2 resultados para Impuestos-Deducciones

em Universidade Complutense de Madrid


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En este trabajo se exploran algunas posibilidades de reforma del sistema de financiación autonómica actual (Acuerdo de 2001), basadas en la modificación de las cestas de impuestos que configuran la capacidad fiscal de los distintos niveles de gobierno. En primer lugar, se presenta un breve diagnóstico del funcionamiento actual del sistema de financiación, destacando los principales problemas existentes. En segundo lugar, se realizan unas reflexiones generales que intentan orientar las distintas posibilidades de reforma, tomando como base el cumplimiento de los principios de autonomía, suficiencia y solidaridad. Por último, se presentan diversos escenarios de reforma con propuestas específicas de modificación de los espacios fiscales propios del Estado y las Comunidades Autónomas y se analizan los efectos que tendrían las modificaciones sugeridas tanto desde un punto de vista estático como dinámico.

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El presente trabajo pretende poner de manifiesto las dificultades que presenta la aplicación del régimen fiscal de cooperativas como consecuencia de algunas cuestiones específicas de este tipo societario como son: la existencia de distintos tipos de resultados que además tributan a tipos impositivos distintos; la dotación a unos fondos sociales obligatorios, deducibles, en todo o en parte, cuyo cálculo se puede realizar antes de impuestos o después de impuestos; las discrepancias existentes en la calificación dada a distintas partidas por la ley sustantiva y la ley fiscal. En todos los casos surgen problemas de aplicación práctica de difícil e incluso, en ocasiones, imposible solución para atender tanto a la legislación sustantiva como a la fiscal. Si además unimos la existencia de diferencias temporarias que pueden tener origen diverso, la imputación de las mismas a un resultado u otro, o incluso el seguimiento de su reversión se complica sobre manera. Esta situación supone un clarísimo agravio comparativo frente a otras formas jurídicas, que no presentan, ni de lejos, semejante complejidad. Así pues, se proponen en el trabajo algunas soluciones, como serían la existencia de un único resultado con un único tipo de gravamen; o la tributación exclusiva de los resultados extracooperativos quedando los cooperativos exentos del impuesto sobre sociedades, al tributar posteriormente estos rendimientos en el impuesto sobre la renta de los socios de la cooperativa; o caso de mantenerse las dos bases con los dos tipos, eliminar las discrepancias entre las normas sustantivas y la ley fiscal, así como permitir imputar cualquier ajuste únicamente a la base imponible cooperativa.