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em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador
Resumo:
La violencia en cuanto al fenómeno social ha estado presente desde los primeros vestigios de la sociedad, transitando a través de las diferentes formaciones culturales, económicas y sociales que han acontecido a lo largo de la historia evolutiva del ser humano. Hoy en día la violencia contra la mujer se ha reconocido como problema a escala mundial, ocasionando esto un grave obstáculo para el desarrollo y la paz de una sociedad estable e igualitaria. Es por tal situación, que se han venido implementando instrumentos tanto internacionales como nacionales para promover e incentivar a la vez, que los derechos humanos son establecidos tanto para los hombres y las mujeres; y que por tal motivo para crear un equilibrio de género se abordan teorías para entender qué es la discriminación de género, cómo se origina y se reproduce en la actualidad. Una de las teorías más importantes respecto al género, es la línea de pensamiento de la socióloga feminista Ann Oakley en 1977, ella introdujo definitivamente el concepto de género en las ciencias sociales para diferenciar la construcción cultural tejida sobre los sexos e investigar las relaciones entre el sistema de dominación sobre las mujeres, las instituciones sociales y la organización de la economía. Ella observó que el sexo biológico es importante para determinar los papeles sociales que va a jugar cada ser humano; que se va a organizar una división de trabajo en función de los sexos, a partir de la cual se asignará a los varones, principalmente, el trabajo en las fábricas o productivo, y a las mujeres, mayoritariamente, el trabajo doméstico y reproductivo. Se ha venido instaurando el concepto de la mujer como el sexo débil, observando tal situación de discriminación hacia la mujer, por lo que la legislación internacional y nacional crea normas sobre la violencia contra la mujer para afrontar tal escenario y crear una justicia de género. Recientemente, entra en vigencia Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres que tiene como objeto establecer, reconocer y garantizar por medio de políticas públicas el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia con el fin de lograr una igualdad real y equidad. La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, se configura como una Ley de Segunda Generación, porque viene a auxiliar la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar, considerada esta como ley de primera generación, esto debido a la poca eficacia que resultó la LCVI en cuanto a la defensa de los derechos de las mujeres,demostrando un alto índice de casos de violencia intrafamiliar la mayoría dirigida contra las mujeres, por lo que la LEIV viene a proteger de forma especial a las mujeres, las cuales son consideradas como un sector vulnerable de la sociedad. Es de hacer hincapié que el contenido de dicho trabajo enfoca una problemática, debido que con la innovación de las leyes de segunda generación encauzada en este caso concreto a la LEIV genera un desequilibrio, puesto que dicha ley se enfoca hacia un sector específico, y es la protección de los derechos de las mujeres para una vida libre de violencia, excluyendo en cierta medida al género masculino; es por tal circunstancia que se enunciará en este contexto, el hecho de que creando de un modo primario una desigualdad de género se llega a conseguir de una forma plena la igualdad de los derechos humanos entre hombre y mujer, eliminando todo tipo de discriminación y violencia ejercida hacia las mujeres.
Resumo:
. Ante el desconocimiento de la contabilización y los pocos temas desarrollados existentes de la transferencia de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en El Salvador, consideramos la necesidad de poder establecer un escrito que pueda orientar y permitir conocer el tratamiento contable y tributario de las transferencias de Gas Licuado de Petróleo (GLP), se decidió realizar esta investigación que tiene por finalidad poder presentar a los estudiantes, profesionales y público en general el proceso de la solicitud de subsidio al Gas Licuado de Petróleo (GLP) en El Salvador. El contenido del trabajo de investigación presenta la contabilización y el tratamiento tributario que se debe realizar en la transferencia de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por parte de las empresas importadoras de este producto, se presenta el proceso en que los importadores y distribuidores deben vender los cilindros de Gas Licuado de Petróleo (GLP) sobre el cual recae el subsidio por parte del Estado Salvadoreño; teniendo en cuenta los cilindros envasados y vendidos. Además se considera la normativa técnica emitida por parte del Ministerio de Economía (MINEC) a través de la Dirección de Hidrocarburos y Minas (DHM) para la liquidación del subsidio a las empresas que realizan la venta de este producto a menor precio por estar subsidiado y que sea de consumo doméstico, a la fecha también se consideró las reformas que entraron en vigencia para el periodo impositivo de 1 Enero de 2010 logrando con esto presentar una investigación que muestre las reformas más significativas y de aplicación para las empresas dedicadas a este rubro. Algunas personas en su mayoría estudiantes y personas afines a esta clase de actividad desconocen la existencia de un documento que ejemplifique la contabilización y tratamiento tributario que es aplicado a las importadoras y comercializadoras de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en El Salvador en tal sentido se decidió hacer uso de las Normas Internacionales de Información Financiera Versión Completa (NIIF FULL) de esta manera se mostrara la forma de cómo realizar el registro contable que le es aplicable a las empresas que pertenecen al rubro de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en tal sentido el caso práctico que se muestra va orientado en la aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera Versión Completa (NIIF FULL) , pues a la fecha de 1 de Enero de 2011 deberá adoptarse Normas Internacionales de Información Financiera para PYMES a toda aquella empresa que no cotiza en el Mercado de la Bolsa de Valores y no está obligada a rendir Cuentas Públicas.