistemas jurídicos árabes (Marruecos, Egipto, Jordania, Emiratos Unidos Árabes). La tesis se desarrolla en tres partes En la primera parte , se hace hincapié en la traducción e interpretación judiciales estrechamente ligadas al contexto de la cooperación judicial en materia penal a nivel comunitario e internacional; Asimismo, se hace necesaria una aproximación a los aspectos relativos a la formación académica y profesional de los futuros traductores e intérpretes judiciales, haciendo un breve repaso de las modalidades formativas en la traducción jurídica y judicial en las instituciones académicas nacionales (universidades, centros de formación etc.). Posteriormente, se profundiza en la traducción jurídica como traducción especializada, en las diferencias y similitudes que presenta con respecto a la traducción jurada y judicial. También, incluimos el tratamiento del lenguaje jurídico como lenguaje especializado antes de pasar a analizar los lenguajes jurídicos español, francés y árabe. La segunda parte de esta obra versa sobre los ordenamientos jurídicos de los países seleccionados y la variación lingüística y terminológica respectivamente. La importancia del estudio comparado entre los ordenamientos jurídicos en el orden penal nos permite entender los tipos de variación (lingüística y terminológica) que experimenta el lenguaje jurídico-judicial como revelación de las controversias existentes entre las culturas jurídicas que utilizan una misma lengua vehicular. En la tercera parte se plasma un extenso trabajo de campo mediante la extracción de unidades terminológicas en español, francés y árabe, que aparecen clasificadas en función de tres criterios: los delitos contenidos en los códigos penales; los procedimientos habituales en el orden penal; y las instituciones jurídicas y/o judiciales contenidas en las leyes procesales o en la ley orgánica del poder judicial. En cada ficha terminológica se expone el término normalizado en los diccionarios de la lengua meta con las variantes que detectamos en cada ordenamiento jurídico. Finalmente, a la luz de la terminología extraída, se lleva a cabo un análisis cuantitativo y cualitativo de los términos catalogados, su variación terminológica, la proporción de la variación denominativa (VD) y variación conceptual (VC) y su incidencia en el campo de la traducción judicial.

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La actual política criminal comparada tiene una fuerte tendencia a contrastar los diferentes sistemas nacionales en función de su mayor o menor rigor punitivo. Algún autor (Díez Ripollés, 2011, 2013) ha abogado por un modelo de comparación más ilustrativo y complejo, basado en la inclusión social / exclusión social que los diferentes sistemas penales generan en tres colectivos concretos: sospechosos, delincuentes y exdelincuentes. Para ello identifica nueve cestas temáticas (control de espacios públicos, garantías penales, sistema de determinación de la pena y sistema de sanciones, penas máximas, régimen penitenciario, internamientos de seguridad, estatus legal y social de delincuentes y exdelincuentes, registros policiales y penales, y derecho penal juvenil), abarcando cada una de ellas diversas reglas y prácticas punitivas. A partir de este modelo se está diseñando y validando un instrumento comparativo de la política criminal de los países del Occidente desarrollado de acuerdo con la dimensión inclusión social / exclusión social. La metodología para alcanzar este objetivo consiste en someter a un acuerdo de jueces un conjunto de reglas y prácticas socialmente excluyentes identificadas previamente. En esta comunicación mostraremos el diseño del cuestionario así como los resultados de la primera fase de validación, llevada a cabo con más de 70 expertos internacionales de 18 países diferentes del Occidente desarrollado. El acuerdo de dichos expertos sobre las reglas y prácticas susceptibles de generar exclusión social sobre los tres colectivos objeto de atención se ha verificado mediante varias pruebas estadísticas de fiabilidad inter-jueces, como el coeficiente de correlación intra-clase (ICC) y el coeficiente de validación V de Aiken. Se describirán también las fases de validación pendientes. Una vez que dispongamos de este instrumento de comparación de los diversos modelos de intervención penal nacionales nos proponemos ofrecerlo a la comunidad internacional y promover su aplicación.

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El presente trabajo tiene como objetivo abordar la situación actual del enfermo mental en el medio penitenciario desde dos puntos de vista diferentes. En primer lugar, dedica una especial consideración a las consecuencias jurídico-penales aplicables a los sujetos declarados inimputables en virtud de la concurrencia de un supuesto de anomalía o alteración psíquica prevista en el art. 20.1 CP. En segundo lugar, resalta los problemas que conlleva la aplicación del sistema vicarial a aquellos sujetos declarados semiimputables (art. 21.1.CP). Un estudio exploratorio realizado en el C.P. de Alhaurín de la Torre (Málaga) pone de relieve la situación de los enfermos mentales que cumplen una medida de seguridad de internamiento psiquiátrico en centros penitenciarios ordinarios.

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Podría afirmarse que en los últimos años prácticamente todas las propuestas de reforma penal que han salido del despacho de un ministro de justicia se han centrado en el endurecimiento de la ley. Habiendo alcanzado ya los límites de la cadena perpetua, podría pensarse que esta dinámica puede estar llegando al final de un callejón que en la actualidad no tiene salida conocida para nuestros gobernantes. Sin embargo, aún queda recorrido en la línea actual: prisión perpetua no revisable, medidas de seguridad postdelictuales, penas infamantes, penas corporales, etc., y, además, la evolución de la política criminal comparada nos proporciona ejemplos de otros ámbitos a los que acudir para buscar nuevas formas de punición. A pesar de ello, la doctrina penal y criminológica no ha sido capaz de ofrecer alternativas convincentes para el poder político en esta reciente era punitivista que culmina con la reinstauración expresa de la cadena perpetua, lo que indica que tal vez haya que afrontar el futuro con una estrategia diferente. En el ámbito académico y profesional relacionados con la política criminal, ya se empiezan a ver indicios de esta nueva estrategia, como el papel jugado recientemente por algunos de ellos como grupo de presión experto. A mi juicio, a estas labores de presión externa han de añadirse otras que incidan, no solo en los contenidos de la política criminal, algo fundamental, sino también en el continente. En tal línea se enmarca este trabajo, en el que pretendo discutir en parte cómo se aborda la política criminal en nuestro país pero, sobre todo, cómo podría hacerse de una forma que, previsiblemente, pudiera dar unos resultados mejores. Mi objetivo es llegar en ello a cierto nivel de detalle, proponiendo quién debería hacerlo, cuándo y de qué manera. Defenderé la idoneidad que, en mi opinión, tienen los conocimientos relacionados con la evaluación para la mejora de la política criminal. Resulta cada vez más evidente que los aspectos jurídicos de la política criminal pueden beneficiarse profundamente de otros conocimientos y no es casualidad que, en nuestro país, algunos de los académicos interesados en esta materia hayan dado firmes pasos para adentrarse en disciplinas más o menos alejadas del Derecho, como la Economía, la Criminología o la Ciencia Política. Efectivamente, el estudio de las decisiones públicas que rigen la creación de políticas penales requiere de una aproximación holística, única forma de comprender las dinámicas que las condicionan. Se puede optar por atender aspectos específicos, como el estudio de los actores que participan en las políticas, por ejemplo, pero sin el conocimiento de otras fases previas y posteriores o de las competencias de los diferentes órganos e instituciones públicas que participan en el proceso, difícilmente se podrán interpretar correctamente los hallazgos. Este trabajo pretende contribuir a completar un mapa que nos permita a entender y manejar mejor las dinámicas que gobiernan la política criminal española, para lo cual propondré reformas específicas gracias a las cuales las instituciones de nuestro país estarían, creo, en una mejor posición para afrontar los retos de naturaleza criminal.