3 resultados para NP EN 1992-1-1
em Universidade Complutense de Madrid
Resumo:
El objetivo de la presente tesis doctoral consiste en realizar un análisis descriptivo de las principales características definitorias de los menores implicados en actos delictivos, analizando variables sociodemográficas, delictivas y clínicas, para determinar el grado en que dichas variables están relacionadas con la reincidencia delictiva general (compuesta por reincidencia y reiteración, no reincidencia y reiteración, reincidencia y no reiteración y no reincidencia y no reiteración), la reincidencia delictiva (caracterizada por reincidencia y reiteración, no reincidencia y reiteración y reincidencia y no reiteración), no reincidencia y la reincidencia violenta. A modo aclaratorio, se define la reincidencia como la presencia de uno o más delitos por lo que un menor está cumpliendo medida en la actualidad, así como medidas judiciales pendientes por hechos delictivos que han ocurrido o bien de forma simultánea o posteriormente al inicio de la medida judicial que cumple al momento de la evaluación. Por otro lado, la reiteración se refiere al historial delictivo previo del menor, estableciéndose en función de la comisión pasada de uno o más delitos por los que el menor ya ha cumplido alguna medida judicial. Además, con la presente tesis doctoral se presenta un modelo de riesgo en función del valor predictivo de cada una de las variables contempladas en el ocio de riesgo del menor, para establecer las líneas de intervención de un Programa de Ocio y Tiempo Libre que se ajuste a la realidad de los menores infractores. Para ello, en primer lugar, en el presente estudio se ha contextualizado el marco legal, realizándose un recorrido histórico desde el primer Código Penal de 1922, los Códigos Penales de 1948 y 1970, así como la Ley Orgánica de Poder Judicial de 1985 por la que los Tribunales Tutelares pasaron a ser Juzgados de Menores, hasta que fue aprobada la Ley Orgánica Reguladora de la competencia y el Procedimiento de los Juzgados de menores en 1992. Así, se analizan las sucesivas reformas de dicha Ley Orgánica, llegando a la conocida L.O.R.P.M. de 5/2000, siendo su principio fundamental actuar por el superior interés del menor, derivándose de un modelo mixto, de naturaleza formalmente penal, pero materialmente sancionadora educativa, volviendo a ser reformada por la Ley Orgánica 8/2006, que implicó el endurecimiento del tratamiento penal de menores...
Resumo:
El cáncer colorrectal es el tercer tumor más frecuente en Occidente (1,2). Dentro de esta entidad el cáncer de recto representa un tercio del total de los pacientes afectos por esta neoplasia (3,4). Los síntomas iniciales de este tumor son anodinos lo que explica porque en casi la mitad de los casos los pacientes presentan una enfermedad localmente avanzada o metastásica al diagnóstico (1). La supervivencia de los pacientes con cáncer de recto localmente avanzado (CRLA) ha experimentado una gran mejoría desde finales del siglo pasado, especialmente por la disminución de las recidivas locales. Sin embargo, la diseminación sistémica es el mayor reto en el tratamiento de esta enfermedad. El CRLA se define como aquel con una extensa afectación de la pared del recto o que presenta adenopatías locorregionales metastásicas, englobándose dentro de los estadios II y III de la AJCC (5). Para su tratamiento es imprescindible un enfoque multimodal, en el que se combinan distintos componentes terapéuticos y especialidades asistenciales (6). El esquema de referencia avalado científicamente por las principales guías clínicas y documentos de consenso disponibles en la actualidad (NCCN (7), ESMO (4), NICE (2) y EURECCA (8), se basa en la administración inicial de quimioradioterapia (QRT) neoadyuvante seguida de la cirugía y posteriormente considerar la opción de un tratamiento quimioterápico adyuvante...
Resumo:
El conflicto puede generarse cuando el equilibrio de poder entre las partes interesadas se desplaza, empoderando a unos y desempoderando a otros (McKercher et al. 2005). El Patrimonio, entendido como una valoración social incorporada a la realidad (Barreiro en prensa)1, forma un entramado ideal para convertirse en un inductor de conflictos, pues incluye la percepción de diferentes grupos, o individuos, con diferentes posiciones de poder en torno a los procesos de su gestión y su impacto. En 2012 y tras diez años de cierre preventivo de la Cueva de Altamira, se aprobó el Programa de Investigación para la Conservación Preventiva y Régimen de Acceso de la Cueva de Altamira, generando un activo debate en torno a la dicotomía cierreapertura. Con el objeto de profundizar en la caracterización de Altamira como enclave patrimonial, el Programa incorporó un estudio de Valor Social, cuyos resultados deberían servir, como los de los restantes proyectos del Programa, para optimizar las condiciones de gestión del sitio. Como parte del equipo de trabajo, a través de la presente comunicación, pretendemos analizar Altamira como espacio de conflicto durante el proceso de ejecución del Programa, convirtiéndonos a su vez en actores integrantes de dicho conflicto. Con la pretensión de obtener una idea global e integrada de Altamira, implementamos diferentes técnicas cualitativas y cuantitativas de investigación, a través de una aproximación interdisciplinar. Desde técnicas antropológicas y sociológicas, identificamos una variedad significativa de actores sociales(comunidad local, visitantes, personal del museo, especialistas en conservación, actores políticos, investigadores, empresarios, etc.) de diversos ámbitos territoriales (municipal, autonómico y estatal) que encarnaban las aristas de un conflicto poliédrico. Nuestro fin era analizar las distintas posiciones de poder desde las que los actores conformaban sus valoraciones sobre Altamira. Entre los múltiples resultados del estudio destacamos una normalización de la importancia del “valor” de Altamira en relación a otros espacios patrimoniales; una instrumentalización de dicho espacio desde la política para potenciar el valor económico de la zona; y una idealización del papel de los expertos en Patrimonio para decidir sobre la apertura-cierre de Altamira.