5 resultados para ADOPCIÓN

em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador


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En El Salvador la Industria de la Construcción, es una de las principales fuentes generadoras de trabajo, por lo cual deberá tenerse los mejores controles tanto financieros como administrativos para que esta valiosa industria continúe sirviendo a la economía del país. La contabilidad forma parte de dichos controles y deberá tenerse en cuenta como una herramienta para la toma de decisiones, el ambiente competitivo sigue aumentando y el cumplimiento de la NIC´s es muy importante para ellas, pues algunas empresas privadas y el Gobierno Central les exigen la aplicación de esta normativa para que puedan ser contratadas.Considerando lo antes expresado, inicio la idea de realizar el presente trabajo de investigación, el cual esta orientado a la aplicación del Método de Costos ABC como herramienta de adopción de la Normativa Internacional NIC11 “Contratos de Construcción”, la cual suministra los lineamientos para el registro de los contratos en cuanto a sus ingresos y costos. En el desarrollo de la investigación fue necesario ver los procedimientos y procesos llevados a cabo en las cimentaciones a través de perforaciones de suelo efectuándose en distintas obras, que se encontraban ejecutándose, la información fue obtenida a través de un cuestionario de preguntas, que se paso a una muestra de 33 empresas dedicadas a la construcción, inscritas en la Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción,(CASALCO), a través de la cual se les solicito información sobre el registro y control de costos de obra Luego, se presento la propuesta del grupo la cual consiste en un guía para la adopción de la NIC 11 a través del Método ABC para la distribución de los CIFS en las empresas constructoras y así mismo se planteo un supuesto con el cual se desarrollo el caso practico, dentro del cual se muestran los pasos a seguir para implementar el método propuesto.

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Uno de los rubros, de mayor importancia para las Organizaciones No Gubernamentales lo constituyen las Propiedades, Planta y Equipo, ya que por su naturaleza, son una de las fuentes para la generación de ingresos por su capacidad instalada. En forma general los activos se clasifican en activos corrientes y no corrientes, ubicándose dentro de éstos últimos las Propiedades, Planta y Equipo, los cuales son adquiridos para usarse y no para venderse ya sea que se adquieran con fondos propios o donados, además, se espera que éstos puedan usarse por más de un ejercicio contable. Al momento de adquirir un activo que se clasifique dentro de éste grupo, el registro inicial deberá realizarse al costo de adquisición, sumándole todos aquellos desembolsos que son necesarios para dejarlo listo y usarlo; la adquisición de estos activos se puede hacer ya sea en efectivo o mediante un intercambio por otro activo que sea o no similar con el que se está intercambiando, también, estos pueden ser construidos por la propia organización que los utilizara. Por otro lado, por la importancia que éstos activos y su representatividad dentro de los estados financieros tienen, es necesario que se lleven o se tengan controles adecuados para este tipo de bienes en cuanto a la pérdida de valor por el uso se refiere, de manera que los valores que se reflejen al cierre de cada ejercicio contable, representen la razonabilidad y confiabilidad de las cifras. Para lograr esto es necesario que al momento de determinar la pérdida de valor se tenga en consideración las características del activo en sí, como el nivel de uso al que esté siendo sometido. Otro concepto que brinda razonabilidad a los valores de los activos, es la revaluación, ya que en ciertas ocasiones el valor en libros de algunos activos es menor al valor de mercado. Las Organizaciones No Gubernamentales deben evaluar al cierre de cada ejercicio contable, si los valores en libros de los activos representados dentro de los estados financieros son menores o mayores al valor razonable, ya que en cualquiera de los dos casos implicaría hacer ajustes para que el valor en libros y el valor razonable no difieran significativamente y se expresen sobrevaluados o subvalorados. Si el valor en libros es menor al valor razonable, el ajuste consistiría únicamente en revisar el método de depreciación que se esté utilizando en ese momento, y si es necesario cambiarlo por otro método que refleje mejor el desgaste que sufre el bien previa autorización de la administración. Por otro lado, si el valor en libros es mayor al valor razonable, entonces, el ajuste que deberá efectuarse consistirá en calcular el precio de venta neto o el valor de uso para compararlo con el valor en libros, la diferencia será registrada como pérdida de valor por el deterioro. Para conocer si dentro de la organización existen activos que podrían haberse deteriorado en un periodo, se deben de considerar indicadores internos y externos, los cuales pudiera darse el caso que estos influyeran en la representación de los valores razonables de los activos. Para efectuar el cálculo de la pérdida por deterioro es necesario que la organización considere ciertos aspectos importantes tales como: calcular el precio de venta neto, para lo cual se deben considerar la existencia de un mercado activo; acordar el precio de venta neto, para esto será necesario la existencia de un compromiso formal de venta; estimar el valor de uso, para esto es necesario la utilización de la técnica del valor presente estimado o esperado. Para determinar los flujos de efectivo futuros, se debe considerar los ingresos potenciales y los costos y gastos de operación que genera el activo en uso. Al momento de reconocer una pérdida de valor por el deterioro es necesario considerar o tener en cuenta el principio de importancia relativa, ya que si el valor determinado como pérdida no es significativo, no será necesario hacer la aplicación y registro por el deterioro del activo. Dentro de alguna organización puede pasar que se haya determinado una pérdida de valor por deterioro en períodos anteriores, sin embargo, se puede dar el caso de que las situaciones que lo originaron disminuyan o desaparezcan completamente, esto traería como consecuencia que dicha organización revierta los efectos por la pérdida de valor registrada anteriormente, ésta reversión deberá cubrir únicamente el valor de la pérdida, pero si es mayor el valor de la reversión, entonces se efectuará una revaluación.

