2 resultados para FINANCIACION DE LOS GASTOS LOCALES

em Repositorio de la Ciencia y Cultura de El Salvador REDICCES


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El ISR en El Salvador (y en la mayoría de los países con un ISR típico) contiene dos aspectos generales que terminan desincentivando la inversión y la capitalización propia de la misma. Por un lado, la ley no permite la deducción de los gastos de inversión en el período en que se efectúan; esto, junto con las normas de la depreciación que sí se permite, dan por resultado un castigo tributario doble a las inversiones. No solo deben soportar la tasa nominal del ISR sobre sus rentas netas, sino que también el fisco en efecto sistemáticamente le confisca al inversor una fracción del valor actual de la inversión. El importe de la confiscación es igual a la tasa nominal del impuesto multiplicada por la diferencia entre el valor actual de la inversión y el valor actual de la depreciación permitida por la ley. Con una tasa de descuento positivo, el monto del segundo castigo es mayor cuanto mayor la inversión y cuanto más largo el período sobre el cual se permite la depreciación. Evidentemente, la tasa efectiva del impuesto, definida como el valor actual del impuesto pagado como fracción del valor actual neto del proyecto sin impuesto, varía enormemente entre inversionistas y sectores económicos. A la vez, el ISR, al permitir deducir los intereses pagados en concepto de créditos concedidos al inversionista, da un alivio a la confiscación anterior, pero lo hace de manera en efecto no uniforme, beneficiando solamente a aquellos inversionistas que tengan acceso a crédito. En conjunto, estos dos aspectos constituyen distorsiones cuyos efectos incluyen: Reducir el número de proyectos de inversión emprendidas, reducir el monto de las inversiones realizadas y, de manera factible, la vida útil de ellas; introducir un sesgo a favor de aquellos inversionistas con más fácil y efectivo acceso al mercado formal de préstamos; reducir la capitalización propia de la economía, a favor de la capitalización acreedora. Todo esto funciona en contra del monto y la sanidad económica del capital en el país, lo cual, por ende, genera una tasa menor de crecimiento económico.

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En este documento se realiza un análisis cuantitativo del margen de maniobra que El Salvador posee para aumentar los aranceles que aplica a las importaciones, al ser estos una importante herramienta de política comercial. El margen de maniobra será medido como la diferencia entre el arancel consolidado y el que efectivamente se aplica a las importaciones de los países con los cuales tiene relación comercial. Para precisar el análisis, se agregarán los montos de las importaciones según productos y países de procedencia, para estimar el impacto que ocasionaría un aumento de aranceles en la recaudación fiscal. Adicionalmente se hace un análisis de los tratados comerciales más importantes, cuya aplicación reduce el impacto de una decisión unilateral sobre la fijación arancelaria. Por último, las conclusiones dan evidencia de que si bien pareciera ser que el margen de maniobra es significativo, solo puede aplicarse al 23% de las importaciones salvadoreñas. El 77% restante está limitado por acuerdos de libre comercio bilaterales. Finalmente, un aumento de las barreras al comercio tiene fuertes implicaciones económicas para el país y perjudiciales para los consumidores locales; así como para los productores siempre que los productos importados sean materias primas o maquinaria.