2 resultados para Lagarta falsa-medideira
em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador
Resumo:
La auditoría forense surge como resultado de distintos actos fraudulentos en diferentes áreas: ya sea en actividades económicas, fiscales y/o financieras, es por ello la necesidad de incorporar en la rama de la auditoria un nuevo campo de acción que conlleve a la aplicación y apego de las leyes jurisprudenciales con el fin de obtener con ello un resultado ante los tribunales, de los casos que se puedan llevar a juicio. En los últimos años el término de auditoría forense ha tomado relevancia a nivel internacional, no obstante en El Salvador esta se ha desarrollado de forma pasiva, debido a que es poco utilizada, por los profesionales en contaduría pública, siendo una herramienta útil para la detección de los diferentes tipos de fraudes y para el caso en investigación; las operaciones que involucren actuaciones fiscales. La problemática se enfoca en los fraudes fiscales que ocasionan los contribuyentes de la Administración Tributaria en El país, tal y como lo describe el código procesal penal en su artículo 249 según el cual fraude lo constituye: evasión de impuestos, apropiación indebida de retenciones o percepciones tributarias, reintegros, devoluciones, compensaciones o acreditamientos indebidos. Dichas actividades fraudulentas se realizan; ya sea utilizando documentación falsa o simplemente no declarando e inclusive llevando contabilidad creativa, cuando se ha dado indicios de estos tipos de fraude el informe realizado en la investigación es entregado a las entidades superiores que son las encargadas de remitirlo a Fiscalía General de la República, cuando se llega a este punto la ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría Pública faculta al profesional contable, a realizar “la compulsa de libros y documentos en la dilucidación de asuntos contables, relacionadas con toda clase de juicios a petición del Juez de la causa o de las partes en conflicto. Es en este momento que a requerimiento de un Juez, la contabilidad desempeña un papel de gran importancia contra el fraude, igualmente los servicios que brinda un contador público, participando en calidad de perito contable; se deben considerar los procedimientos legales que están establecidos en el Código Penal y Código Procesal Penal. La investigación se centrara en las técnicas utilizadas para la obtención de la evidencia suficiente y apropiada que el auditor forense logre recopilar a través del desarrollo de las diferentes etapas de la auditoría realizada, las cuales deberán estar relacionadas conjuntamente con la observación de un abogado, ya que deben convenir en el tipo de evidencia a recolectar para que sirva de prueba al momento de presentar el juicio ante el Juez. Se contribuirá a la detección oportuna de fraudes fiscales si el contador público desarrolla su papel de auditor forense basándose en normativa técnica y legal aplicables. Cuando los contadores públicos que se desempeñen como auditor forense, en los diferentes casos tipificados como delitos, hagan uso de técnicas y procedimientos de auditoría forense, para obtener la suficiente evidencia competente que sirva de prueba ante un juicio, de esta manera se demostraran los hechos tal como ocurrieron.
Resumo:
Se estudió las fases del proceso abreviado que establece la Ley de protección integral de la niñez y adolescencia para la autorización de salida del país y extensión del pasaporte del niño, niña o adolescente, asimismo, se analizó los efectos jurídicos que genera el ejercicio de la autoridad parental en relación a la autorización de salida del país. Metodología: se presenta el desarrollo de la metodología e hipótesis de la investigación, haciéndose necesario el estudio de las variables y los indicadores; también se despliegan las técnicas de investigación que se utilizaron en la entrevista no estructurada y en las encuestas. Conclusión: a través de los resultados obtenidos se pudo observar que dentro de la comunidad Jurídica nacional existe una falsa apreciación respecto de la actividad jurisdiccional de los Jueces Especializados de la Niñez y la Adolescencia al autorizar una salida del país de un niño, niña adolescente, como lo establecen los artículos 44 y 230 de la Ley Integral de Protección a la Niñez y la Adolescencia; esto porque a través de los datos obtenidos por medio de encuestas se demuestra que muchos abogados consideran que efectivamente el Juez está ejerciendo Autoridad Parental al autorizar la salida del país de un niño en lugar del padre que se niega a otorgar el debido permiso. Lo cual demuestra sin lugar a duda una falta de conocimiento respecto de los artículos 206, 208, 209 del código de Familia en relación a los artículos 230, 44 LEPINA o una errónea interpretación de los mismos. Efectivamente existe un conflicto de derechos y este se da entre los padres y el niño, niña o adolescente siendo este último caso el que ocupa nuestro interés ya que actualmente se ha demostrado que los conflictos que tienen lugar entre ambos progenitores tienden a afectar la esfera de derechos de sus hijos por lo que ante tal situación es necesario que este tipo de conflictos sean resueltos en los tribunales para el solo efecto de garantizar y proteger los derechos del niño atendiendo de forma especial a cada caso; en atención al Principio de Interés Superior del Niño, Niña o adolescente articulo 12 LEPINA.