4 resultados para Derechos sociales y culturales

em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador


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Contexto histórico de los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas – Generalidades de los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas –Marco jurídico internacional de los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas – Los pueblos indígenas y la eficacia en la protección de los derechos económicos, sociales y culturales de El Salvador

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Esta investigación tiene como objetivo principal revisar la realidad salvadoreña desde un enfoque jurídico doctrinal, institucional, social, económico y político; en este trabajo se hará un análisis de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante DESC), sin desconocer que variados estudios acerca de esta temática se han realizado exhaustivamente, pretendiendo dar un enfoque práctico a la exigibilidad de este tipo de derechos; casi desde los orígenes de la Revolución Industrial surgieron paralelamente a esta, teorías que fueron definiendo la perspectiva doctrinaria sobre la cual se va instaurando modernamente la justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En cuanto a la base teórica se hará una exposición de los fundamentos de la Teoría Jurídica Liberal, en la cual las libertades positivas se diferencian de las libertades negativas ya que implican obligaciones que deben ser realizadas, mientras que en las negativas el Estado debe abstenerse de realizar cualquier acción que intervenga en su ejercicio, de modo que en contraposición a dicha teoría se analizara aquella corriente doctrinaria actual, sobre la cual se establece que todas las obligaciones del Estado en materia de Derechos Humanos son positivas en su totalidad, asimismo se debatirán aquellas corrientes ius-filosoficas que niegan el carácter de Derechos Humanos de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, rebatiendo dichas corrientes a la luz de los avances teóricos actuales en esta materia, de modo que finalmente a través del estudio de la realidad actual salvadoreña y a partir de los fundamentos doctrinarios y jurídicos, así como también sobre las Observaciones Generales y Finales del Comité de Derechos Económico, Sociales y Culturales y aportes jurisprudenciales y consultivos del sistema interamericano, se valorara si los llamados DESC son o no justiciables. Por lo que ante dicho argumento de justiciabilidad, es relevante en la presente investigación examinar si el principio de logro progresivo (principio propio de la naturaleza de los DESC), ha contribuido en alguna medida en la obstaculización de dicho argumento, o si el mismo es un requisito sine qua non para su realización. Finalmente luego de haber realizado en la presente investigación la fundamentación teórica y doctrinaria de la realidad entorno a los DESC, a posterior se realizara un estudio a los diferentes instrumentos -tanto nacionales como internacionales- de protección de los DESC, y su aporte a la justiciabilidad de los mismos, haciendo énfasis especial al sistema de quejas individuales, mecanismo incluido en el Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

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El Garantismo como elemento necesario para la conservación y defensa de los Derechos Sociales desde la mirada de Luigi Ferrajoli, pretende recuperar los Derechos Sociales que resultan vulnerados ante influencia de la Globalización, que provoca pobreza, marginación social y desigualdad. Es por ello la importancia de nuestros objetivos de estudio. Objetivos: Analizar los elementos básicos del modelo garantista de Luigi Ferrajoli, como una alternativa frente a las violaciones de los Derechos Sociales en el actual Estado Constitucional de Derecho. Y evaluar si en El Salvador las normas Constitucionales y demás Leyes Secundarias limitan las políticas liberales de la Globalización ante las violaciones de derechos Sociales que estas producen. Metodología: En la investigación se utilizara el enfoque cualitativo. El método cualitativo hace referencia a un grupo de métodos de investigación de base lingüístico- semiótica. El diseño de la investigación cualitativa es probablemente el más flexible de todas las técnicas experimentales, ya que abarca una variedad de métodos y estructuras aceptadas. Ya sea un estudio de caso individual o una amplia entrevista, este tipo de estudio debe ser llevado a cabo y diseñado con cuidado, aunque no existe ninguna estructura estandarizada. En la investigación se harán entrevistas, al Procurador de los Derechos Humanos, subdirector FESPAD, Directora de Gobernabilidad y a un Docente Constitucionalista. Resultados Esperados: Delimitar si la violación de los Derecho Sociales es un efecto del absolutismo de los grandes poderes económicos. Establecer si las políticas de libre mercado influyen en la Jerarquización de los Derechos Sociales situándolos en un segundo plano ante intereses meramente económicos. Y Conocer a profundidad si las leyes que tutelan o garantizan derechos sociales en nuestro país no se adecuan a la realidad de nuestra sociedad, generando claras violación a Derechos Sociales.

