6 resultados para inscripción

em Universidade Complutense de Madrid


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La zona arqueológica de Palenque en Chiapas, México fue inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO en 1987. Desde entonces no se ha hecho una evaluación del impacto que ha tenido esta inscripción dentro de las comunidades circundantes al entorno protegido. El autor pretende abordar cuáles han sido los efectos que dicha inscripción entre la población local. Para ello se muestra el estado de la cuestión, su tendencia actual y las acciones que los diferentes agentes implicados están llevando a cabo para preservar el valor universal excepcional del sitio, su autenticidad e integridad. El tema es pertinente al cumplirse veinte años del levantamiento armado del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en el Estado de Chiapas. Este movimiento contribuyó al empoderamiento de las comunidades indígenas presentes en la zona arqueológica, las cuales han aprovechado este y otros sitios patrimoniales como un elemento para mejorar sus condiciones de vida. De este modo se produce una abierta confrontación a la autoridad del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), organismo del gobierno federal facultado para la gestión del sitio. Estudiar el caso de Palenque es por demás oportuno pues los gobiernos local, estatal y federal han comenzado a invertir en infraestructuras tendientes a incrementar los ingresos generados por el turismo. En los respectivos planes de ejecución se destaca el rol de la zona arqueológica como el atractivo principal y el detonador del desarrollo económico de la región. Tengamos en cuenta que esta ha sido una zona históricamente marcada por la pobreza, la marginación y la exclusión social, problemas a los que recientemente se han agregado la inseguridad pública, la migración ilegal y el deterioro ambiental.

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El contrato de maternidad subrogada está declarado nulo de pleno derecho en España en base a la Ley 14/2006 referida a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida. En primer lugar, afrontaremos el problema del reconocimiento de la inscripción de la filiación de los menores nacidos por esta técnica, para luego, con el fin de analizar el tema objeto de este trabajo, estudiar si existe derecho a las prestaciones por maternidad en el supuesto de la maternidad subrogada. De esta manera, tras un análisis de la doctrina científica y jurisprudencial, exponemos la necesidad de regulación del contrato de maternidad subrogada en España.

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La participación de las personas y las comunidades que viven en lugares inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial (o que se ven directamente afectadas por la inscripción) en la toma de decisiones respecto a su identificación, protección y gestión, es uno de los principales retos que debe afrontar la Convención de Patrimonio Mundial para alcanzar su anhelada credibilidad. Esta participación real y activa, exigible en todos los tipos de bienes culturales y naturales (independientemente de su categoría de protección), es especialmente necesaria en el caso de los pertenecientes al Patrimonio agrario. En primer lugar porque la gestión de los sitios y paisajes agrarios debe respetar las técnicas de manejo tradicionales y basarse en los derechos y conocimientos de las comunidades locales, imprescindibles para asegurar la supervivencia e integridad de sus valores tangibles e intangibles. Y en segundo lugar porque la continuidadv de estos espacios depende íntegramente de las actividades – y por lo tanto de las personas- que les han dado forma y sin las cuales se convertirían en lugares inertes y faltos de sustancia y autenticidad. Partiendo de estas premisas,este estudio analiza y compara los principios de la Carta de Baeza sobre el Patrimonio agrario y los planes de gestión de los bienes agrarios inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial para identificar ejemplos de buenas prácticas en la materia y proponer estrategias que mejoren el reconocimiento y la participación de los agricultores, ganaderos y silvicultores en su protección, manejo y promoción.

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En materia de Derecho internacional privado la nueva Ley de la Jurisdicción Voluntaria opta básicamente por remitirse de manera genérica a otras disposiciones de nuestro ordenamiento, incluidos los convenios internacionales y los instrumentos de la UE. La aplicación de las normas de competencia internacional puede plantear significativas particularidades en el ámbito de la jurisdicción voluntaria, en especial, con respecto a la concreción de las reglas relevantes, el alcance de ciertos mecanismos de flexibilización, la actividad de los operadores no jurisdiccionales y la coordinación con las reglas de competencia interna. En el ámbito del Derecho aplicable, la peculiar vinculación entre normativa material y procesal dificulta su delimitación y aconseja la coordinación entre los criterios de competencia y la determinación de la ley aplicable. Los intereses objeto de protección en los expedientes de jurisdicción voluntaria pueden justificar un tratamiento parcialmente diferenciado en lo relativo a la aplicación del Derecho extranjero. En materia de reconocimiento de resoluciones, ámbito en el que la nueva Ley sí incluye ciertas disposiciones específicas, presenta gran interés el análisis de las resoluciones susceptibles de reconocimiento, el régimen de inscripción registral, los motivos de denegación del reconocimiento y la coordinación con las normas incluidas en otras recientes reformas.

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Esta investigación pretende someter a análisis los intercambios arquitectónicos y artísticos que se establecieron entre el Reino de Castilla e Italia en el siglo XIII, centrando la atención en la denostada figura del infante Fadrique de Castilla. Don Fadrique de Castilla fue el segundogénito de Fernando III y Beatriz de Suabia, para quien sus progenitores habían previsto la herencia materna del ducado de Suabia. Con el fin de reclamar el legado de su madre Fadrique emprendió su viaje hacia la corte imperial de Federico II, llegando a la ciudad de Foggia en el mes de abril de 1240. Su permanencia junto al emperador se prolongó hasta el mes de junio de 1245, momento en el cual, el infante decidió abandonar la corte del emperador sin previo aviso para pasar a Milán, principal enemigo del bando gibelino y, después, regresar a Castilla. Una vez en Castilla, Fadrique participó junto a su padre y sus hermanos, Alfonso y Enrique, en la conquista de Sevilla. En el repartimiento recibió amplios territorios en el norte de la ciudad, decidiendo establecer su residencia en el área del actual Convento de Santa Clara. En el interior de este recinto erigió una torre exenta conocida como Torre de don Fadrique que, según la inscripción ubicada sobre la puerta, se construyó en el año 1252. El modelo arquitectónico al que se ajusta es ajeno a la arquitectura civil castellana del siglo XIII, sin embargo podemos hallar correspondencias con una estructura muy difundida en Italia: la torre nobiliaria. Esta analogía fue el punto de partida para el estudio de las relaciones artísticas entre ambos países configurándose en nuestra investigación un corpus heterogéneo y complejo de obras de arte que engloban la mencionada torre, la Capilla Real hispalense y las tallas marianas vinculadas a ella, el ajuar funerario de Beatriz de Suabia o las Cantigas de Santa María...