6 resultados para FINANCIACIÓN-financing

em Universidade Complutense de Madrid


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Principales novedades del régimen legal de obligaciones tras la publicación de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento a la financiación empresarial.

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Este trabajo analiza el funcionamiento del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común en España aprobado en la Ley 22/2009, desde la perspectiva específica del análisis de sus mecanismos de nivelación. Con esa finalidad,se propone una batería de indicadores de reordenación, indicadores de intensidad de la nivelación e indicadores de distorsiones de la nivelación que se aplica para la evaluación del desempeño del sistema vigente, en comparación con el aprobado en 2001, y que puede asimismo utilizarse para la evaluación de sistemas comparados. Los resultados ponen de manifiesto que el sistema aprobado en 2009 mejora el funcionamiento del sistema anterior, en la medida en que aumenta la intensidad de la nivelación y se reduce la prevalencia y la intensidad de las principales distorsiones que se detectaban en sus resultados de nivelación (reordenaciones. sobrenivelaciones y desnivelaciones).

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En este trabajo se exploran algunas posibilidades de reforma del sistema de financiación autonómica actual (Acuerdo de 2001), basadas en la modificación de las cestas de impuestos que configuran la capacidad fiscal de los distintos niveles de gobierno. En primer lugar, se presenta un breve diagnóstico del funcionamiento actual del sistema de financiación, destacando los principales problemas existentes. En segundo lugar, se realizan unas reflexiones generales que intentan orientar las distintas posibilidades de reforma, tomando como base el cumplimiento de los principios de autonomía, suficiencia y solidaridad. Por último, se presentan diversos escenarios de reforma con propuestas específicas de modificación de los espacios fiscales propios del Estado y las Comunidades Autónomas y se analizan los efectos que tendrían las modificaciones sugeridas tanto desde un punto de vista estático como dinámico.

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La búsqueda de financiación constituye un quehacer permanente de la empresa, que se agudiza, particularmente, en los momentos de crisis económica y afecta, también, a las cooperativas. La legislación cooperativa pone a disposición de estas entidades diversos instrumentos de financiación externa a través de la emisión de valores (obligaciones; títulos participativos; participaciones especiales), a ellos se añaden las cuentas en participación, aunque sin mucho detalle en los textos legales. En el trabajo indagamos sus posibilidades, fijándonos, especialmente, en esas últimas; buscamos clarificar su régimen jurídico y contrastar sus potencialidades como un instrumento técnico, alternativo, para la financiación en el ámbito de las sociedades cooperativas. En fin, vemos también la incidencia de la reciente Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial, en el sector del cooperativo y terminamos proponiendo algunas adaptaciones normativas.

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La educación es un derecho fundamental, cuya finalidad básica es el desarrollo humano, moral e intelectual de las personas que configuran la sociedad. Es necesario garantizar la igualdad en el acceso y en el desarrollo del derecho a la educación, resolviendo el problema del fracaso y abandono escolar, que afecta especialmente al alumnado que procede de las clases más desfavorecidas. En este sentido, la educación –en su condición de universal, pública y gratuita– se convirtió en un pilar del Estado de Bienestar clave para poder cohesionar una sociedad compleja y multicultural, encargándose de compensar los desequilibrios y desigualdades que el sistema económico pudiera generar por su propio funcionamiento. No obstante, se considera que en el momento a partir del cual la lógica neoliberal se hizo predominante en la economía mundial, la educación no quedó al margen, viéndose afectada tanto en la definición de sus objetivos como en el papel que dentro de ella quedaba reservado para el Sector Público, así como para los demás agentes que intervenían en ella. Todo este proceso ha venido marcado, a su vez, por el desencadenamiento de la crisis económica internacional de 2008. Por otro lado, los países de la UE-15 comparten la existencia de una educación obligatoria, que abarca entre diez y doce cursos, junto con la gratuidad de esta enseñanza en los centros de titularidad pública. No obstante, los países difieren en dos principales rasgos de sus modelos de financiación: el grado de descentralización de sus sistemas educativos y la existencia o no de subvenciones a los centros de titularidad privada. España, con un sistema educativo descentralizado desde el año 2000, representa un caso singular dentro del panorama internacional en lo referente a su red de centros privados, bajo regulación estatal, a los que se transfieren fondos públicos a través de los denominados conciertos educativos. A su vez, la descentralización regional de la gestión educativa supuso el traspaso de las funciones y servicios a las Comunidades Autónomas, de forma que estas pasaron a ser las principales responsables de la asignación del gasto en educación...