6 resultados para Igualdad y respeto

em Universidade Complutense de Madrid


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Los medios de comunicación dan cuenta diariamente de hechos noticiosos relativos a asesinatos de mujeres cometidos principalmente por varones que mantenían o habían mantenido relaciones afectivas con las fallecidas. La relevancia de este tipo de noticias ha cobrado significado, y es de obligado cumplimiento su publicación por la profesión periodística desde la muerte de Ana Orantes, en diciembre de 1997. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, contempla diversas medidas de prevención de este tipo de violencia en los ámbitos público y privado; creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que se encargan de los procesos penales relativos a este tipo de violencias y, en general, protege a las mujeres contra los malos tratos, las lesiones, las amenazas, las vejaciones y las coacciones. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, refuerza la ley anterior, para lo que incluye mecanismos que favorecen la igualdad de género en la vida laboral y social. Pero, ¿qué cambios ha experimentado la información periodística relativa a la igualdad de género y a la violencia de género que pueden ser atribuibles a las leyes de igualdad y violencia de género? Se parte de la hipótesis de que las informaciones periodísticas no explican por qué siguen muriendo anualmente entre 50 y 70 mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas. La teoría feminista inscribe estas muertes en la desigualdad de género y en la cultura del patriarcado, que subordina a las mujeres culturalmente a los varones, sin embargo las informaciones periodísticas no relacionan desigualdad de género con violencia de género. Al abordar este trabajo de investigación, se entendía que tendrían que haberse producido cambios en el tratamiento informativo de este tipo de violencia porque ambas leyes contemplan cierta responsabilidad de los medios de comunicación en la trasmisión de la imagen de las mujeres y de los hombres más acorde con la realidad. Por lo quese trató de averiguar cuáles han sido esos cambios...

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El Tribunal de Justicia la Unión Europea ha hecho públicas las conclusiones de sus abogadas generales en dos casos sobre discriminación por motivos de religión o convicciones en el empleo, relativos ambos al uso de símbolos religiosos personales. Este artículo analiza esas conclusiones, que parten de posturas antagónicas y llegan a resultados diferentes. Con carácter previo, se exponen algunas nociones sobre la igualdad y no discriminación en la Unión Europea. Se concluye que la orientación de las futuras sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es incierta, aunque las conclusiones analizadas tienen ya un valor destacable, al ofrecer elementos importantes en el debate jurídico en torno al derecho fundamental de libertad religiosa y a la no discriminación por motivos de religión o convicciones.

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La investigación tiene como objetivo central la confección de dos estudios de caso de las políticas de igualdad de Chile y Costa Rica, que enfatizan en sus concepciones de igualdad y estrategias, con el propósito de explicitar las bases conceptuales y programáticas de la igualdad entre mujeres y hombres como problema público. Las políticas de igualdad son relativamente recientes en América Latina y el Caribe. Su desarrollo toma fuerza en la década de los noventa del siglo pasado y son motivadas principalmente por un marco de compromisos y acuerdos supranacionales (mundiales y regionales) de carácter jurídico, que emanan de Convenciones y legislación nacional y político, que derivan de la IV Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing 1995) y su Plataforma de Acción, Conferencias Mundiales y Conferencias Regionales. El énfasis se pone en la fase de formulación de las políticas de igualdad, que comprende la definición de su modelo causal y la formulación de su programa de actuación político– administrativo, en concreto el análisis de los objetivos, instrumentos y procesos que deberán ponerse en práctica para el logro de la igualdad entre mujeres y hombres. Para tal efecto y utilizando el estudio de casos como método de investigación, se construyen y analizan los casos de políticas de igualdad de Chile y Costa Rica, tomando como referente una estructura y orientaciones metodológicas similares. El marco conceptual de la investigación profundiza en las definiciones y elementos que caracterizan a las políticas públicas; el género como categoría de análisis; la delimitación y alcance de los conceptos de no discriminación, equidad e igualdad; las definiciones de políticas de igualdad de oportunidades, políticas de equidad de género y políticas de igualdad de género; y la transversalidad de género como estrategia de política pública...

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Las sentencias del TJUE de 2015 y 2016 plantean, de nuevo, el alcance del derecho a la igualdad y no discriminación por razón da nacionalidad en el acceso a las prestaciones sociales, en especial, a las de subsistencia. La actual interpretación restrictiva del TJUE deriva de la concepción ambigua en el derecho de la Unión Europea sobre el estatuto de "Ciudadanía de la Unión"; posición que, al respecto, parece asumir el Consejo Europeo de febrero de 2016.

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Esta tesis es el resultado de una investigación llevada a cabo con alumnos de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), en la asignatura de Educación Plástica y Visual durante más de diez años. Según la legislación vigente uno de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en utilizar el lenguaje plástico para representar emociones y sentimientos, vivencias e ideas, contribuyendo a la comunicación, reflexión crítica y respeto entre las personas. Aunque la Ley lo expresa claramente, no lo desarrolla suficientemente en sus contenidos, con lo cual pretendemos dar respuesta a este objetivo. Por ello hemos elaborado una unidad didáctica específica por cada nivel educativo, dentro del área de Educación Plástica y Visual que ayuden a conseguir que los alumnos desarrollen la capacidad de representar emociones y sentimientos, vivencias e ideas. Teniendo en cuenta que esta propuesta se pondrá en práctica con alumnos adolescentes, será imprescindible conocer las características específicas de la adolescencia, por lo que consideramos importante promover actividades programadas para ellos, en las que se activen y promuevan mecanismos de reflexión y preocupación por los temas específicos de su edad. El lenguaje visual y las actividades propuestas deben ayudar al adolescente a exteriorizar todo lo que tiene en su interior. Utilizaremos la expresión artística como acelerador emocional, para ayudarles a sacar recuerdos y sentimientos que, seguramente, no podrían manifestar fácilmente de otro modo...

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Las sexualidades alternativas (swinger1 y bdsm2) se muestran como espacios libremente elegidos por mujeres y hombres para desarrollar una sexualidad no hegemónica en términos de total igualdad y consentimiento de las mujeres. El trabajo cuestiona estos presupuestos con la información obtenida a través de entrevistas realizadas a informantes clave, debates en foros de Internet, grupos de discusión y búsqueda y análisis básico de datos en diferentes páginas web. Se profundiza en las vivencias y experiencias de mujeres y hombres practicantes, con énfasis en la sexualidad femenina. Se analiza el mito de la mujer perversa en la dominación femenina3 como objeto de fantasía sexual masculina. La reformulación del personaje en términos de género, proponiéndola a las mujeres como posibilidad, es un elemento importante en el trabajo. Las conclusiones a las que se llega evidencian la fuerte persistencia de los estereotipos de género y la reproducción de forma masiva y sistemática de los roles de género en el juego sexual. Las vivencias de la sexualidad de las mujeres están impregnadas del sistema sexo/género y de su tradicional opresión. La subyugación femenina aparece, sin embargo, en un escenario de posibilidades y oportunidades para desarrollar una sexualidad genuinamente libre e igualitaria en aparente contradicción.