2 resultados para Entidad sin Animo de Lucro
em Universidade Complutense de Madrid
Resumo:
La Asociación de la Prensa de Madrid (APM) es la mayor y más influyente organización de periodistas de España agrupados en la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) por lo que está vinculada a las demás agrupaciones provinciales. Tiene entre sus asociados y directivos a personalidades de relieve nacional e internacional (Miguel Moya, su primer presidente, José Francos Rodríguez, Alejandro Lerroux, Vicente Blasco Ibáñez, Azorín, Concha Espina, Josefina Carabias, Manuel Chaves Nogales, Camilo José Cela… entre otros muchos). La APM nació en febrero de 1895 aunque fue en el mes de mayo de ese mismo año cuando celebró su acto verdaderamente fundacional. Nace, en principio, como agrupación asistencial y para defender los derechos de los periodistas, tanto en el terreno laboral como en el profesional. Busca los mismos fines asistenciales (farmacia, asistencia médica, economato) que otras asociaciones similares, pero muy pronto amplía sus servicios: biblioteca, actos culturales, clases de idiomas, de taquigrafía… De los 173 asociados iniciales cofundadores, ha llegado a los 7.521 con los que cuenta hoy. La APM es una institución privada sin ánimo de lucro. La biblioteca está compuesta por una rica colección iniciada el año mismo de su fundación, 1895, y que ha llegado hasta hoy con 13.208 volúmenes y una importante sección de medios de comunicación. Las primeras donaciones, todavía en el S.XIX, fueron de la reina María Cristina de Habsburgo-Lorena, Ministerio de Gracia y Justicia, Ministerio de Fomento, Congreso de los Diputados, Instituto Geográfico y Estadístico. Desde entonces ha sufrido tantos avatares de todo orden (desatenciones, cambios de sede, incendios, escasez de medios, una guerra civil…) que su conformación ha resultado una difícil tarea. En algunos periodos de su historia no pasó de ser un mero instrumento simbólico de prestigio. Sin embargo, siempre ha gozado del interés y atención de numerosos asociados que han ido donando libros de sus bibliotecas particulares...
Resumo:
El marco legal general en España está caracterizado por dos tendencias contrapuestas, por una parte el carácter globalizador de la legislación europea y por otro la proliferación y particularidad de las leyes nacionales y de ámbito regional (autonómicas). En un contexto en el que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) aceleran su implantación y en que todas las recomendaciones de la Unión Europea son de convergencia en el ordenamiento contable , en España se aprueba recientemente las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, que tiene como objetivo adaptar las pautas de valoración y elaboración de las cuentas anuales a las condiciones concretas del sujeto contable. La normalización y regulación de la información contable española procede de la Ley 19/1989 de 25 de julio de Reforma de la Legislación Mercantil para su adaptación a las Directivas en materia de sociedades. Dicha reforma mercantil trata de trasladar a la normativa nacional las orientaciones de la IV Directiva de la Unión Europea, conteniendo modificaciones importantes en cuanto a la contabilidad se refiere. Así en España hay un verdadero derecho contable desde ese año, al desarrollarse una regulación contable autónoma, que establece entre otros unos principios contables que quedan reconocidos en una norma con rango de ley. El Plan General de Contabilidad constituye el desarrollo reglamentario en esta materia de la legislación mercantil y con él se inicia una nueva etapa en el proceso normalizador. Dicho Plan es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea la forma de éstas últimas. Las diversas adaptaciones del Plan de Cuentas tratan de recoger de un modo más preciso las peculiaridades y aspectos diferenciales a fin de que la contabilidad sirva mejor a sus objetivos: recoger adecuadamente los hechos económicos que se producen y ofrecer una imagen fiel de los mismos y del patrimonio de cada empresa. Las normas de adaptación forman parte de un auténtico derecho contable de obligado cumplimiento que contiene criterios distintos a los prescritos en la normativa tributaria. Las adaptaciones sectoriales tienen una gran importancia en ciertas áreas de actividad, cuyas peculiaridades técnicas y legales exigen unas normas de contabilidad establecidas a su medida. Una vez que se aprueban estas normas, las empresas de cada sector deben adaptar sus sistemas contables. Se han publicado diez adaptaciones sectoriales referentes a empresas constructoras, federaciones deportivas, inmobiliarias, sociedades anónimas deportivas, empresas de asistencia sanitaria, sector eléctrico, entidades sin ánimo de lucro, sociedades concesionarias de autopistas, compañías del sector de abastecimiento de aguas y sector vitivinícola. En este contexto la reciente aparición de las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas constituye una importante novedad, al constituir una adaptación en razón de la forma jurídica del sujeto contable, y no en razón del sector de actividad. Es decir, aparece por primera vez una norma de adaptación de la regulación a las condiciones concretas del sujeto contable. El presente trabajo pretende estudiar y analizar la adecuación de esta norma en un contexto de economía globalizada y dentro del proceso normalizador de la Unión Europea, así como sus posibles repercusiones para los agentes implicados, y en concreto para las sociedades cooperativas españolas.