2 resultados para Precursor Lipid Ii
em Universidade Complutense de Madrid
Resumo:
Sticholysin II (StnII) is a pore-forming toxin that uses sphingomyelin (SM) as the recognition molecule in targeting membranes.After StnII monomers bind to SM, several toxin monomers act in concert to oligomerize into a functional pore. The regulation of StnII binding to SM, and the subsequent pore-formation process, is not fully understood. In this study, we examined how the biophysical properties of bilayers, originating from variations in the SM structure, from the presence of sterol species, or from the presence of increasingly polyunsaturated glycerophospholipids,affected StnII-induced pore formation. StnII-induced pore formation, as determined from calcein permeabilization, was fastest in the pure unsaturated SM bilayers. In 1-palmitoyl-2-oleoyl-sn-glycero-3-phosphocholine (POPC)/saturated SM bilayers (4:1 molar ratio), pore formation became slower as the chain length of the saturated SMs increased from 14 up to 24 carbons. In the POPC/palmitoyl-SM (16:0-SM) 4:1 bilayers, SM could not support pore formation by StnII if dimyristoyl-PC was included at 1:1 stoichiometry with 16:0-SM, suggesting that free clusters of SM were required for toxin binding and/or pore formation. Cholesterol and other sterols facilitated StnII-induced pore formation markedly, but the efficiency did not appear to correlate with the sterol structure. Benzyl alcohol was more efficient than sterols in enhancing the pore-formation process, suggesting that the effect on pore formation originated from alcohol-induced alteration of the hydrogen-bonding network in the SM-containing bilayers. Finally, we observed that pore formation by StnII was enhanced in the PC/16:0-SM 4:1 bilayers, in which the PC was increasingly unsaturated. We conclude that the physical state of bilayer lipids greatly affected pore formation by StnII. Phase boundaries were not required for pore formation, although SM in a gel state attenuated pore formation.
Resumo:
Juan de Mariana (1536-1624) fue un autor español de la orden de los jesuitas que destacó por escribir el primer libro moderno de historia de España. Por encargo del rey Felipe II, publicó en latín Historia de rebus Hispaniae en 1592 y su propia traducción al español con el título Historia general de España en 1601. Esta investigación doctoral tiene como objetivo analizar sus principales obras de economía política De Rege et Regis Institutione (1599) y De Monetae Mutatione (1609), junto con su obra histórica, para contestar dos cuestiones importantes: si Juan de Mariana perteneció a la Escuela de Salamanca y, también, si podría considerarse un precursor del liberalismo que influyó en autores de los siglos XVII y XVIII. Con el objetivo de responder a la primera cuestión, la investigación propone dos agrupaciones posibles de los escolásticos tardíos españoles que permiten analizar en su conjunto las instituciones y los principios que defendieron. La primera clasificación agrupa a los autores en función de su vinculación a la Universidad de Salamanca y del uso del derecho de gentes (que es el derecho consuetudinario o “common law” inglés) y se denomina Escuela de Salamanca. Sin embargo, la segunda clasificación agrupa a los autores como un colectivo más amplio que fusiona la Escuela de Salamanca junto con los autores españoles sobre los que influyó y que, rápidamente, se extendió a todas las universidades españolas (Palencia, Valladolid, Alcalá de Henares, Valencia, Sevilla), vinculados por el uso genérico del derecho natural (como referirse a lo que “existe con independencia de la voluntad humana”); que emplearon en la identificaron de las instituciones y de los principios responsables del funcionamiento del orden de mercado o económico como, entre otros, los derechos de propiedad, los contratos privados, el comercio internacional, el principio de consentimiento, los principios tributarios, el precio del mercado, el origen del dinero y sus funciones, la necesidad de equilibrio en los presupuestos públicos, los impuestos bajos y el mínimo endeudamiento, el principio de la preferencia temporal, la tasa de interés de los préstamos, la importancia de las letras de crédito… Se han comparado las instituciones que defendió el padre Mariana con aquellas que argumentaron los autores de la Escuela de Salamanca, llegando a la conclusión de que no pertenece a la Escuela de Salamanca de Economía (ESE) porque no emplea el derecho de gentes y nunca estudió en la Universidad de Salamanca pero que, sin embargo, sí puede considerarse un heredero de la misma y que, de hecho, constituye uno de los máximos exponentes de un conjunto más amplio, denominado Escuela Española de Economía (EEE)...