10 resultados para Verdad y Justicia

em Universidade Complutense de Madrid


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La igualdad de género como objetivo de desarrollo tiene hoy pleno reconocimiento en la agenda política global, reflejándose en numerosos compromisos pero también en una persistente retóri-ca. Los debates sobre una nueva Agenda 2030 para el desarrollo sostenible debería contribuir a una reflexión crítica sobre cómo acelerar los cambios necesarios para avanzar hacia una mayor justicia social y de género, reafirmando los derechos de las mujeres, y por otro, generar una opor-tunidad más que un riesgo para repensar las dimensiones económicas, sociales, culturales y políti-cas de la transformación hacia un desarrollo sostenible. Frente a estas aspiraciones, surgen una serie de interrogantes que sería necesario despejar. Este documento analiza los avances y desafíos para la realización de los derechos de las mujeres a 20 años de la aprobación e implementación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, y hace un balance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) en clave de género para introducirnos en las propuestas que hoy se plant-ean para los próximos 15 años. Finalmente, analiza desde una perspectiva crítica los resultados alcanzados hasta el momento en la definición de una Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, a ser aprobada por la Cumbre de Desarrollo Sostenible en septiembre de 2015. Por último, unas breves reflexiones finales dejan planteadas algunas pistas para no perderse en el camino.

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Durante los últimos años, y con mayor énfasis en el último lustro, la Organización de Naciones Unidas ha mostrado gran preocupación por la situación de las víctimas de la Guerra Civil española y la posterior represión franquista, recomendando al Estado español modificaciones legislativas y profundos cambios institucionales orientados a una mejor protección y reconocimiento de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de este colectivo, así como políticas dirigidas a la no repetición de los acontecimientos represivos. Paralelamente, las víctimas y organizaciones de la sociedad civil, haciendo efectiva la membresía del Estado español en el Consejo de Europa, han acudido en ocho ocasiones ante la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en reclamo de estos mismos derechos, sin que hasta la fecha este tribunal haya considerado que cuenta con jurisdicción para pronunciarse al respecto.

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Esta conferencia es un intento de comprensión de los valores comunes de las tragedias históricas de Cervantes y de Buero. El talante ético de ambos dramaturgos les caracteriza como ejemplares. La conclusión es doble, por un lado, la libertad es el anhelo humano más importante de la vida; por otro, la verdad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, el amor y la esperanza son esenciales para ser una persona verdadera. La salvación del hombre está, principalmente, en el arte y en las humanidades.

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La educación se relaciona estrechamente con los valores. En la actualidad es frecuente el debate entre los que piensan que estamos en una sociedad sin valores y los que defienden la aparición de valores individualistas y económicos. Pero la formación en valores no es ajena al contexto social ni al modelo educativo. La tesis, Inclusividad y valores en educación, pretende poner en evidencia que los centros escolares inclusivos desarrollan valores de tipo social (respeto, sensibilidad social y trabajo en equipo) así como de tipo político (justicia, coherencia, verdad y responsabilidad). Para ello, se realiza previamente una revisión teórica sobre aspectos relacionados con los valores personales así como los principales agentes de transmisión. La educación inclusiva es aquella que reconoce, promueve y responde educativamente a la diversidad de todas y cada una de las personas, respalda el derecho a la educación, la equidad y la educación individualizada. Por ello, uno de los objetivos principales de este trabajo es identificar los valores que los adolescentes manifiestan en función del tipo de centro en el que se forman. Además del tipo de centro, se ha intentado dar respuesta a dos objetivos complementarios, analizar el tipo de valores dominantes de los estudiantes de Educación Secundaria en función del sexo y los valores del alumnado en función del lugar de procedencia personal y familiar. Respecto al diseño de investigación, se trata de un estudio de carácter ex-post-facto, donde no se manipula la variable independiente y se toman los grupos naturales de clase. La variable dependiente se observa a través de la búsqueda de los efectos que pudiera causar en ella la variable independiente. Se han realizado análisis descriptivo de las variables: valores y sus dimensiones e inclusividad y sus dimensiones; y análisis estadísticos para el estudio de las diferencias entre grupos. Se han adaptado dos instrumentos de medida. El Cuestionario de Valores (fiabilidad Alfa de Cronbach de 0,842), parte y actualiza la teoría de Eduard Spranger (1914), quien establece 9 tipos de valoración personal hacia la vida, vinculados al ámbito psicológico: económicos, estéticos, intelectuales, políticos, éticos, socio-afectivos, religiosos, cultura física y ecológicos...

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Publicado en 1897, El Suicidio (SU) tiene un antes y un después en la obra de Durkheim. Los dos pequeños trabajos que aquí se presentan permiten abocetar esa historia. El primero es como un prólogo inmaduro a SU. Su lectura permite calibrar más adecuadamente el carácter ruptural e innovador de la monografía de 1897 no sólo en el panorama general de la indagación sociológica, sino también en la propia biografía intelectual de Durkheim. El segundo texto, más circunscrito, centrado en el problema de la relación del divorcio y el suicidio, se muestra como un corolario polémico de SU. Permite comprobar hasta qué punto Durkheim no concebía su sociología como una empresa políticamente trivial, sino como una tarea comprometida con la verdad y la realidad, capaz de fundamentar propuestas prácticas muy precisas.

