4 resultados para Reforma política -- Colombia -- 2003

em Universidade Complutense de Madrid


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Los partidos políticos son agrupaciones temporales que median entre los grupos de la sociedad y el Estado y participan en la lucha por el poder político, a través de los procesos electorales. Los partidos tienen la obligación de registrar una plataforma electoral, a través de la cual plantean propuestas preliminares que se someten a consideración de los ciudadanos con el propósito de convocar al diálogo y a la deliberación, las cuales son enriquecidas y profundizadas a lo largo de las campañas, que debieran convertirse posteriormente en la base del programa de gobierno del partido que resulte triunfador en las elecciones. Respecto a la relación que existe entre la Plataforma Electoral y las iniciativas legislativas del Ejecutivo Federal en materia político-electoral, cabe señalar que: El 15 de diciembre de 2009, el Presidente presentó la iniciativa de Reforma Política compuesta por 9 puntos, a saber: Permitir la elección consecutiva de legisladores federales, locales, miembros de los ayuntamientos y jefes delegacionales; reducir el número de integrantes de las cámaras, modificando los principios para la integración de la Cámara de Senadores; adoptar la segunda vuelta electoral para la elección del Presidente; incrementar a 4% el porcentaje mínimo de votación para que un partido político nacional conserve su registro; incorporar las candidaturas independientes; permitir a los ciudadanos y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentar iniciativas de ley; facultar al Presidente para presentar iniciativas preferentes y para observar, parcial o totalmente, el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Ley de Ingresos; así como para publicar parcialmente aquellas leyes cuyas observaciones no hayan sido superadas en el Congreso...

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La Tesis Cooperación España- Colombia: un enfoque de Economía Política, realiza un análisis sobre los problemas de agencia existentes en la cooperación al desarrollo, entre países donantes y receptores, aplicado al caso de Colombia. Teorías como Elección Pública, Gobernanza, Economía Neo institucional, sirven de marco para contrastar fallos de gobierno, asimetrías de información, riesgo moral, selección adversa, buscadores de renta. La investigación aporta las siguientes evidencias: Hay necesidad de impulsar la gobernanza en la cooperación al desarrollo, por que las decisiones sobre cooperación bilateral se toman entre los gobiernos de los países, sin evidencias reales de procesos de gobernanza que integre en el diseño de estrategias de desarrollo, la participación de representantes del Estado, sociedad civil y mercado – sector privado. Por esta razón en los foros de Eficacia de la ayuda como Accra (2008) y Busan (20011), se impulsó el concepto de apropiación democrática, que incluye como actor de cooperación a la sociedad civil. Sin embargo, este proceso no está aún integrado en un claro arreglo institucional. Los principios de eficacia de la ayuda de la declaración de Paris, compromete al país donante a alinearse con el país receptor. Sin embargo otorgar todo este poder discrecional a países receptores, puede ser más dificultoso en naciones con menor fortalecimiento institucional por problemas como corrupción, estados frágiles o conflictos armados. El caso colombiano es un ejemplo de los problemas de agencia por conflicto entre ideas e intereses, que genera la alineación de países donantes con receptores. Después de la adhesión de Colombia a la Declaración de Paris en 2007, el compromiso del gobierno de Colombia era acordar la cooperación de forma bilateral, contando con el alineamiento del país receptor. Por lo tanto el gobierno no vio la necesidad de seguir consensuando sus estrategias de cooperación con la participación de donantes y sociedad civil, como lo hizo en la primera estrategia de cooperación de Colombia 2003 – 2006, lo que demuestra como la adhesión a la Declaración de Paris desestimuló procesos de gobernanza...

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¿Es hoy la Administración presupuestaria una realidad diferente tras sucesos tan importantes como la reforma política (años 70 del siglo XX), la reforma de la estructura del Estado (años 80) y el cambio regular de partidos gobernantes (consolidado en los años 90)? Antes de entrar a considerar cuestiones más metodológicas y de entrar en detalles exigibles académicamente, hay que decir que se trata de un estudio político de adminis-tración pública totalmente empírico. Es un estudio del poder público, en el que se consi-dera que la administración pública ejerce el poder público y cumple una universalidad de fines, se estudia qué es la administración pública y los grupos humanos que la integran y sirven. Aspira a contribuir a dar conocimiento para administrar adecuadamente en el sec-tor público1. Se estudia la administración presupuestaria central en España en el período que va de 4 de enero de 1977 (Ley General Presupuestaria) a 5 de mayo de 1996 (cambio de Go-bierno del PSOE a Gobierno del PP). No sólo es un estudio de Ciencia de la Administra-ción porque el objeto es un sector de la Administración pública, sino porque además es un estudio flagrantemente político, con consecuencias sobre el sistema político y sobre la administración pública simultáneamente. Se puede decir que incorpora dos visiones o ángulos aparentemente opuestos: una visión macro que nos lleva al sistema político global, y una visión micro que enlaza con el trabajo cotidiano de muchos funcionarios, con la política y con la gestión, difícilmente separables...

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Este trabajo, hermenéutico interpretativo, profundo y emotivo, que elegí para optar mi título doctoral, ha sido un desafío, que retó mi capacidad académica y me ha permitido “dar la palabra” a mujeres racializadas, sujetas a teorías y debates, que las dimensionan desde periféricos rincones de la sinrazón social, política y académica de una América Latina que se jacta de su Multiculturalidad y Pluriétnia, pero que no termina de encajar el tema de la Negritud, como un asunto político que demanda acciones integrales para lograr el reconocimiento “real” de esa declaración derechos humanos que proclama que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” Colombia, ha mostrado su deseo de incorporar en su noción de Estado social de Derecho la premisa de que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y así lo recogió en su Carta Magna, en la reforma constitucional del año 1991, al declarar que “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana”. (Art, 7) y facultar a esas diversidades étnicas, como lo es la Afrodescendiente (en ese momento autodenominada Comunidades negras de Colombia) a proyectar una ley que les permitiera establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana (Art 1, Ley de Comunidades Negras, 70 de 1993)...