2 resultados para Estado social português

em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador


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La figura de la Inconstitucionalidad por Omisión se compone por dos elementos: "inconstitucionalidad" y "omisión"; el primero de ellos hace referencia a una conducta vulneradora de la Carta Magna, y "omisión", se define como una inactividad o un dejar de hacer. En algunos diccionarios jurídicos, el término "omisión" es remitido al ámbito penal, no procesal constitucional, esto es porque la Inconstitucionalidad por Omisión es una figura aún en construcción, de tal forma que su regulación expresa se encuentra ausente en muchos países, incluyendo el nuestro. Es por ello, que en la doctrina, hay una pugna en el reconocimiento de la existencia de esta figura, las cuales se analizarán en los argumentos a favor y en contra del reconocimiento de la misma, así como los diversos tipos de omisión legislativa, y las teorías aplicables a esta investigación en relación a los derechos sociales, tales como: (1) La Doctrina de la Supremacía Constitucional, en la que se establecerá que las disposiciones de la Carta Magna deben ser acatadas por su carácter superior, incluyendo los mandatos constitucionales de disposiciones programáticas pendientes de desarrollo legislativo; (2) La Teoría del Estado Social, en la que se analizará cómo quedaron los derechos sociales después de la crisis del Estado de Bienestar; y (3) la Teoría jurídica garantista de los derechos fundamentales de Luigi Ferrajoli, que se retomará en referencia a la falta de garantía de los derechos sociales, el cual es un punto de gran importancia, debido que estos derechos al ser incorporados al ordenamiento jurídico adquieren la función de legitimar al Estado y proteger la dignidad humana. Por otro lado, se establecerá la relación de esta investigación con aspectos de contenido económico, político y social, por ejemplo: en el aspecto económico, es necesario que el Estado cuente con recursos para garantizar y satisfacer el goce de los derechos sociales; de igual forma, es necesario que el legislador secundario priorice garantizar los derechos sociales sobre intereses políticos, o de conveniencia, en su función de creación de leyes (aspecto político); en cuanto al aspecto social, este debe activarse mediante la lucha del reconocimiento del respeto y desarrollo de los mandatos constitucionales, que puede darse por medio del mecanismo de la Inconstitucionalidad por Omisión, es decir, la actuación activa de la sociedad que requiere un necesario conocimiento de las nuevas realidades jurídicas, dado que no se puede defender algo del cual se tenga desconocimiento. Así también, el desarrollo de la investigación resaltará la importancia del necesario control en las omisiones que incurre el órgano legislativo, al incumplir mandatos constitucionales para legislar, lo que produce un despliegue incorrecto de la eficacia jurídica de la Carta Magna; dicha omisión, debe producirse en un espacio de tiempo razonable. En el caso salvadoreño, el tiempo existente entre la vigencia de nuestra Constitución y la actualidad son treinta años; el deber ser es que los mandatos constitucionales, expresos o implícitos, ya han sido desarrollados, pero, la realidad dice lo contrario, lo que nos lleva a cuestionar ¿Por qué no han sido desarrollados todos los mandatos constitucionales? Si bien es cierto, la figura de la Inconstitucionalidad por Omisión es una figura emergente en nuestro país, la excesiva dilación de legislar se produce, entre otras causas, por la falta de demanda en la exigencia de desarrollo. Es importante destacar, que la presente investigación trata sobre la esfera social, por lo que el análisis de los mandatos constitucionales pendientes de legislar serán aquellos comprendidos en el Capítulo II ("Derechos sociales") de nuestra Constitución.

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Las enfermedades crónico-metabólicas se han vuelto en la actualidad en epidemias que afectan la calidad de vida, aumentando la morbilidad y mortalidad, entre ellos el Infarto Agudo del Miocardio (IAM), lo que trae como consecuencia el incremento en los costos en salud que implica el manejo de esta complicación. El objetivo de éste estudio fue valorar el estado metabólico previo de los pacientes que se encontraban adscritos o no a las Clínicas Metabólicas y que ingresaron con diagnóstico de infarto agudo del miocardio al Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social. Se trata de un estudio de tipo observacional descriptivo de corte transversal. Se determinó el estado metabólico previo que tenían los pacientes con diagnóstico de infarto agudo del miocardio, ya sea que hubieran tenido o no controles subsecuentes en Unidades Periféricas. Se tomaron en cuenta aquellos que se presentaron al Hospital Médico Quirúrgico de junio a agosto 2014, y la posterior evaluación de los expedientes en las unidades médicas periféricas, correspondientes a Clínicas Metabólicas en donde llevaron sus controles de: indice de masa corporal, presión arterial, glicemia y valores de lípidos. En conclusión podemos determinar, que el 100% de los pacientes que consultaron con un IAM son una población que se encuentra arriba de los 30 años con una incidencia entre 61-75 años con un total del 43%, dentro de éstos el sexo masculino tiene una ligera predominancia con un 57%, del total de estudiados, solo 43% pertenecían a clínicas metabólicas; encontrando alteraciones metabólicas considerables en la mayoría de ellos que pueden ser consideradas como desencadenantes del evento, así como, respuestas al estrés agudo que la condición proporciona, entre ellas podemos mencionar que al momento del IAM el 86% de la población se documentaron valores de glucosa en ayuno > 100mg/dL, 57% con TAG > 150mg/dL, colesterol total con un 62% en valores por arriba a los 200mg/dL y para los pacientes según sexos en la fracción HDL tan solo el 5% en mujeres y un 19% en hombres con valores arriba de 50 y 40 mg/dL respectivamente, considerando este como una variable a favor e incluso protectora para riesgo cardiovascular; en la medición de LDL el 71% se encontró superior a 100 mg/dL siendo este un factor altamente nocivo en el aumento del riesgo cardiovascular. En cuanto al significado clínico de los valores de presión arterial, en el evento agudo, tenemos que éstos valores se presentan con extremos que varían desde la hipotensión asociada al choque cardiogènico, hasta la hipertensión del edema agudo de pulmón, siendo estas fluctuaciones poco valorables para determinar el control previo de dicho componente. Por otra parte podemos establecer que la circunferencia abdominal se encuentra con mayor frecuencia por arriba de los valores esperados según sexo con un 67% frente a un 34% para valores inferiores a los esperados; además de encontrarse que según el IMC el 67% que consultaron con IAM tienen sobre peso y un 19% con obesidad grado 1. Dentro de la variable que más tuvo impacto en cuanto a su modificación “positiva” podríamos referirnos a la presión arterial, aunque los cambios no fueron impactantes, se consideran significativos, tomando en cuenta el apoyo en medidas farmacológicas. En cuanto al perfil lipídico de estos pacientes podemos mencionar que se encuentran niveles altos de Colesterol total y TAG, con niveles bajos de HDL según el sexo y altos de LDL, por lo que el riesgo cardiovascular fue superior y finalizó en un evento cardiovascular que genera un impacto socioeconómico importante.