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El presente documento establece como objetivo la elaboración de una propuesta de armonización de las diferencias resultantes entre la aplicación de la normativa tributaria y la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera, para generar transparencia y confiabilidad en la información financiera de la mediana empresa del sector comercio. Para poder lograr este objetivo se realizó una investigación documental, participativa y el uso de encuestas, debido a que se consideraron las mejores técnicas para encontrar y diagnosticar con más certeza la solución a la problemática planteada. Como producto de la investigación se ha logrado identificar las principales diferencias entre la aplicación de la normativa tributaria y la normativa técnica vigente que son de aplicabilidad al sector de la mediana empresa comercial del país. Como resultado de esta investigación se presentan las principales conclusiones y recomendaciones. En primera instancia la mayoría de las medianas empresas comerciales utilizan con mayor frecuencia el tratamiento fiscal en sus operaciones, sin embargo, las leyes tributarias están diseñadas para la recaudación de impuestos sin tomar en cuenta las consideraciones propias de cada contribuyente. Por otra parte la Administración Tributaria deberá considerar todas las implicaciones relacionadas con las diferencias entre la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera y las Leyes Fiscales vigentes, a fin de informar a los contribuyentes, empleados y entidades en general a cerca del uso adecuado de las mismas y los procedimientos correspondientes con el afán de evitar incumplimientos que vayan en perjuicio de las partes interesadas (Ministerio de Hacienda, Contribuyentes, etc.).

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La necesidad de preparar los estados financieros en un lenguaje común y de mayor transparencia, exigido por las relaciones económicas, ha dado como resultado la agrupación de las normas y principios contables de tal forma que sean aceptados en el ámbito internacional. Las Organizaciones No Gubernamentales han internacionalizado sus relaciones, es decir, muchos países se involucran en el desarrollo de sus actividades, aportando los recursos necesarios, lo que trae como consecuencia obligaciones de información diseñada y estructurada en base a características y requerimientos internacionales que permitan una comprensión adecuada, lógica y uniforme. Se hizo un estudio sobre la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera en las Organizaciones No Gubernamentales, a través del cual se identificó que no están aplicando la normativa; A demás se concluyó sobre la necesidad de diseñar un documento que describe y ejemplifica, de forma clara, los procedimientos para hacer la adopción de dicha normativa. En la investigación se utilizó el enfoque Hipotético Deductivo, el cual permitió analizar desde una perspectiva general las diferentes causas del problema y la búsqueda de alternativas de solución o disminución, también se analizaron los elementos, variables y características del fenómeno objeto de estudio. La unidad de análisis fue el Departamento de Contabilidad de las Organizaciones No Gubernamentales del Municipio de San Salvador autorizadas por el Ministerio de Gobernación a través del Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, las cuales proporcionaron información a través de un cuestionario compuesto de preguntas cerradas en su mayoría, las cuales permitieron hacer el estudio de las variables involucradas en el problema. Mediante la investigación se determinó que las Organizaciones No Gubernamentales no están aplicando la normativa técnica internacional, debido a factores como: la falta de recursos financieros y principalmente por la falta de lineamientos claros para la conversión, consecuentemente se concluyó que al proporcionar un documento que incluya procedimientos teóricos y prácticos, describiendo de una forma sencilla y clara cada paso a seguir facilitará a las Organizaciones No Gubernamentales el proceso de conversión a Normas Internacionales de Información Financiera.

