8 resultados para ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL

em Repositorio Académico de la Universidad Nacional de Costa Rica


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ResumenEste trabajo pretende abordar desde un enfoque deductivo, el fenómeno del relativismo cultural. Es así como se parten de las premisas teóricas y conceptuales de lo que se entiende por este tipo de relativismo, su contraste con los derechos humanos de alcance universal, hasta llegar a su implementación a través de diferentes normas internacionales. Se analizarán las principales fuentes, consistentes en tratados, conferencias y declaraciones, en las que se visualiza la tutela y defensa del relativismo cultural. Finalmente, se reflexionará en torno a la efectividad de la salvaguarda de esta modalidad de relativismo y las particularidades propias de cada una de las fuentes jurídicas y políticas invocadas. Palabras clave: relativismo cultural, cultura, civilización occidental, libertad cultural, derechos humanos, universalismo, tratados internacionales, pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, convención internacional de la eliminación de todas las formas de discriminación racial, Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Declaración de Durban, Organización internacional del Trabajo, UNESCO.AbstractThis paper attempts to deal with, from a deductive approach, the phenomenon of cultural relativism. This is how it starts from the theoretical and conceptual foundations of what is understood by this kind of relativism, its contrast with the universal human rights reaching, to its implementation through various international standards. It analyzed the major sources,consisting of treaties, conferences and declarations, which displays the protection and defenseof cultural relativism. Finally, it reflects on the effectiveness of safeguarding this kind of relativism and the particularities of each of the legal and political sources cited.Keywords: Cultural relativism, Culture, Western Civilization, Cultural Freedom, Human Rights, Universal, International treaties, The International Covenant on Economic, Social and Cultural, International Convention on the Elimination of All Forms of Racial Discrimination, World Conference on Human Rights, International Labour Organization, UNESCO. 

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Los países en vías de desarrollo han venido aplicando estrategias de ajuste estructural con el fin de reorientar sus economías desde el mercado interno hacia un desarrollo orientado al exterior. Este proceso conlleva a la necesidad de convertir sus industrias en unas de mayor competitividad internacional, y esto de una manera sistémica y sostenible. Sin embargo, en la fase actual de globalización, estas economías se ven confrontadas con tendencias de fragmentación y descentralización progresivas de los procesos de producción; y las fronteras nacionales llegan a ser menos importantes económicamente, a raíz de la liberalización de los flujos de mercancías y de capital internacionales, así como a la reducción gradual del papel de los Estados.El objetivo de este artículo es mostrar la utilidad del enfoque de la cadena global de mercancías para el diseño de estrategias de desarrollo, ya que éste permite incluir en el análisis la nuevas dinámicas de la organización internacional de las industrias globales. Las teorías del comercio internacional predominantes que se basan en las ventajas absolutas, comparativas o competitivas, resultan incompletas o inadecuadas como marco teórico para el diseño de políticas orientadas a fortalecer la competitividad dentro del contexto actual de globalización. Una deficiencia importante de estas teorías es su imposibilidad de integrar coherentemente en la valoración de las políticas, la existencia o la generación de externalidades. Varios estudios recientes demuestran que las políticas que simplemente generan un crecimiento en las exportaciones, no pueden garantizar la transición hacia el desarrollo sostenible de la economía, y uno de los mayores méritos del enfoque de la cadena consiste en la posibilidad de incluir en el análisis los importantes y significativos cambios que están ocurriendo en las fronteras territoriales y de producción. Además, este enfoque puede aportar criterios que permiten completar el marco de análisis de la economía del desarrollo.

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En el mes de septiembre del año 2008, Chile ratificó el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta ratificación pone nuevamente sobre el tapete la discusión respecto la jerarquía de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos en el sistema jurídico chileno, discusión que no ha podido ser zanjada desde la reforma del año 1989, que modificó el artículo 5º de la Carta Fundamental.AbstractIn September 2008, the State of Chile proceeded with the ratification of the InternationalLabour Organization 169 Treaty Concerning Indigenous and Tribal People in Independent Countries. This ratification brings once again for discussion the hierarchical place that International Human Rights Treaties have within the jurisdictional system in Chile, discussion that has not been settled since the 1989 reform that modified article 5 of the Fundamental Letter.

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El presente artículo aborda el impacto que ha tenido el ambiente cambiante, dinámico y de incertidumbre sobre la organización, la empresa y la administración. Se hace un breve bosquejo de la evolución histórica de la administración en el siglo XX, pasando de la Era Industrial Clásica a la Era del Conocimiento o Era de la Información como también se le conoce. Asimismo, se aborda, sin ser exhaustivo, el impacto de la globalización sobre la organización en la cual se destaca la búsqueda, la flexibilización de las formas de organización como arma para aumentar la competitividad en un entorno cambiante y de creciente incertidumbre; se destaca la organización por redes como un enfoque novedoso de organización empresarial y la organización virtual como producto de la explosión de la Internet y de las tecnologías de información. Por último, se destaca el impacto de la globalización sobre el trabajo y las nuevas relaciones laborales a las que este fenómeno está conduciendo.

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El artículo hace un análisis del modelo de empresa antes de la globalización económica donde se destaca que ésta estuvo supeditada al modelo económico imperante a partir de los años 50. Este modelo pretendía acelerar el proceso de desarrollo económico pero creó una serie de distorsiones que lo llevaron a su inoperancia a partir de la década de los ochentas. A partir de esta década la empresa costarricense se empieza a preparar para la apertura económica. En una segunda parte del artículo se analiza la empresa costarricense bajo el modelo de Relaciones Organización-Sociedad (ROS) utilizando para su análisis varias firmas costarricenses.

