3 resultados para Fenômeno jurídico trabalhista. Efetividade. Capitalismo.Estado. Ideologia
em Universidade Complutense de Madrid
Resumo:
El Objetivo de la presente tesis se dirige a analiza, de qué forma el Estado está respondiendo a los retos que el nuevo fenómeno de la migración internacional le plantea en el marco de una Sociedad Internacional globalizada: presión migratoria, migración irregular, transnacionalidad, feminización...; teniendo en cuenta las posibles alternativas de actuación que el marco de Relaciones Internacionales le ofrece y que principalmente se centra en tres enfoques teóricos: Seguridad, Desarrollo económico, y Derechos humanos. Así mismo, la investigación analiza qué factores son los que determinan la elección del enfoque de actuación concluyendo que no depende esa elección tanto de la propia naturaleza del fenómeno migratorio, sistémica, compleja y transnacional, sino de la valoración que el Estado realice teniendo en cuenta su posición e intereses en la Sociedad Internacional como resultado de la interacción con el resto de posibles actores. En términos generales, las respuestas que el Estado está ofreciendo, predominantemente en el marco del paradigma neorrealista desde una perspectiva de seguridad, no se adecúan a los requerimientos de actuación que plantea el nuevo fenómeno migratorio lo que en la práctica está conduciendo a que la gobernabilidad no sea efectiva. Sin embargo, a corto y medio plazo, no existen perspectivas de cambio de enfoque. Tan solo acontecimientos extraordinarios o una gran demanda de social podrían inducir los citados cambios.
Resumo:
La convivencia more uxorio es un hecho consolidado en nuestra sociedad. Y, por tanto, precisa de un régimen jurídico que garantice su seguridad jurídica. A lo largo de los últimos años, el legislador autonómico ha dictado normas en esta materia que resultan claramente inconstitucionales por atentar contra las competencias exclusivas del Estado recogidas en el artículo 149.1.8 de la Constitución y contra el principio de libre desarrollo de la personalidad, recogido en el artículo 10.1 de este texto. El presente trabajo estudia el concepto y evolución de esta aparentemente nueva institución jurídica y cuestiona la constitucionalidad de las leyes autonómicas que la regulan, basándose en la reciente STC 93/2013.
Resumo:
Este trabajo aspira a proporcionar herramientas adicionales en el ámbito de la comunicación y la pragmática intercultural mediante la propuesta de dos constructos: “Marco Institucional” y “Práctica Institucional”. Estos dos constructos se apoyan sobre las ideas desarrolladas por el filósofo John Searle en su teoría de la realidad institucional (1995, 2010) que se basa en el supuesto de que la asignación de significado es un fenómeno intrínsecamente humano. Por lo tanto, la realidad social es una construcción social: es ontológicamente subjetiva. Según Searle, un atributo clave que capacita a los seres humanos para crear la realidad social es el lenguaje, lo que implica que la realidad social es esencialmente lingüística: Constituida por representaciones basadas en estados intencionales intrínsecamente humanos, impuestas de manera colectiva sobre acciones, objetos y situaciones. La realidad social es lingüística en el sentido de que existe en tanto que nuestra capacidad humana lingüística nos permite crear y representar entidades de cosas como teniendo significado y funciones que no tendrían si no fuera por nosotros. ¿De qué manera es esto relevante ayudar a para comprender mejor la comunicación y la pragmática intercultural? Pretendemos justificar que nuestro campo de estudio comprenda análisis que vayan más allá de aquello se dice o se pronuncia (beyond utterances). Para responder a esta necesidad, tendremos que, en primer lugar, abordar la cuestión de qué es la cultura y explorar lo que significa cultura dentro del alcance de este trabajo. Según el antropólogo Clifford Geertz, "el hombre es un animal suspendido en redes de significación que él mismo ha tejido" y él asume que "la cultura es esas redes" (1973: 5). Esta definición es relevante en el ámbito de esta investigación porque con ella podemos empezar a juntar piezas, y comprender que la cultura –siendo redes de significación hiladas por el hombre– corresponde con la noción, mencionada anteriormente, de la intervención humana en la constitución de la realidad social. Cultura, con todas sus redes de significación y simbología, viene a ser un componente fundamental de la realidad social que creamos y habitamos. Así, un análisis que va más allá de lo pronunciado (utterances) cobra sentido al intentar comprender aspectos de la interacción en la comunicación intercultural. La cultura y la sociedad, al estar constituidas por un conjunto de convenciones de significado y representaciones simbólicas vienen a ser un tipo de lenguaje, por así decirlo, y llegan a tener grados de inteligibilidad. En lingüística "cuando los hablantes de diferentes entidades lingüísticas pueden entenderse unos a otros" (Campbell 2004:191) se dice que sus lenguas son mutuamente inteligibles: Sin embargo, "las entidades que son totalmente incomprensible para los hablantes de otras entidades claramente son mutuamente ininteligibles" (2004: 217)...