3 resultados para trata de personas

em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador


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Orígenes históricos de la trata de personas y factores sociales victimológicos de la trata de personas –El crimen organizado desde su perspectiva teórica-doctrinaria – Vinculación de la Ley Especial contra la Trata de Personas y el Protocolo de Palermo como mecanismos de prevención y combate al delito de trata de personas – Rol de instituciones públicas en la prevención y combate del delito de trata de personas – Medidas tendientes a la reparación de daños y prevención del delito de trata de personas

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Se hace una referencia a la situación actual de las víctimas de trata personas, cuestionando la relevancia que le da el Estado salvadoreño a su recuperación. Se parte de la idea que, en el país, la atención a las víctimas de la trata de personas, resulta deficiente por diversas razones, entre las cuales a modo de resumen, se pueden mencionar el enfoque del Estado en perseguir únicamente el delito de Trata, obviando en cierto modo la situación propia de la víctima, cayendo en la errónea idea que la compensación económica que ésta pueda obtener a nivel jurisdiccional es suficiente para reparar el daño causado a ella. Se habla también que la ausencia de una ley especial ha imposibilitado la creación de las instituciones especializadas para brindar la asistencia adecuado para cada caso determinado, y por último; se hace mención también de una escasa promoción de la Política Nacional contra la Trata de Personas, que pasa inadvertida para la población en general y con mayor razón a las víctimas de este delito al encontrarse en situaciones de mayor vulnerabilidad. En diciembre del año 2000 en Palermo, Italia, se adoptó el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños que da a los Estados lineamentos generales para erradicar la trata de personas en sus diferentes modalidades como son la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. A consecuencia de la ratificación del protocolo de Palermo y con la finalidad de combatir la trata de personas, el Estado de El Salvador promovió reformas al Código Penal a efectos de tipificar como delito la trata de personas mediante la introducción de los Art. 367-B y del Art. 367-C. Para continuar estos esfuerzos en esta lucha, el Gobierno de la República, creó en 2011, el Consejo Nacional contra la Trata de Personas, que comprende un grupo de instituciones nacionales que unen esfuerzos y coordinan el abordaje integral de este flagelo social mediante la aplicación de una Política Nacional que contiene ejes y líneas de acción concretas a desarrollar a mediano y largo plazo mediante planes, proyectos y estrategias sostenibles.

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El trabajo de investigación que se presenta, trata sobre un tema de relevancia, en el ámbito jurídico especialmente en el área de familia, teniendo éste como Objetivo general: Construir la propuesta de reforma de los arts. 11 y 14 del Código de Familia, en la prohibición del matrimonio de personas del mismo sexo así nacidas como mecanismo de protección de la familia, base de la sociedad y el desarrollo integral del niño y niña en su aspecto moral y religioso. Metodología: la investigación es teórica explicativa, la investigación tiene como población las siguientes unidades de análisis: Juez del Juzgado de Menores, representante de la Fundación Sí a la Vida, diputado de la asamblea legislativa, psicólogo, doctor en medicina general, sacerdote, homosexual, sociólogo y pastor cristiano evangélico. El método es analítico, sistemático y comparativo, la técnica es documental y de campo. Conclusiones: Existe un vacío legal en los Arts. 11 y 14 del Código de Familia, al no haber una regulación expresa en la cual se prohíba el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas, es necesario definir la prohibición absoluta para la protección de la familia. Al proponer la reforma de los artículos art. 11 y 14 del Código de Familia se le da protección a la familia, ya que si se le legaliza en un futuro el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas, se violentarían los arts. de la Constitución y la Ley secundaria. Si se legaliza en un futuro el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas afecta el desarrollo psicológico de los menores de edad, ya que hay una distensión en el menor acerca del concepto de familia que se tiene.