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La Asociación de la Prensa de Madrid (APM) es la mayor y más influyente organización de periodistas de España agrupados en la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) por lo que está vinculada a las demás agrupaciones provinciales. Tiene entre sus asociados y directivos a personalidades de relieve nacional e internacional (Miguel Moya, su primer presidente, José Francos Rodríguez, Alejandro Lerroux, Vicente Blasco Ibáñez, Azorín, Concha Espina, Josefina Carabias, Manuel Chaves Nogales, Camilo José Cela… entre otros muchos). La APM nació en febrero de 1895 aunque fue en el mes de mayo de ese mismo año cuando celebró su acto verdaderamente fundacional. Nace, en principio, como agrupación asistencial y para defender los derechos de los periodistas, tanto en el terreno laboral como en el profesional. Busca los mismos fines asistenciales (farmacia, asistencia médica, economato) que otras asociaciones similares, pero muy pronto amplía sus servicios: biblioteca, actos culturales, clases de idiomas, de taquigrafía… De los 173 asociados iniciales cofundadores, ha llegado a los 7.521 con los que cuenta hoy. La APM es una institución privada sin ánimo de lucro. La biblioteca está compuesta por una rica colección iniciada el año mismo de su fundación, 1895, y que ha llegado hasta hoy con 13.208 volúmenes y una importante sección de medios de comunicación. Las primeras donaciones, todavía en el S.XIX, fueron de la reina María Cristina de Habsburgo-Lorena, Ministerio de Gracia y Justicia, Ministerio de Fomento, Congreso de los Diputados, Instituto Geográfico y Estadístico. Desde entonces ha sufrido tantos avatares de todo orden (desatenciones, cambios de sede, incendios, escasez de medios, una guerra civil…) que su conformación ha resultado una difícil tarea. En algunos periodos de su historia no pasó de ser un mero instrumento simbólico de prestigio. Sin embargo, siempre ha gozado del interés y atención de numerosos asociados que han ido donando libros de sus bibliotecas particulares...

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El 27 de octubre de 2015, el Juzgado Central de Instrucción número tres de la Audiencia Nacional (AN), procesó a cinco dirigentes etarras a los que considera responsables de un delito de lesa humanidad tipificado en el artículo 607 bis del vigente CP, en concurso real con delitos de asesinato. La causa se centra en los atentados mortales perpetrados por ETA a partir del 1 de octubre de 2004, fecha en la que se introdujo el delito de lesa humanidad en el CP español. En este trabajo se analizan los conceptos de terrorismo y delitos de lesa humanidad, con la finalidad de intentar aclarar la controversia suscitada, centrándose principalmente en establecer si los atentados cometidos por la banda terrorista ETA pueden tipificarse como delitos de lesa humanidad, y en caso afirmativo, desde qué fecha. Además contiene un apartado dedicado a las víctimas, que incluye una entrevista realizada a D. Daniel Portero de la Torre, presidente de la Asociación “Dignidad y Justicia”.

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La literatura sobre la justicia transicional en los Balcanes hasta el momento se ha centrado casi exclusivamente en los juicios penales internacionales y ha hecho caso omiso de la reforma institucional. El presente estudio ha incorporado el análisis de la reforma institucional, más específicamente, judicial, definida como uno de los mecanismos de justicia transicional, y ha estudiado la influencia de las negociaciones de adhesión de la UE al respecto, desarrollando así un modelo triangular entre la reforma institucional (judicial), la justicia transicional y la europeización. En esta investigación se aborda la justicia transicional en Croacia y Serbia a través del prisma de la ampliación de la Unión Europea. Se parte de la premisa de que en el proceso de la ampliación a los dos países la Unión Europea adoptó el papel de ejecutor sustituto de la justicia transicional: primero, condicionando el inicio de las negociaciones para la adhesión con la cooperación con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY), y luego, haciendo uso de las negociaciones para la adhesión para promover la reforma judicial. Por lo tanto, la investigación combina el conocimiento de dos campos de estudio: la justicia transicional y la europeización. A falta de promoción interna de la justicia transicional, el proceso de integración europea sirvió como promotor externo de los mecanismos de justicia transicional en los Balcanes occidentales y ha tenido un efecto disuasorio. Después de señalar las carencias identificadas en la literatura científica, se ha adoptado el enfoque correspondiente para abordar la cuestión específica de medidas de justicia transicional: la reforma institucional del poder judicial a través de las negociaciones para adhesión de la UE...

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El presente trabajo expone la urgencia de un tercer principio de justicia, el cual amplía y critica la concepción de la Justicia como Equidad de John Rawls. Desde la visión del célebre filósofo liberal, los principios y las ideales son eficientes para la formulación de una teoría normativa de la sociedad, la llamada “sociedad bien ordenada”. No obstante, conceptos como “posición original” y “velo de la ignorancia” de nada servirían ante la realidad de las injusticias sociales y que las instituciones que propenden por la justicia, las cuales son organizadas a partir del “consenso entrecruzado”, no logran un respaldo adecuado debido a un grave problema de diseño en la “estructura básica” de la sociead bien ordenada: la sociedad se desestabiliza por la acción de un inadvertido –por Rawls- “Segundo Velo de Ignorancia” (SVI). Además, la teoría rawlsiana de la Jusitica se basa en concepción de la racionalidad y la razonabilidad, pilares de la sociedad liberal y fundamento imprescindible para la realización de los Principios de Justicia. No obstante, éstas son inoperantes en la vida cotidiana, al ser los seres humanos sobredeterminados por las asimetrias del poder politico y económico, lo que empuja también la adopción de actitudes tales como la ambición, el miedo y el rencor. Estas características, llamadas por Rawls “psicologías especiales”, son incitadas también por la sensación de incertidumbre que viene ante nuestro desconocimiento de lo que sucederá en el futuro...

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En esta contribución se exponen algunas consideraciones clave sobre el concepto y fundamento jurídicos del principio de la Justicia Internacional, así como acerca de su traslación al derecho internacional convencional. En conexión con ello, se incorpora un análisis y reflexión críticas que a partir del desarrollo y evolución práctica de este principio, se plantea si no estaremos asistiendo a su final y/o radical cambio en su verdadero contenido y sentido.