4 resultados para Igualdad y diferencia

em Repositorio Académico de la Universidad Nacional de Costa Rica


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Ponencia presentada en el Congreso internacional de educación superior (Universidad Nacional, Facultad de Filosofía y Letras, 8-12 marzo 2010).

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ResumenLa Corte Interamericana con las dos opiniones consultivas sobre la situación de la clase trabajadora migrante en los Estados Unidos, está enfatizando el hecho que los Estados tienen la obligación general de respetar y garantizar los derechos fundamentales. Con este propósito deben adoptar medidas positivas, evitar tomar iniciativas que limiten o conculquen un derecho fundamental, y suprimir las medidas y prácticas que restrinjan o vulneren un derecho fundamental. El incumplimiento mediante cualquier tratamiento discriminatorio, de la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos, le genera responsabilidad internacional.El principio de igualdad y no discriminación posee un carácter fundamental para la salvaguardia de los derechos humanos, tanto en el derecho internacional como en el interno.El principio fundamental de igualdad y no discriminación forma parte del derecho internacional general, en cuanto es aplicable a todo Estado, independientemente de que sea parte o no en determinado tratado internacional. En la actual etapa de la evolución del derecho internacional,este principio ha ingresado en el dominio del jus cogens, es decir de principios universalmente aceptados que no admiten posición en contra. El principio fundamental de igualdad y no discriminación, revestido de carácter imperativo, acarrea obligaciones de protección que vinculan a todos los Estados y generan efectos con respecto a terceros, inclusive particulares.Palabras clave: migración, derechos humanos, corte interamericana, opinión consultiva. AbstractThe Inter-American Court with the two advisory opinions on the situation of migrant workers in the United States is emphasizing the fact that the United States has the obligation to respect and guaranteefundamental rights. With this purpose, it should take positive actions, avoiding taking initiatives to limit or infringe a fundamental right, and eliminate measures and practices that restrict or violate afundamental rights. Failure by any discriminatory treatment of the general obligation to respect and guarantee human rights, gives rise to international responsibility. The principle of equality and nondiscrimination is fundamental for the protection of human rights both in international law and the domestic. The fundamental principle of equality and non discriminationforms part of the general international law as applicable to all States, regardless of party or a specific international treaty. At the current stage of evolution of international law, the fundamentalprinciple of equality and non-discrimination has entered the domain of jus cogens, ie of universally accepted principles that do not support position against it. The fundamental principle of equality andnondiscrimination, a peremptory nature, entails obligations to protect that bind all States and generate effects on third parties, including individuals.Keywords: migration, human rights, Inter-American Court, advisory opinion.

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Se practica un análisis crítico sobre tres textos. 

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La Justicia Social se ha convertido en los últimos años, en un tipo de requerimiento básico para lograr un proyecto educativo inclusivo, que coloque a la escuela en relación a los múltiples y complejos desafíos que la sociedad le plantea. Si bien, esta temática ha estado desde siempre acompañando la constitución de discursos educativos y pedagógicos, sus significaciones y alcances parecen ser mayores toda vez, que una serie de teorías han contribuido a ampliar su campo semántico. Hoy la Justicia Social, incorpora las discusiones sobre diferencia-igualdad en una lógica redistributiva, pero también incorpora el debate sobre diversidad-inclusión, en una lógica interseccional del reconocimiento. En este sentido, interesaría buscar indicios y evidencias de la promoción de la “justicia/injusticia social”,  desde las experiencias de construcción de espacio escolar que les son permitidas a los estudiantes en el contexto de la educación formal. Para ello, se acude a nociones humanísticas del espacio geográfico, donde la subjetividad traza las posibilidades de desarrollo identitario, definiendo marcas y huellas espaciales que son necesarias de comprender en profundidad y que pueden ser indicativas de la adhesión de ciertos actores a lógicas de actuación que promueven la construcción de igualdad e inclusión en la escuela.