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Recibido 20 de octubre de 2010 • Aceptado 09 de marzo de 2011 • Corregido 2 de abril de 2011 El objetivo de la investigación fue evaluar, con un enfoque sistémico, la organización académico administrativa de tres programas de licenciatura en turismo, con la finalidad de identificar las características que estos presentaban respecto a los criterios del Consejo para la Acreditación de la Educación Turística (CONAET) y TedQual (Tourism Education Quality), para acceder a la certificación nacional e internacional. El cuestionario y la guía de observación fueron los instrumentos para recopilar la información necesaria, la cual fue organizada con un enfoque cualitativo (mediante el Atlas Ti) y cuantitativo (a través de la estadística descriptiva). La principal conclusión fue que la Licenciatura en Turismo, ofrecida por la Escuela Superior de Turismo (EST), cumple con los criterios de certificación. Se considera, por tanto, que sus instalaciones y el programa ofertado se encuentran de acuerdo con los lineamientos de certificación, en tanto que la Universidad el Valle de México (UVM) y la Escuela Bancaria y Comercial (EBC) presentan serias deficiencias respecto a los criterios establecidos por estos organismos.

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Resumen  Los sistemas de indicadores en materia de derechos económicos, sociales y culturales han tenido un vertiginoso avance en los últimos tiempos en el seno de la Organización de las Naciones Unidas. La justiciabilidad de los derechos citados ha presentado sendos problemas debido a que el artículo segundo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece que depende de aspectos tales como los recursos disponibles del Estado, la progresividad en la implementación de políticas, entre otros. Por lo tanto, no se le han asignado a tales derechos, un carácter exigible y esta situación ha provocado que su vigencia sea limitada. Precisamente, este ensayo pretende demostrar cómo se ha revertido esta concepción y a través de los sistemas de indicadores desarrollados para diferentes derechos humanos se pueden obtener prestaciones mínimas, que deben cumplir los Estados, para satisfacer las demandas de alcance general.Palabras clave: derechos económicos, sociales y culturales, Organización de las Naciones Unidas, justiciabilidad, progresividad, indicadores de resultado, modelo de indicadores, desarrollo humano.AbstractIndicator systems in terms of economic, social and cultural rights have had a rapid development lately within the United Nations Organization. The justiciability of these rights has presented problems, mainly because of the second article of the International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights states that it depends on aspects such as available resources of the State, the progressivity in the implementation of policies, etc. Therefore, these rights have not been given a mandatory character, and this has led to their limited effect. Precisely this essay intends to demonstrate how this conception has been reversed, and how, through the systems of indicators developed for different human rights, minimum benefits are available for the States to meet the demands of general application.Keywords: economic, social and cultural rights, Organization of the United Nations, Justice, output indicators, indicators model, human development.

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ResumoEste artigo tem como objetivo analisar a trajetória internacional do caso Maria da Penha e sua jurisprudência internacional. Com base no estudo de tratados internacionais ratificados pelo Estado brasileiro e sua efetivação no país, busca-se demonstrar a eficácia do sistema internacional de direito público, levando em conta a participação de organismos internacionais, como a Organização dos Estados Americanos (OEA), mais especificamente a Comissão Interamericana de Direitos Humanos, e a resposta do governo brasileiro, tanto juridicamente como legislativamente.O caso Maria da Penha tornou-se o primeiro a ser aceito pela Comissão Interamericana por violência doméstica e sua condenação por negligência e omissão levou a abertura de discussões neste âmbito Diante da denúncia, a Comissão da OEA publicou o Relatório Nº 54, de 2001, que dentre outras constatações, recomendou a continuidade e o aprofundamento do processo reformatório do sistema legislativo nacional, a fim de mitigar a tolerância estatal à violência doméstica contra a mulher no Brasil.A sanção dessa lei representa, assim, um avanço na proteção da mulher vítima de violência familiar e doméstica, incluindo, também, uma inovação legal quanto às formas de gênero já positivadas.Palavras-chave: Tratados de direitos humanos, Lei Maria Da Penha, direitos fundamentais da mulher; Comissão Interamericana de Direitos Humanos.ResumenEn este artículo se pretende analizar la trayectoria internacional del caso de María da Penha y su jurisprudencia internacional. Basándose en el estudio de los tratados internacionales ratificados por el gobierno brasileño y su reconocimiento en el país, el texto tiene la intención de demostrar la efectividad del derecho público internacional, teniendo en cuenta la participación de organismos internacionales como la Organización de Estados Americanos (OEA), más concretamente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y las respuestas del gobierno brasileño, tanto jurídicas como legislativas.El caso de Maria da Penha se convirtió en el primero caso sobre violencia doméstica en ser aceptado por la Comisión Interamericana, y su condena por negligencia y omisión llevó a abrir el debate en este ámbito frente a la denuncia, la Comisión de la OEA publicó el Informe N º 54 de 2001 que entre otras conclusiones recomienda la continuación y profundización del proceso del sistema de reformatorios de la legislación nacional a fin de mitigar la tolerancia estatal a la violencia doméstica contra las mujeres en Brasil.La sanción de la ley representa un avance en la protección de las mujeres víctimas de violencia familiar y violencia doméstica, incluyendo también una innovación en lo que respecta a formas jurídicas de los procesos de género.Palabras clave: tratados de derechos humanos, Ley Maria da Penha, derechos fundamentales mujer, Comisión Interamericana de Derechos Humanos.