2 resultados para Regulación y Fiscalización en Salud

em Repositorio de la Universidad del Pacífico - PERU


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El fenómeno del underpricing en la oferta pública inicial (OPI) se viene estudiando hace ya varias décadas, y se refiere al retorno positivo del primer día de la acción, calculado como la diferencia entre el precio de cierre del primer día de cotización y el precio de emisión pactado entre el emisor y el banco de inversión. Por otro lado, también existe el overpricing, es decir, al fenómeno que sucede cuando el precio de cierre del primer día de negociaciones es menor que el precio de oferta. En nuestro estudio, encontramos evidencia de ambos, con el underpricing presente en 71,67% de empresas de la muestra y el overpricing tan solo presente en el 28,33% de la muestra. Asimismo, se determinará si existe subvaluación o sobrevaluación realizando un análisis entre el precio de oferta y el valor fundamental calculado a través de una valorización por múltiplos. Esta comparación permitirá comparar un valor fundamental (calculado por nosotros) y el precio de la OPI calculado por la empresa que realiza la cobertura, dejando de lado el precio que el mercado le otorga a la acción en su primer día (precio que puede tener mucho ruido y depender de diversos factores como el sentimiento del mercado y el comportamiento de los inversionistas). Al observar la diferencia entre el valor y el precio de la OPI, podremos determinar si existe o no sobrevaluación. En nuestro estudio, sí hemos encontrado presencia de sobrevaluación del precio de las OPI, alrededor de un 110% por encima del valor fundamental. Si bien la mayoría de investigaciones que se han realizado sobre estos temas han sido sobre empresas en mercados desarrollados, nuestra investigación se centra en empresas de Perú y Chile, que son economías en desarrollo y, además, presentan sectores bastante semejantes en su economía. La muestra consiste en 60 OPI de empresas de Perú y Chile para el periodo 2003 – 2014. Las diversas empresas se han agrupado en los siguientes sectores: servicios públicos, que incluyen eléctricas, agua y control ambiental; materiales básicos, que incluye mineras, químicas y de papel; financiero, que incluye servicios financieros diversificados, bancos, bienes raíces y fondos de inversión; consumo no cíclico, que incluye alimentos, bebidas, farmacéuticas, agricultura, servicios comerciales y de salud; consumo cíclico, que incluye retail, ropa, aerolíneas, entretenimiento y alojamiento; energía, que incluye petróleo y gas; industrial, que incluye materiales de construcción, transporte, construcción y hardware, diversificadas (holdings) y tecnología.

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El presente trabajo explora el comportamiento pendular que la regulación de la gestión de intereses ha exhibido en el Perú en las últimas dos décadas, lapso en que se pasó de un vacío regulatorio que coincidió con un período de alta incidencia de corrupción (1990-2000) hasta el año 2003 con la promulgación de la Ley que regula la gestión de intereses en la gestión pública –Ley 28024– que, a la fecha, no ha sido adecuadamente implementada. La investigación analiza la Ley 28024 a la luz de las lecciones internacionales, y mejores prácticas planteadas por la OCDE y por el estudio de experiencias pertinentes en América Latina; mapea a los actores y al ambiente en el cual se producen las gestiones de intereses en el Perú en la actualidad; y recoge, mediante entrevistas en profundidad, las opiniones y recomendaciones de una muestra de expertos peruanos con el objetivo de entender por qué la Ley 28024 no pudo ser implementada. A partir de ello, es posible plantear lineamientos para una ley de gestión de intereses de segunda generación que logre contribuir a consolidar instituciones democráticas y a tomar decisiones de políticas públicas mejor informadas en el Perú.