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La aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, trae consigo muchas ventajas, tales como, mayor credibilidad y confiabilidad en la información financiera presentada, además de la comparabilidad de la información por ser presentada bajo estándares de normas internacionales, lo que permite su fácil comparación con otras entidades sin importar la nacionalidad de la misma; teniendo en cuenta su contexto. Sin embargo, los procedimientos o tratamientos estipulados en la normativa técnica no siempre coinciden con los establecidos en la legislación tributaria local, por lo que se hace necesario conciliar ambas partes, con el fin de mantener la integridad de la información financiera presentada sin olvidar lo establecido en la legislación tributaria local. Para el Estado, el propósito por el cual crea la legislación tributaria es para que los tributos lleguen a las arcas de este, por lo que establece cual debe ser la base sobre que se calcularan los tributos, a esta se le conoce como “base imponible”, pero la base técnica no fue creada con este mismo fin, por lo que en muchas ocasiones no coincide con la legislación tributaria local; es ahí donde el Contador Público debe estar listo para poder hacer frente a dicha situación, manteniendo la integridad de la información a través del cumplimiento de la Normativa Técnica y cumpliendo las obligaciones formales y sustantivas descritas en la legislación tributaria. Se debe tener claro que, independientemente de la base técnica utilizada para el registro y presentación de la información financiera, indefectiblemente las entidades están obligadas a cumplir con todas las disposiciones de la legislación tributaria salvadoreña, por lo que las implicaciones tributarias en la adopción de un nuevo marco de referencia para la información financiera, estarían dadas en su mayoría por el hecho de tener que llevar un serie de controles específicos, donde la información financiera presentada difiere de la base imponible para el cálculo de impuestos, dichos controles son esenciales para demostrar a la Administración Tributaria el cumplimiento de las disposiciones legales; un ejemplo de estos son los, cuadros de depreciación (si difiere de lo establecido en el Art. 30 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta). Por lo que, el hecho de adoptar un nuevo marco de referencia para la información financiera, más que traer implicaciones tributarias que beneficien o no a la entidad a través de la forma en la que esta paga sus impuestos, se ven más reflejados en los beneficios que trae consigo la adopción de la normativa técnica como marco de referencia, ya que el hecho de que la información presentada en los estados financieros de la entidad puedan ser comparados trae seguridad al inversionista, además, de generar mejor información para la toma de decisiones de forma eficiente y oportuna. Sin embargo, aunque las entidades seguirán cumpliendo la legislación local, independientemente del marco de referencia para la presentación de información financiera, la entidad que decida adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES), debe tener en cuenta la forma en la que conciliara la información presentada con base en las NIIF para las PYMES con las disposiciones de la legislación tributaria local. Esto se hace a través de los hechos económicos registrados siguiendo la base técnica que generan diferencia con lo que la legislación tributaria local permite o exige; por lo que el Contador Público debe llevar un control especifico sobre cada una de estas diferencias, para poder realizar al final del ejercicio una conciliación que permita que la información presentada obtenga los beneficios asociados a su comparabilidad, confiabilidad y eficiencia a través del cumplimiento de la normativa técnica y que esta información no sea objeto de llamados de atención por parte de la Administración Tributaria.