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La figura de la Inconstitucionalidad por Omisión se compone por dos elementos: "inconstitucionalidad" y "omisión"; el primero de ellos hace referencia a una conducta vulneradora de la Carta Magna, y "omisión", se define como una inactividad o un dejar de hacer. En algunos diccionarios jurídicos, el término "omisión" es remitido al ámbito penal, no procesal constitucional, esto es porque la Inconstitucionalidad por Omisión es una figura aún en construcción, de tal forma que su regulación expresa se encuentra ausente en muchos países, incluyendo el nuestro. Es por ello, que en la doctrina, hay una pugna en el reconocimiento de la existencia de esta figura, las cuales se analizarán en los argumentos a favor y en contra del reconocimiento de la misma, así como los diversos tipos de omisión legislativa, y las teorías aplicables a esta investigación en relación a los derechos sociales, tales como: (1) La Doctrina de la Supremacía Constitucional, en la que se establecerá que las disposiciones de la Carta Magna deben ser acatadas por su carácter superior, incluyendo los mandatos constitucionales de disposiciones programáticas pendientes de desarrollo legislativo; (2) La Teoría del Estado Social, en la que se analizará cómo quedaron los derechos sociales después de la crisis del Estado de Bienestar; y (3) la Teoría jurídica garantista de los derechos fundamentales de Luigi Ferrajoli, que se retomará en referencia a la falta de garantía de los derechos sociales, el cual es un punto de gran importancia, debido que estos derechos al ser incorporados al ordenamiento jurídico adquieren la función de legitimar al Estado y proteger la dignidad humana. Por otro lado, se establecerá la relación de esta investigación con aspectos de contenido económico, político y social, por ejemplo: en el aspecto económico, es necesario que el Estado cuente con recursos para garantizar y satisfacer el goce de los derechos sociales; de igual forma, es necesario que el legislador secundario priorice garantizar los derechos sociales sobre intereses políticos, o de conveniencia, en su función de creación de leyes (aspecto político); en cuanto al aspecto social, este debe activarse mediante la lucha del reconocimiento del respeto y desarrollo de los mandatos constitucionales, que puede darse por medio del mecanismo de la Inconstitucionalidad por Omisión, es decir, la actuación activa de la sociedad que requiere un necesario conocimiento de las nuevas realidades jurídicas, dado que no se puede defender algo del cual se tenga desconocimiento. Así también, el desarrollo de la investigación resaltará la importancia del necesario control en las omisiones que incurre el órgano legislativo, al incumplir mandatos constitucionales para legislar, lo que produce un despliegue incorrecto de la eficacia jurídica de la Carta Magna; dicha omisión, debe producirse en un espacio de tiempo razonable. En el caso salvadoreño, el tiempo existente entre la vigencia de nuestra Constitución y la actualidad son treinta años; el deber ser es que los mandatos constitucionales, expresos o implícitos, ya han sido desarrollados, pero, la realidad dice lo contrario, lo que nos lleva a cuestionar ¿Por qué no han sido desarrollados todos los mandatos constitucionales? Si bien es cierto, la figura de la Inconstitucionalidad por Omisión es una figura emergente en nuestro país, la excesiva dilación de legislar se produce, entre otras causas, por la falta de demanda en la exigencia de desarrollo. Es importante destacar, que la presente investigación trata sobre la esfera social, por lo que el análisis de los mandatos constitucionales pendientes de legislar serán aquellos comprendidos en el Capítulo II ("Derechos sociales") de nuestra Constitución.