4 resultados para Responsabilidad (Derecho)

em Universidade Complutense de Madrid


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La Responsabilidad Social Corporativa (RSC), como resultado de un proceso que lleva ya varias décadas, hoy y cada vez más, es asumida e incorporada por las organizaciones como un valioso instrumento estratégico, en el cual la RSC engloba todas las decisiones organizacionales que son adoptadas y que tienen en cuenta tanto la dimensión económica como la dimensión social y la ambiental, de manera que sea posible generar valor económico y contribuir simultáneamente al bienestar de las generaciones presentes y futuras. De alguna manera, los principios y prácticas de RSC no serán desarrollados ni adoptados espontáneamente por las organizaciones sino en la medida de que las organizaciones dominantes (una élite, en el sentido del modelo del nuevo institucionalismo) encuentren interesante imponer su concepción particular sobre la calidad de la RSC (en el sentido de análisis de calidad de economía industrial). Existen estudios que demuestran que el respeto a mayores exigencias en materia de desarrollo sostenible por parte de una organización tiene un efecto positivo sobre su productividad, ya que existe una correlación positiva entre la Performance Social (PS) de las organizaciones y su Performance Financiera (PF) (Hitchens et al., 2001; Orlitzky et al., 2003; Allouche and Laroche, 2005; Margolis and Elfenbein, 2008). Y aunque los estudios empíricos no han encontrado un vínculo simple entre PS y PF, la hipótesis del “círculo virtuoso” prevalece: una mejor PS (prácticas de RSC) conduce a una mejor PF (Waddock and Graves, 1997). Por lo tanto la RSC se consolida como fuente de ventaja competitiva y herramienta de protección en momentos de crisis (Gomez Carrasco, 2012). Es así como, gracias a la mayor rentabilidad resultante de la implementación a nivel institucional de la RSC en el seno de su organización, las organizaciones dominantes del mercado impondrán sus principios y prácticas al resto de los actores del mercado...

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En el presente trabajo se analizan los distintos aspectos de una previsión normativa de especial relevancia dentro del ordenamiento jurídico español como es la responsabilidad concursal. La importancia de la norma como mecanismo de protección tanto de acreedores como del tráfico jurídico, la controversia acerca de determinados aspectos de la misma y la novedad que supuso la inclusión de la misma en la Ley Concursal de 2003 justifican la exégesis del precepto en pos de una mejor comprensión y aplicación del mismo.

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El Empowerment se convierte en la herramienta estratégica que fortalece el liderazgo de la persona desde una filosofía motivacional. La persona decide sobre cómo se hacen las cosas y asume la responsabilidad en el proceso. Proponemos una reflexión profunda en torno a la relación que surge entre los trabajadores sociales y los usuarios “sujetos” reales de los Servicios Sociales y de Salud haciendo hincapié en ese fortalecimiento personal que queremos resaltar. De este modo, pretendemos recuperar en la intervención social con “el otro”, precisamente a ese “otro”, a ese sujeto, a su propio potencial; todo ello desde la perspectiva que engloba nuestro trabajo profesional como trabajadores sociales ejerciendo el Trabajo Social o la gestión de éste, inmerso en las instituciones ya sean de carácter público, privado, mixto, concertados, confesionales... y, en su relación con el ciudadano sobre el que definitivamente revierten y se materializan los efectos (por concesión, denegación u omisión) de los tan ampliamente deseados derechos sociales en el Estado de Bienestar del siglo XXI. Analizaremos el marco legal en materia de Servicios Sociales y Salud destacando fundamentalmente todas aquellas referencias al derecho que tiene el usuario, ciu- dadano, objeto y sujeto de la red de Servicios Sociales y de Salud, a disponer de la documentación técnica que sujeta su historia social clínica en su relación con los profesionales del campo social; además apostamos por la práctica profesional y la intervención psicocial con el cliente, desde el empowerment.

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Hace décadas que los efectos de la actuación de las empresas sobre el disfrute los derechos humanos (DH) forman parte del debate jurídico internacional. En un contexto expansión transfronteriza de la actividad económica se han generado estructuras empresariales transnacionales que alcanzan en ocasiones la posibilidad de influir (directamente o a través de grupos de presión) a gobiernos y administraciones públicas y de incidir negativamente en el disfrute de los DH. Si bien estas situaciones pueden producirse en cualquier lugar del mundo, los países con un menor nivel de desarrollo o en situaciones de transición son más susceptibles de convertirse en escenarios de violaciones de DH. Además, en ellos es más difícil hacer efectiva la persecución y sanción de las conductas infractoras por una escasa o deficiente regulación nacional y/o por la debilidad de las estructuras administrativas y judiciales, imbuidas de corrupción en muchos casos. Jurídicamente, el estudio de posibilidades de articular y exigir responsabilidad a las empresas por violaciones de los DH requiere en primer lugar analizar la existencia y alcance de las obligaciones en materia de DH que repercuten sobre las empresas. Con este fin, y teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas más novedosas, este trabajo aborda los distintos enfoques que permiten las dos disciplinas jurídico-internacionales: el Derecho internacional Público (DIP) y el Derecho internacional privado (DIPr) adoptando lo que, frente a la ya suficientemente estudiada perspectiva judicial (acceso a la justicia), puede calificarse como aproximación reguladora. Como es obvio, tanto las fuentes como las técnicas de reglamentación varían si tomamos como sujetos de referencia a los Estados o a las empresas que, por lo demás, operan en planos normativos y de responsabilidad distintos. Mientras el Estado incurre en responsabilidad internacional, ésta no es en principio atribuible a las empresas que, más allá de la eventual responsabilidad penal y/o administrativa, incurren en responsabilidad civil establecida a escala nacional.