3 resultados para Derecho (Familia)

em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador


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La educación como derecho inherente a la calidad humana, es un proceso educativo en el que se intenta transmitir los valores de paz, tolerancia, de respeto a los derechos humanos con la intención de construir ciudadanos libres y cívicos, conocedores de cuáles son sus derechos y respetuosos con los de los demás. La educación es importante en el desarrollo integral del individuo ya que, una persona educada aportara muchos beneficios a la sociedad. De alguna manera, la educación trata de que se pierdan todas las diferencias que puedan existir entre los individuos de una sociedad, y hacerla un poco más igualitaria, es una misión constante que los Estados buscan mediante mecanismos de protección que implique la participación de la sociedad en general y en especial, de cada familia. Debido a los distintos problemas sociales que afronta la realidad salvadoreña, y considerando la familia como base fundamental de la sociedad, se implementa la creación de la Jurisdicción Familiar en El Salvador, y el año 1994, representa uno de los esfuerzos más significativos que se han hecho para contribuir a la protección que la familia salvadoreña requiere, y que la Constitución de la República, los Tratados y Convenciones Internacionales reconocen y promueven, de esta forma se garantizará el ejercicio y protección de los derechos de la familia, dando al mismo tiempo un tratamiento especial que fortalece valores y conductas moralmente aceptadas. Ante la creciente demanda de conflictos por parte de la sociedad y de las familias en general, también se propuso la creación de un equipo de especialistas cuyo objetivo principal es ampliar la visión jurídica, a una más integral con los aportes de las áreas humanísticas, cumpliendo con las demandas de estudios diagnósticos y gestiones de apoyo, para resolver con justicia los casos que ante esta jurisdicción se presentan. Es de esta manera surge la importancia de abordar la necesidad y efectividad que genera el apoyo educativo que brindan los especialistas adscritos a los Juzgados de Familia, encaminado en la función de dirigir y orientar a todos los miembros que componen una familia. Como tema de investigación, en el presente documento se abordará la problemática acerca de la necesidad de implementar programas de orientación educativa a nivel de familia ampliada, incluyendo un estudio de las diferentes funciones, alcances, limitantes y otras características que sustentarán el desarrollo de esta investigación. En grandes rasgos, la investigación incluirá un desarrollo por capítulos, en los cuales se implementarán las diferentes técnicas de investigación, así como la muestra de resultados que permitirán emitir conclusiones referidas a la problemática en cuestión, y al desempeño y apoyo que generan los programas de orientación educativa, con la finalidad de proporcionar a la sociedad una visión amplia y precisa sobre el objeto de estudio.

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El trabajo de investigación que se presenta, trata sobre un tema de relevancia, en el ámbito jurídico especialmente en el área de familia, teniendo éste como Objetivo general: Construir la propuesta de reforma de los arts. 11 y 14 del Código de Familia, en la prohibición del matrimonio de personas del mismo sexo así nacidas como mecanismo de protección de la familia, base de la sociedad y el desarrollo integral del niño y niña en su aspecto moral y religioso. Metodología: la investigación es teórica explicativa, la investigación tiene como población las siguientes unidades de análisis: Juez del Juzgado de Menores, representante de la Fundación Sí a la Vida, diputado de la asamblea legislativa, psicólogo, doctor en medicina general, sacerdote, homosexual, sociólogo y pastor cristiano evangélico. El método es analítico, sistemático y comparativo, la técnica es documental y de campo. Conclusiones: Existe un vacío legal en los Arts. 11 y 14 del Código de Familia, al no haber una regulación expresa en la cual se prohíba el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas, es necesario definir la prohibición absoluta para la protección de la familia. Al proponer la reforma de los artículos art. 11 y 14 del Código de Familia se le da protección a la familia, ya que si se le legaliza en un futuro el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas, se violentarían los arts. de la Constitución y la Ley secundaria. Si se legaliza en un futuro el matrimonio entre personas del mismo sexo así nacidas afecta el desarrollo psicológico de los menores de edad, ya que hay una distensión en el menor acerca del concepto de familia que se tiene.

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Objetivos: Se determinó el tipo de afección que genera el fenómeno migratorio, de los padres, en el cumplimiento de las pensiones alimenticias en la Procuraduría General de República, en el periodo de enero a diciembre de 2013, en la Ciudad de San Miguel, identificando los factores exógenos y endógenos que obstaculizan el cumplimiento efectivo del derecho a la alimentación de las niñas y niños y adolescentes y, por último, se determinó el impacto que genera el incumplimiento del pago de la pensión alimenticia en la finalidad de la protección integral de las niñas, niños y adolescentes. Metodología: el tipo de estudio que se realizó es el demostrativo, ya que las hipótesis se comprobaron, mediante la demostración estadística de la relación o no, de las variables correspondientes, aplicando el método científico analítico y descriptivo, el cual sustenta lo formal y lo válido de los resultados, utilizando la modalidad deductiva, es decir que se partió de lo general a lo particular. Conclusión: En términos generales esta investigación permitió conocer tanto en El Salvador como en el extranjero la aplicación efectiva del código de familia. Y de manera diagnóstica que el fenómeno de la migración no es el simple hecho de trasladarse de un país a otro, sino que las leyes nacionales al menos a través de la PGR no pueden alcanzar ni aun con convenios o tratados la obligación patrimonial en cuanto a los derechos del alimentante, por lo que los bienes tutelados por la legislación en familia en la protección de niños niñas y adolescentes pierden vigencia en materia de obligaciones patrimoniales alimentarias y cuyo progenitor se encuentra en el extranjero. También se identificó que el Convenio entre el Gobierno de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos para la ejecución de obligaciones alimenticias, no es aplicado por la Procuraduría General de la República en San Miguel, aduciendo que existen otros convenios con los consulados a quienes han responsabilizado de garantizar la ubicación del progenitor demandado y notificarle de la obligación patrimonial sin la obligatoriedad de la ley, todo lo anterior está generando la vulneración sostenida del derecho a la salud a la educación a la familia a la formación al crecimiento y desarrollo del alimentante. El fenómeno migratorio de los padres demandados, se ha tratado como una demanda más en el exterior y no como una situación problemática que afecta la salvaguarda de los derechos alimentarios de los niños niñas y adolescentes en El Salvador. En las memorias de labores de PGR de los últimos 7 años se encuentra el número de solicitudes de alimentos al exterior de los últimos 7 años, y el número de solicitudes de junio 2007 a mayo 2013 es de 3475, así mismo en la memoria de labores de junio 2013 a mayo 2014 se encuentra que el número de personas que enviaron dinero durante junio 2013 a mayo 2014 son de 892, de estos datos se puede concluir que existe un alto porcentaje de niños que no obtienen respuesta positiva a la solicitud de cuota de alimentos solicitada. Esta realidad deja al descubierto que el fenómeno migratorio deja un alto número de niños sin cuota de alimentos menoscabando sus derechos y perjudicando su desarrollo.